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Plazo no verificadoBDNS 899867

Subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Minimis Agrícola. REG.(UE)1408/2013. Orden de 25 de marzo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo

AUTONOMICA · CASTILLA Y LEÓN · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:07 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES41 - CASTILLA Y LEON

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
23/04/2026
Fin de solicitudes
05/10/2026
Registro en BDNS
20/04/2026
Publicación en diario oficial
22/04/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en los siguientes enlaces:(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899852)(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899873)Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.Primero. – Finalidad.Facilitar la inserción laboral de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario a través de tres programas:Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.Programa II: Fomento del tránsito del empleo protegido desde los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, incentivando su contratación con carácter indefinido.Programa III: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal.Segundo. – Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido a personas con discapacidad o transformen en indefinidos contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de centros especiales de empleo, sin pasar por un enclave laboral.Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.Las Cooperativas de Trabajo y las Sociedades Laborales que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad con carácter indefinido.Tercero. – Bases reguladoras.Por Orden IEM/1209/2023, de 19 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, de 27 de octubre de 2023.Cuarto. – Cuantía.El crédito asignado a la convocatoria es de 211.000 euros. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser incrementados durante su vigencia hasta llegar a un importe máximo de 600.000 eurosQuinto. – Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 5 de octubre de 2026.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 20/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 25 de marzo de 2026, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.Publicado 22/04/2026ORDEN IEM/1209/2023, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.