Plazo no verificadoBDNS 899639
CONVOCATORIA SUBVENCIÓN DE AYUDAS A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA, EJERCICIO 2026.
LOCAL · MOLINA DE SEGURA · AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES620 - Murcia
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 17/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/04/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en BORM
Texto oficial de cierre: 30/09/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de la línea 1 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión, por cumplir los requisitos de la convocatoria.Podrán ser beneficiarios de la línea 2 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión y cuya unidad de convivencia perciba rentas conforme a los requisitos de la convocatoria..Segundo: Objeto. Convocatoria de ayudas a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética.Tercero: Modificación.Que, en el artículo 7º Documentación a presentar. Acreditación del cumplimiento de requisitos en la solicitud, por un error mecanográfico:PRIMERO: En el apartado Solicitantes de la Medida 2, apartado a) y b), debe decir:a) Factura pro-forma o presupuesto del electrodoméstico (con fecha 1 de noviembre de 2025 hasta 30 septiembre 2026), así como la ficha de características técnicas o documento que especifique la clasificación energética del mismo para poder comprobar cumplimiento de requisitos, así como fotografía del electrodoméstico a cambiar (se solicitará imagen del nuevo en la justificación). b) En el caso de colocación de ventanas, deberá aportar la factura pro-forma o presupuesto de la ventana que se vaya a contratar de fecha (1 de noviembre de 2025 hasta 30 septiembre 2026), ficha de características técnicas del marco y del vidrio que justifique el cumplimiento del código técnico de edificación, así fotografía de las ventanas antiguas (se solicitará imagen de las nuevas en la justificación). SEGUNDO: En el apartado Declaración de la situación familia, incluir: h) Pensionistas. Se acreditará con certificado de pensionista de la Seguridad Social o documento acreditativo de ser perceptor de pensión. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, las personas pensionistas, ya se les hubiera concedido la subvención el año anterior, por ser pensionista, sólo deberán presentar la solicitud en el modelo oficial, junto con la factura correspondiente, dentro del plazo establecido en la presente convocatoria, salvo que quieran modificar el número de cuenta, en cuyo caso deberán aportar, además el certificado de cuenta corriente.Disposición Transitoria: A las solicitudes ya presentadas se les aplicará retroactivamente la anterior modificación, debiendo presentar la documentación descrita en el apartado h) del artículo 7º en su caso.Sexto: Otros datos. Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria). Primero: Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de la línea 1 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión, por cumplir los requisitos de la convocatoria.Podrán ser beneficiarios de la línea 2 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión y cuya unidad de convivencia perciba rentas conforme a los requisitos de la convocatoria. Segundo: Objeto.Convocatoria de ayudas a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética.La presente convocatoria tiene objeto regular una ayuda al colectivos vulnerables para la lucha contra la pobreza y la exclusión social de la región de Murcia 2026-2028 y a su vez con las directrices Europeas. Tercero: Bases reguladoras.Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo y supletoriamente a lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.• Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 297 del 26 de diciembre de 2025.• Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2026. Cuarto: Cuantía.El importe de las ayudas se financiarán de la siguiente manera:Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 50/1522/4800003 “TRANSF. PROGRAMA POBREZA ENERGÉTICA”, dotada de un máximo de 59.856,00€ prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2026.En la presente convocatoria se subvencionan dos lineas de actuaciones, las cuales llevan una financiación separada.Línea 1-50/1522/4800003 39.856 EUR. Se subvencionan gastos de suministros de energía de la vivienda habitual hasta un máximo de 60 euros anuales por beneficiario y suministro.Línea 2-50/1522/4800003 20.000 EUR. Se subvencionan gastos referentes a:• Compra de electrodomésticos energéticamente eficientes (clase D o superior) hasta un máximo 2 electrodomésticos. Se subvencionará el 50% de su coste y un importe máximo de 300 euros por electrodoméstico. El electrodoméstico debe instalarse en la vivienda habitual.• Cambio de ventanas hasta el 80% del coste con importe máximo de 2.000 euros que cumplan con las exigencias básicas del código técnico de edificación CTE (AnexoI) previa obtención del título habilitante. Las ventanas deben instalarse en el domicilio habitual, acreditándose mediante padrón u otro medio legalmente válido. Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa SUBVENCIÓN PARA LA AYUDA A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA. .El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Sexto: Otros datos.Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria). Primero: Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de la línea 1 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión, por cumplir los requisitos de la convocatoria.Podrán ser beneficiarios de la línea 2 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión y cuya unidad de convivencia perciba rentas conforme a los requisitos de la convocatoria. Segundo: Objeto.Convocatoria de ayudas a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética.La presente convocatoria tiene objeto regular una ayuda al colectivos vulnerables para la lucha contra la pobreza y la exclusión social de la región de Murcia 2026-2028 y a su vez con las directrices Europeas. Tercero: Bases reguladoras.Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en:• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo y supletoriamente a lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.• Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 297 del 26 de diciembre de 2025.• Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2026. Cuarto: Cuantía.El importe de las ayudas se financiarán de la siguiente manera:Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 50/1522/4800003 “TRANSF. PROGRAMA POBREZA ENERGÉTICA”, dotada de un máximo de 59.856,00€ prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2026.En la presente convocatoria se subvencionan dos lineas de actuaciones, las cuales llevan una financiación separada.Línea 1-50/1522/4800003 39.856 EUR. Se subvencionan gastos de suministros de energía de la vivienda habitual hasta un máximo de 60 euros anuales por beneficiario y suministro.Línea 2-50/1522/4800003 20.000 EUR. Se subvencionan gastos referentes a:• Compra de electrodomésticos energéticamente eficientes (clase D o superior) hasta un máximo 2 electrodomésticos. Se subvencionará el 50% de su coste y un importe máximo de 300 euros por electrodoméstico. El electrodoméstico debe instalarse en la vivienda habitual.• Cambio de ventanas hasta el 80% del coste con importe máximo de 2.000 euros que cumplan con las exigencias básicas del código técnico de edificación CTE (AnexoI) previa obtención del título habilitante. Las ventanas deben instalarse en el domicilio habitual, acreditándose mediante padrón u otro medio legalmente válido. Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella.La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa SUBVENCIÓN PARA LA AYUDA A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA. .El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Sexto: Otros datos.Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, de 1 de junio de 2026, por el que se aprueba la modificación del artículo 7ª de la convocatoria de subvenciones en materia de Ayuda a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética 2026.Publicado 13/06/2026Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, de 13 de abril de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de Ayuda a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética 2026.Publicado 21/04/2026BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA PARA EL AÑO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.