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Plazo no verificadoBDNS 899973

Resolución de convocatoria de subvenciones para programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales 2026

AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES42 - CASTILLA LA MANCHA

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
27/04/2026
Fin de solicitudes
18/05/2026
Registro en BDNS
20/04/2026
Publicación en diario oficial
24/04/2026

Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación en el DOCM

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el DOCM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Entidades beneficiarias. Podrán solicitar subvenciones convocadas en las líneas 1 y 2 los Ayuntamientos, Mancomunidades y Diputaciones Provinciales. En la línea 3 podrán solicitar subvenciones los Ayuntamientos, Mancomunidades y Diputaciones Provinciales que hayan sido sede de órgano arbitral de consumo unipersonal y/o colegiado a 1 de enero de 2011. Segundo. Objeto. Convocar para el año 2026 subvenciones destinadas a programas de actividades en materia de consumo que se realicen por Entidades Locales, en régimen de concurrencia competitiva. Tercera. Bases reguladoras. Orden 105/2022, de 20 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas p ara programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales (DOCM nº 107, de 6 de junio de 2022). Orden 34/2023, de 20 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 105/2022, de 20 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales (DOCM nº 40, de 27 de febrero de 2023). Orden 169/2025, de 20 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la que se modifica la Orden 105/2022, de 20 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales (DOCM nº 230, de 27 de noviembre de 2025). Cuarto. Financiación. El importe destinado para la convocatoria de subvenciones de 2026 asciende a la cantidad total de 441.800,30 euros, que se imputará al presupuesto de gastos de las aplicaciones presupuestarias con cargo al Programa 443B de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2026, con arreglo a la siguiente distribución: 1.Gestión de servicios prestados por Oficinas Municipales de Información a las personas consumidoras: 26060000/443B/46000 por importe de 175.000 ,00 euros y 26060000/443B/46000 con cargo al fondo finalista 1135 por importe de 75.000,00 euros. 2. Nuevos servicios o de reciente creación y otros recursos locales de consumo: 26060000/443B/46000 con cargo al fondo finalista 1135 por importe de 75.000,00 euros. 3. Arbitraje de consumo: 26060000/443B/46256 por importe de 50.000,00 euros y 26060000/443B/46256 con cargo al fondo finalista 1140 por importe de 66.800,30 euros. Quinto. Periodo de ejecución. El periodo de ejecución de las actividades objeto de subvención comprende desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2026, pudi éndose subvencionar también aquellos gastos derivados de laudos dictados entre el 1 de diciembre y el 31 de diciembre del ejercicio anterior que no hayan sido objeto de financiación previa. Sexto. Cuantía de la ayuda. La cuantía de subvención solicitada por las entidades interesadas se ajustará con arreglo al porcentaje de financiación correspondiente, según la puntuación total obtenida conforme a los criterios de valoración. El importe máximo de subvención se calculará multiplicando el importe total de ayuda solicitado, por la proporción de puntos (en cómputo anual) que corresponda a cada entidad solicitante, conforme al orden de prelación resultante y así sucesivamente hasta agotar en su caso el crédito disponible. El porcentaje de subvención a otorgar a la última de las personas beneficiarias según la relación de prelación podrá ser inferior al porcentaje de baremación en función de la disponibilidad presupuestaria. El importe máximo por entidad beneficiaria en cada línea de subvención es de 15.000 euros. En ningún caso la entidad podrá solicitar una subvención superior al límite máximo establecido. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de consumo y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, que quedarán anotadas en el registro electrónico. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica Sólo se podrá presentar una única solicitud por cada entidad local para cada una de las líneas de subvención. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente ni las presentadas fuera del plazo establecido, que se inadmitirán, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Bases y documentación

Extracto Resolución convocatoria subvenciones consumo entes locales 2026Publicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la Dirección General de Salud Pública por la que se aprueba la convocatoria para 2026 de concesión de subvenciones para programas de actividades en materia de consumo que se realicen por entidades locales.Publicado 24/04/2026Orden 105/2022 de 20 de mayo, de bases reguladoras, modificada por Orden 34/2023 de 20 de febrero y por Orden 169/2025 de 20 de noviembre.