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Plazo no verificadoBDNS 901008

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2026, de la Consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones para las PYMES 2026.

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE INNOVACIÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:30 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
29/04/2026
Fin de solicitudes
13/05/2026
Registro en BDNS
23/04/2026
Publicación en diario oficial
28/04/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (identif.):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/895245).
Asimismo, se encuentra disponible en la dirección web:
https://cindi.gva.es/es/web/sociedad-digital/ajudes-financament-projectes-innovacio-tecnologica-pimes
Primero. Beneficiarios
Pymes, empresas y personas autónomas cuya sede social o establecimiento de producción esté ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento en que la ayuda se haga efectiva.
Segundo. Objeto
El objeto de estas bases es establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en forma de subvenciones de capital, con destino a la inversión en la ejecución de proyectos de innovación tecnológica, sostenible, social e inteligente, que impulsen la integración de las tecnologías habilitadoras digitales en las pymes englobadas en la definición que de ellas se contiene en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión Europea, cuyo domicilio social o establecimiento de producción se sitúe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 9 de julio de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concurrencia no competitiva para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos de innovación que impulsen la integración de las tecnologías habilitadoras digitales en las pymes, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
Cuarto. Dotación presupuestaria
Las ayudas convocadas se financiarán con cargo al capítulo VII del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2026, línea de subvención S2000 y consignación presupuestaria 781.037,15 euros.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales y comenzará desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sexto. Otros datos
1. Solicitudes: la solicitud y la documentación que las acompaña se presentarán exclusivamente por vía electrónica, mediante la firma electrónica de la entidad solicitante o de la persona que la represente. A efectos de participación en la presente convocatoria se considera que la propia suscripción de la solicitud de presentación telemática por las entidades solicitantes o por las personas que las representan implica la capacidad de obrar necesaria para: solicitar la ayuda, permitir el acceso a la plataforma autonómica de interoperabilidad, designar la cuenta bancaria donde se transferirá, en su caso, la subvención y asumir las declaraciones responsables de no concurrencia de causa legal para obtener la condición de persona beneficiaria (art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones).
2. Documentación a presentar con la solicitud: la prevista en el resuelvo undécimo de la convocatoria.
3. Criterios de valoración: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, de conformidad con los criterios de valoración que se detallan en el resuelvo octavo de la convocatoria.
4. Forma de justificación: la justificación de la actuación objeto de ayuda deberá realizarse de acuerdo con el proyecto subvencionado y los términos fijados en el resuelvo décimo de la convocatoria.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 23 de abril de 2026, por la que se convocan las ayudas para la financiación de proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las PYMES para favorecer su transformación digital , mejorar su competitividad y adaptarlas a los desafíos del entorno actual, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación Y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU, INTECA para el ejercicio 2026.Publicado 28/04/2026RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2026, de la Consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones para las PYMES 2026.