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Plazo no verificadoBDNS 901299

2026_ SUBVENCIONES TAXI ADAPTADO

LOCAL · BILBAO · AYUNTAMIENTO DE BILBAO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:36 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES213 - Bizkaia

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/04/2026
Publicación en diario oficial
05/05/2026

Texto oficial de apertura: El 6 de mayo de 2026

Texto oficial de cierre: 16 de septiembre de 2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.
Las personas físicas propietarias de una licencia de taxi del Ayuntamiento de Bilbao.

Segundo. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la subvención a la inversión que se realice en la adaptación del vehículo para el servicio de taxi de Bilbao, nuevo, de primera matriculación, de forma que cumpla con los requisitos y especificaciones técnicas aplicables en lo referido al transporte de personas con movilidad reducida según lo establecido en el anexo IV del RD 1544/2007.

Tercero. Bases Reguladoras.
Ordenanza General reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público (Boletín Oficial de Bizkaia núm. 138, de 20-7-2016).

Cuarto. Cuantía.
La cuantía global destinada a la presente convocatoria asciende a 60.000 euros. La cuantía de esta ayuda será la de los gastos de adaptación hasta un máximo de 15.000 euros por solicitud. Las solicitudes, presentadas en tiempo y forma, con toda la documentación indicada, se resuelven por la fecha de puesta en servicio del vehículo adaptado, hasta el agotamiento del crédito previsto. El abono de las subvenciones se efectuará mediante ingreso en la cuenta bancaria que figure a nombre de la persona beneficiaria en el Registro de Acreedores de este Ayuntamiento. Se podrán acoger a estas ayudas las personas titulares que pongan en servicio durante el año 2025 o 2026 un vehículo adaptado de primera matriculación y que no hayan recibido otra subvención por este concepto.

Quinto. Plazo de presentación de Solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia. En todo caso, con independencia de la existencia de presupuesto disponible, el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el 16 de septiembre de 2026. La información estará también disponible en la web municipal http://www.bilbao.eus/Movilidad y Sostenibilidad.

Sexto. Otros datos.
Junto con la solicitud se presentará el DNI del solicitante; factura de los gastos de adaptación del vehículo; justificantes del pago completo de la adaptación; ficha de acreedores; documentación justificativa de la titularidad de la cuenta bancaria; certificado de idoneidad de adaptación del vehículo similar al modelo incluido en el Anexo IV; declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003; declaración responsable de que el vehículo permanecerá adscrito al servicio de taxi de Bilbao durante al menos 4 años; declaración responsable de que dará prioridad en la prestación del servicio a personas con movilidad reducida; declaración responsable de la participación en la formación específica para la que se le requiera, autorización al Ayuntamiento para recabar datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, o en su defecto certificaciones acreditativas del mismo; declaración responsable de otras ayudas solicitadas.

Dichos vehículos se adscribirán a la licencia con la que se solicita la subvención, permanecerán en el servicio de Taxi de Bilbao un mínimo de 4 años y darán prioridad en la prestación del servicio a personas con movilidad reducida.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IVPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIIPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de 15 de abril de 2026 de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao, por la que se convocan subvenciones en el ámbito del transporte, línea de taxi adaptadoPublicado 05/05/2026Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones mediante Convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus Organismos y Entidades de Derecho Público