Plazo no verificadoBDNS 899349
RESOLUCIÓN de fecha de 2026, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 subvenciones para actuaciones de modernización, conservación, equipamiento y adecuación de infraestructuras de museos y c
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE CULTURA Y DEPORTE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 05:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 21/04/2026
- Fin de solicitudes
- 05/05/2026
- Registro en BDNS
- 16/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 20/04/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Objeto y finalidad
1. La presente convocatoria regirá el procedimiento de gestión y concesión de las subvenciones para financiar hasta el porcentaje máximo previsto en las mismas, las actuaciones de modernización, conservación, equipamiento y adecuación de infraestructuras de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas y actuaciones de conservación y restauración de bienes muebles inventariados con relevante valor patrimonial de la Comunitat Valenciana.
2. Los objetivos específicos a los que habrán de adecuarse las actuaciones y proyectos subvencionables vendrá delimitado por su convocatoria en las modalidades de:
Modalidad A: Actuaciones que contribuyan a garantizar la modernización, conservación, equipamiento y adecuación de las instalaciones para mejorar las condiciones expositivas, de accesibilidad, de inclusividad, de seguridad, de almacenamiento del patrimonio mueble conservado en los museos y colecciones museográficas incluidos en el Sistema Valenciano de Museos.
Modalidad B: Actuaciones de conservación y restauración de los fondos de los museos y colecciones museográficas incluidos en el Sistema Valenciano de Museos y de otros bienes muebles con relevante valor patrimonial.
Segundo. Personas y entidades beneficiarias.
Podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas subvenciones:
a) Los titulares de museos y colecciones museográficas permanentes, reconocidas de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, sobre el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunitat Valenciana.
b) Las entidades locales, instituciones eclesiásticas, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, así como personas físicas y jurídicas titulares de bienes muebles inscritos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, publicada el 25 de julio (DOGV 10159).
Cuarto. Financiación de las ayudas
El importe global máximo para la financiación de estas ayudas será de 1.206.852,24 euros, y será satisfecho con cargo a la aplicación presupuestaria G01090502.454A00.7, línea S0302 «Ayudas a museos y colecciones museográficas de la Comunitat Valenciana», recogida en los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 prorrogados para 2026 o, en su caso, por la equivalente que se apruebe en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026.
Quinto. Solicitud, plazos y tramitación
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. Solo se admitirá una solicitud por quién ostente la titularidad de museo, colección museográfica permanente o bienes muebles. En el caso de que un mismo solicitante presente varias solicitudes para una misma modalidad, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
3. Las solicitudes deberán ser suscritas por quienes ostenten la representación legal en cada caso, conforme a la normativa de aplicación.
Las personas jurídicas solicitantes presentarán la solicitud exclusivamente mediante el acceso al apartado de servicios en línea, de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través de la siguiente dirección: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1576
Para ello, será necesario disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos y que figuran en la sede electrónica de la Generalitat a nombre de la entidad solicitante https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptats
Tratándose de personas jurídicas, la presentación de solicitudes a través de otros medios, o mediante el acceso a una URL distinta de las anteriores, será motivo de exclusión.
Las notificaciones y comunicaciones a las personas jurídicas se practicarán únicamente a través de medios electrónicos, de conformidad con los artículos 14, 41 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Las personas físicas solicitantes, presentarán la solicitud preferentemente mediante el acceso al referido apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat, pero podrán optar por hacerlo con cualquiera de los registros y oficinas enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Las notificaciones y comunicaciones a las personas físicas solicitantes se practicarán por medios electrónicos, salvo que estas elijan un medio distinto.
La convocatoria a la que hace referencia el presente extracto puede consultarse en el DOGV y en la página web: https://cultura.gva.es/va/web/patrimonio-cultural-y-museos/convocatorias-de-ayudas
Primero. Objeto y finalidad
1. La presente convocatoria regirá el procedimiento de gestión y concesión de las subvenciones para financiar hasta el porcentaje máximo previsto en las mismas, las actuaciones de modernización, conservación, equipamiento y adecuación de infraestructuras de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas y actuaciones de conservación y restauración de bienes muebles inventariados con relevante valor patrimonial de la Comunitat Valenciana.
2. Los objetivos específicos a los que habrán de adecuarse las actuaciones y proyectos subvencionables vendrá delimitado por su convocatoria en las modalidades de:
Modalidad A: Actuaciones que contribuyan a garantizar la modernización, conservación, equipamiento y adecuación de las instalaciones para mejorar las condiciones expositivas, de accesibilidad, de inclusividad, de seguridad, de almacenamiento del patrimonio mueble conservado en los museos y colecciones museográficas incluidos en el Sistema Valenciano de Museos.
Modalidad B: Actuaciones de conservación y restauración de los fondos de los museos y colecciones museográficas incluidos en el Sistema Valenciano de Museos y de otros bienes muebles con relevante valor patrimonial.
Segundo. Personas y entidades beneficiarias.
Podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas subvenciones:
a) Los titulares de museos y colecciones museográficas permanentes, reconocidas de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, sobre el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunitat Valenciana.
b) Las entidades locales, instituciones eclesiásticas, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, así como personas físicas y jurídicas titulares de bienes muebles inscritos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, publicada el 25 de julio (DOGV 10159).
Cuarto. Financiación de las ayudas
El importe global máximo para la financiación de estas ayudas será de 1.206.852,24 euros, y será satisfecho con cargo a la aplicación presupuestaria G01090502.454A00.7, línea S0302 «Ayudas a museos y colecciones museográficas de la Comunitat Valenciana», recogida en los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 prorrogados para 2026 o, en su caso, por la equivalente que se apruebe en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026.
Quinto. Solicitud, plazos y tramitación
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. Solo se admitirá una solicitud por quién ostente la titularidad de museo, colección museográfica permanente o bienes muebles. En el caso de que un mismo solicitante presente varias solicitudes para una misma modalidad, únicamente se considerará válida la última presentada en plazo.
3. Las solicitudes deberán ser suscritas por quienes ostenten la representación legal en cada caso, conforme a la normativa de aplicación.
Las personas jurídicas solicitantes presentarán la solicitud exclusivamente mediante el acceso al apartado de servicios en línea, de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través de la siguiente dirección: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1576
Para ello, será necesario disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos y que figuran en la sede electrónica de la Generalitat a nombre de la entidad solicitante https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptats
Tratándose de personas jurídicas, la presentación de solicitudes a través de otros medios, o mediante el acceso a una URL distinta de las anteriores, será motivo de exclusión.
Las notificaciones y comunicaciones a las personas jurídicas se practicarán únicamente a través de medios electrónicos, de conformidad con los artículos 14, 41 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Las personas físicas solicitantes, presentarán la solicitud preferentemente mediante el acceso al referido apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat, pero podrán optar por hacerlo con cualquiera de los registros y oficinas enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Las notificaciones y comunicaciones a las personas físicas solicitantes se practicarán por medios electrónicos, salvo que estas elijan un medio distinto.
La convocatoria a la que hace referencia el presente extracto puede consultarse en el DOGV y en la página web: https://cultura.gva.es/va/web/patrimonio-cultural-y-museos/convocatorias-de-ayudas
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 17/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 17/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria para el año 2026 de las subvenciones para actuaciones de modernización, conservación, equipamiento y adecuación de infraestructuras de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas y actuaciones de conservación y restauración de bienes muebles con relevante valor patrimonial de la Comunitat Valenciana. PLAN RESTAURAPublicado 20/04/2026RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para actuaciones de modernización, conservación, equipamiento y adecuación de infraestructuras de museos y colecciones museográficas peInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.