encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 900554

Ayudas 2026 a Artistas Visuales s/ Resolución de 30 de marzo de 2026 que la convoca

AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:21 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/04/2026
Publicación en diario oficial
27/04/2026

Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

Texto oficial de cierre: 20 DÍAS HABILES

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puedeconsultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones)(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index) y en el presenteDOE.Primero. - Personas BeneficiariasPodrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatorialas personas físicas que,vinculadas a Extremadura, desarrollen su trabajo en el campo de lacreación artística contemporánea,dentro de las actividades señaladas en el apartado segundo de esteextracto.Segundo. - ObjetoConvocar para el ejercicio 2026, la concesión de ayudas a artistasvisuales para apoyar, fomentar ypromocionar la creatividad artística en la Comunidad Autónoma deExtremadura, en el campo de lacreación contemporánea, dentro del ámbito de las artes visuales,contribuyendo así al desarrolloeconómico, social y cultural de la región.El procedimiento de concesión de estas ayudas, en previsión de loestablecido en el Decreto 32/2017,de 28 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas a artistasvisuales, se efectúa bajo elrégimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica.Son artistas visuales aquellas personas físicas que desarrollan trabajosartísticos en las disciplinasplásticas tradicionales, en las nuevas formas de expresión plástica y enaquellas otras relacionadascon las nuevas tecnologías y nuevos medios.Las actividades subvencionables podrán ser individuales o realizadas deforma colectiva, con laparticipación de varios artistas, y deberán ser inéditas y desarrollarseen el campo de las artesvisuales, entendiendo como tales: pintura, escultura, instalación,dibujo, grabado, fotografía,procedimientos mixtos, arte digital, arte sonoro, videoarte,performance, arte de acción o cualquierotra modalidad de lenguaje visual.No serán objeto de esta convocatoria los proyectos de producción ydesarrollo delargometrajes,mediometrajes y cortometrajes.Tercero. - Régimen JurídicoLas ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 32/2017,de 28 de marzo de 2017, yen la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura,siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básicocontenidas en la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, y demás normativa de desarrollo.Cuarto. – Cuantía1.La cuantía de las ayudas será la solicitada por las personasinteresadas, si bien la cuantía máximade las mismas no podrá superar los 5.000 euros por actividadsubvencionada.2. La cuantía total presupuestada asciende a 40.000 euros con cargo a laAplicación Presupuestaria150020000 G/272C/470, proyecto 20170020, con una dotación inicial parala anualidad de 2026 decuarenta mil euros (40.000 €).3. Se subvencionarán los proyectos en orden de mayor puntuación obtenidasegún los criteriosdevaloración, recibiendo subvención aquellos proyectos o actividades queobtengan un mayor númerode puntos, por la totalidad del importe solicitado, y con laslimitaciones indicadas en elpresenteartículo y hasta agotar el crédito presupuestado para tal fin.Quinto. - Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábilescontados desde el siguiente alde la publicación de la convocatoria y del presente extracto en elDiario Oficial de Extremadura

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A ARTISTAS VISUALES PARA EL AÑO 2026Publicado 27/04/2026Decreto 32/2017, de 28 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visuales