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Plazo no verificadoBDNS 899341

FINANC.PLANES FORMAC.2026 UNITARIOS/AGRUPADOS ENTID. LOCAL-ASOC/FED. MUNIC.

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
29/04/2026
Fin de solicitudes
21/05/2026
Registro en BDNS
16/04/2026
Publicación en diario oficial
28/04/2026

Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES DESDE EL INICIO

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Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)Primero.Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas como promotores de los Planes de Formación, deacuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del AFEDAP:a) Los Ayuntamientos, y otras entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que pertenezcan alámbito territorial de la Comunidad de Madrid.b) La Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de EntidadesLocales del ámbito de la Comunidad de Madrid legítimamente constituidas al amparo de loprevisto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.Segundo.Objeto.1. Las ayudas habrán de dirigirse al desarrollo de Planes de Formación de EmpleadosPúblicos promovidos y aprobados por las entidades recogidas en el punto anterior, deacuerdo con lo establecido en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de lasAdministraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, los cuales se enmarcan dentro de lossiguientes tipos:a) Planes unitarios: Los planes unitarios se caracterizan por afectar al personal de unasola Administración Pública con, al menos, 200 empleados públicos, independientemente delas unidades u órganos que incluyan. Estos planes podrán tener destinatarios diferentesdel promotor dentro de la misma Administración.b) Planes agrupados: Los planes agrupados se caracterizan por afectar al personal de dos omás entidades locales que agrupen conjuntamente, al menos, a 200 empleados públicos.Podrán ser promotores de planes agrupados las propias entidades locales y las asociacioneso federaciones definidas en el artículo 3. Solo se podrá participar en un plan agrupado.En el supuesto de planes agrupados promovidos, en su caso, por Federaciones o Asociacionesde Municipios, se entenderá que comprenden a todas las Entidades Locales pertenecientes aaquellas, siempre que las mismas no figuren como promotores de otro plan agrupadodiferente.c) Planes interadministrativos: Los planes interadministrativos se caracterizan por estardestinados no solo al personal de la Administración promotora, sino también a losempleados públicos de otras Administraciones. Podrán promover planes interadministrativosla Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de EntidadesLocales del ámbito de la Comunidad de Madrid.2. Las actividades subvencionables habrán de realizarse desde el 1 de enero hasta el 31 dediciembre de 2026, salvo las desarrolladas por las Federaciones o Asociaciones deEntidades Locales de ámbito autonómico legítimamente constituidas al amparo de lo previstoen la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases de Régimen Local, que deberán realizarse desde el 1 de enero hasta el 30 denoviembre de 2026.Tercero.Bases reguladoras.Orden de 27 de mayo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública por la que seaprueban las bases reguladoras de las subvenciones para los planes de formación de lasEntidades Locales y Federaciones o Asociaciones de municipios del ámbito de la Comunidadde Madrid.Cuarto.Cuantía.La cuantía máxima de las ayudas convocadas asciende a 1.286.890,00 euros. Del total de losfondos asignados a la subvención, el 25 % se destinará a la financiación de planesinteradministrativos y el 75 % a la financiación de planes unitarios o agrupados.Las subvenciones convocadas por esta orden se financiarán con cargo al subconcepto 46201del Programa 921N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año2026.Quinto.Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del díasiguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.Sexto.Presentación de la solicitud y documentación complementaria.Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el RegistroElectrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello enel portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la direcciónelectrónica: sede.comunidad.madrid. El formulario de presentación se cumplimentará a través del siguiente enlacehttps://gestiona3.madrid.org/ipae_app_gforms/secure/impresoGForms.jsf?cdImpreso=425F1_21Séptimo.Otros datos.El pago se realizará mediante anticipo a cuenta sin presentación de garantías, salvo paralas Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico, en el que laentrega de fondos con carácter previo al inicio de la actividad formativa, no podrásuperar el 25 por ciento del importe concedido y podrá realizarse igualmente el pago dehasta un 35 por ciento adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa.El 40 por ciento del importe concedido se hará efectivo una vez finalizada y justificadala actividad formativa subvencionada a aquéllas.La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo. P.D. El Viceconsejero de Hacienda y FunciónPública (Orden de 17 de abril de 2024, BOCM de 7 de mayo). Fdo. Juan Revuelta González.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA ORDEN DE 10 DE ABRIL DE 2026, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2026 DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y FEDERACIONES O ASOCIACIONES DE MUNICIPIOS DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.Publicado 28/04/2026FINANCIACIÓN PLANES DE FORMAC.A ENTIDADES LOCALES Y ASOC.Y FEDER.MUNIC.2021