Plazo no verificadoBDNS 901385
2.2. SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA SUS RÓTULOS, IMAGEN CORPORATIVA Y SITIO WEB.
LOCAL · ARRASATE/MONDRAGÓN · AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:37 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2026
- Registro en BDNS
- 24/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/05/2026
Texto oficial de apertura: Desde el dia siguiente a su publicacion en el boletin oficial correspondiente
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
2.2. SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA SUS RÓTULOS, IMAGEN CORPORATIVA Y SITIO WEB.1. ObjetoEs objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a entidades que, durante el ejercicio de 2026, ponen en euskera, íntegramente o bilingüe, los rótulos de sus sedes, su imagen corporativa o en bilingüe su sitio web.2. Personas o entidades beneficiariasLas subvenciones que se regulan a través de estas bases podrán ser solicitadas por las personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio fiscal en Arrasate, o bien desarrollen su actividad económica en locales ubicados en Arrasate.Quedan excluidas del ámbito de aplicación del presente programa los siguientes supuestos:a) Las entidades cuyo objeto sea la normalización del euskera –es decir, asociaciones de euskera, euskaltegis, ikastolas, ...- y las entidades públicas.b) Las grandes empresas o entidades de más de 50 personas empleadasc) Las empresas cuyo capital social pertenezca en más del 50% a las empresas o entidades citadas en la letra b).3. Requisitos a cumplirPara la percepción de la subvención se deberán cumplir los siguientes requisitos:- En cualquier caso y para todos los supuestos:a) El texto en euskera deberá estar redactado correctamente.b) La actividad objeto de la subvención deberá haber sido realizada dentro del ejercicio 2026.- Para los supuestos de rótulos e imagen corporativa:a) No contener únicamente el nombre y apellido de la persona, dado que en dicho supuesto no se concederá ningún tipo de subvención.b) Tener el texto únicamente en euskera o bien en euskera y en castellano u otro idioma.- Para los supuestos de sitios web:a) Tener el domicilio fiscal en Arrasate.b) Tener la página en euskera y castellano.4. Documentación a presentarJunto con el modelo de solicitud, la persona solicitante deberá presentar la siguiente documentación:- En cualquier caso y para todos los supuestos:a) Facturas de los gastos realizados.b) Acreditar, de la forma prevista en el artículo 7 de las bases generales, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Administración. Asimismo, puesto que las solicitudes de subvención son de un importe inferior a 3.000 euros, dicha documentación podrá ser sustituida por una declaración jurada de la persona interesada o representante de la entidad de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.- Para los supuestos de rótulos:a) Documento o fotografía donde se recoge el nombre del rótulob) La correspondiente licencia urbanística concedida por el Ayuntamiento. Como quiera que este documento debe ser emitido por el propio Ayuntamiento de Arrasate, se comprobará de oficio, considerándose que, al presentar la solicitud de subvención, la persona interesada autoriza la comprobación del dato.- Para los supuestos de imagen corporativa:a) Un ejemplar de cada elemento elaborado o renovado por la entidad.- Para los supuestos de sitios web:a) Dirección del sitio web.5. Plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes de las acciones realizadas durante el año 2026 deberán ser presentadas antes del 31 de diciembre. Sin embargo, cuando la acción objeto de subvención se realice entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre el plazo se amplía en 1 mes, hasta el 31 de enero de 2027. A estos efectos, y a falta de otra documentación, se considerará que la fecha de realización coincide con la fecha de emisión de la factura, la cual deberá ser del año 2026.6. Unidad administrativa encargada de la tramitaciónLas solicitudes serán tramitadas por el Servicio de Euskera7. Criterios de valoración de las solicitudesSolamente se concederá una subvención por concepto y entidad. Para el cálculo de las ayudas a conceder, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:7.1. Para los supuestos de rotulación.a) En el supuesto de que el rótulo sea puesto íntegramente en euskera, la subvención será del 50% del coste, con un límite máximo de subvención de 300 €.b) En el supuesto de que el rótulo sea puesto en euskera y castellano, la subvención será del 25% del coste, con un límite máximo de 150 €. En cualquier caso, se deberá dar prioridad al texto en euskera, respecto a la ubicación, medidas o bien intensidad.7.2. Para los supuestos de imagen corporativa.7.2.1 Concepto:De cara a la aplicación de las ayudas previstas en el presente programa, el Ayuntamiento considerará como elementos de la imagen corporativa los siguientes:a) Sobresb) Hojas con membrete.c) Tarjetas de visita.d) Sello de identificación de la entidad.e) Albarán, facturas...f) Rotulación de vehículos.7.2.2 Cuantía:a) En el supuesto de que la imagen corporativa sea impresa íntegramente en euskera, la subvención será del 50% del coste, con un límite máximo de 120 €.b) En el supuesto de que la imagen corporativa sea impresa en euskera y castellano, la subvención será del 25% del coste, con un límite máximo de 60 €.7.3. Para los supuestos de sitios weba) En el supuesto de confeccionar la página en euskera y castellano la subvención será del 40% del coste, con un límite máximo de 300 €.8. Presupuesto.El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 4.000 €, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria “1.0210.471.335.00.01 – Subvenciones para el cambio de imágenes corporativas”.El programa se dará por concluido cuando su consignación presupuestaria se agote, a no ser que el Ayuntamiento expresamente decida aumentar dicho crédito.9. Justificación de las subvencionesAdemás de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ordenanza General de Subvenciones de Arrasate, las subvenciones serán justificadas mediante los documentos requeridos en el artículo 4 de las presentes bases específicas, a presentar juntamente con la solicitud de subvención. 10. PagoLa subvención será abonada, previa justificación, en un único pago, en el plazo máximo de un mes contado a partir de la adopción del acuerdo de concesión.11. Cláusula adicionalEn todo lo no recogido expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la ordenanza reguladora de concesión y gestión de subvenciones del ayuntamiento de Arrasate, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y demás disposiciones legales concordantes.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSSUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA SUS RÓTULOS, IMAGEN CORPORATIVA Y SITIO WEB.Publicado 07/05/2026Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.