encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 901477

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATE

LOCAL · ARRASATE/MONDRAGÓN · AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:39 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
24/04/2026
Publicación en diario oficial
07/05/2026

Texto oficial de apertura: Desde el siguiente dia de su publicacion en el boletin oficial correspondiente

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

6.2. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATE1. Objeto y ámbito de aplicaciónEs objeto de las presentes convocatoria la regulación de los requisitos de concesión de subvenciones al sector de comercio y servicios para la organización de actividades destinadas a la promoción del comercio local de Arrasate.2. Los establecimientos beneficiarios y sus característicasLas beneficiarias de esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:Tener una actividad en el sector comercial o de servicios.Que la actividad y/o establecimiento se ubique   en Arrasate.Puede ser beneficiaria una asociación supramunicipal, siempre que uno o más de sus miembros tengan establecida su actividad en Arrasate.Quedan excluidos de estas subvenciones las actividades que se benefician del convenio de colaboración que anualmente suscribe el ayuntamiento con la asociación de comerciantes.No tener deudas con el Ayuntamiento de Arrasate.Quedan excluidos de la presente convocatoria: aquellos proyectos o acciones que, por su naturaleza y objeto, puedan encuadrarse en otro programa subvencional municipal.3. Características de las actividades a subvencionarEstará destinado a la organización de actividades de interés general que promuevan el comercio local en el año de la convocatoria, y no aquellas que sólo sean de interés o beneficio para la actividad del promotor.Las acciones objeto de la subvención no podrán ser las habituales de la actividad.La participación en la actividad estará abierta a cualquier ciudadana/o, interesada/o o profesional.En lo que respecta a la normalización lingüística, la persona beneficiaria se compromete a realizar los mensajes escritos y las actividades en euskera o en ambas lenguas, dando prioridad al euskera. Para garantizar la corrección lingüística de los mensajes, se pondrá a disposición de la persona beneficiaria el servicio de asesoramiento del Departamento de Euskera del Ayuntamiento.Respecto al género, se respetará la igualdad de género.En relación al medio ambiente, se realizará un esfuerzo especial con los materiales que genere la actividad y con el mensaje que se extienda.4. Gastos objeto de subvención.A través de esta línea de ayudas se subvencionarán los gastos relativos a la organización de acciones de promoción del comercio y el servicios de Arrasate, IVA no incluido.Serán financiables las acciones que se realicen en la calle, establecimientos, otros locales o edificios municipales, tales como gastos de cursos, conferencias, talleres u otras actividades de interés general y contratación de servicios.Se financiarán los gastos de difusión y promoción de las actividades.Se financiarán el gastos de personal de la persona beneficiaria, siempre que estén directamente relacionadas con la actividad subvencionada (formación, conferenciante..).  No se considerarán los gastos de organización, coordinación y similares.No se financiarán inversiones.No se financiará la adquisición de cualquier material o contratación de servicios no relacionado directamente con la actividad.No se financiarán aquellas actividades o proyectos que el Ayuntamiento considere que encajan mejor en otros programas de ayudas.5. Cuantía de la subvenciónEste programa financiará el 50% del gasto admisible de la actividad. Cada establecimiento podrá percibir un máximo de subvención de 1.500 euros por año.En el caso de que se presenten gasto de personal (sean de la persona beneficiaria o de profesionales) se tomará como máximo gasto subvencionable, el importe de referencia del ayuntamiento en actividades similares.Respecto a otros gastos, no se admitirán importes que no sean razonables.En el caso de uso de locales municipales, este programa financiará el 100% del coste.Cuando las actividades se presenten promoviendo la colaboración de varios establecimientos, el importe de la subvención se aplicará a cada uno de ellos.En el caso de que la actividad genere un ingreso, no se aplicará al cálculo de la subvención, siempre que no exista sobrefinanciación.6. Divulgación de la actividadLa difusión de la actividad se realizará de manera que se garantice la información a la ciudadanía y a los puntos de interés. Se garantizará la accesibilidad de la información.Los soportes, tanto físicos como electrónicos, que se utilicen para la divulgación, irán acompañados del logo oficial del Ayuntamiento junto con el de la organización.7. Documentación a presentarPara solicitar la subvención, deberá presentar la siguiente documentación:Impreso de solicitud cumplimentado.Una pequeña memoria con la siguiente información:Objetivo de la actividad.En qué consiste la actividad.Lugar y fecha.A quién está dirigida y número de participantes.Recursos e infraestructuras que se utilizarán para el desarrollo de la actividad.El coste de la actividad.Si se utilizarán instalaciones o material municipal.NIF de la actividad en caso de pertenecer a una persona jurídica o DNI en caso de persona física.Certificado de alta en el IAE de la empresa.Otra documentación adicional que, en su caso, se considere necesaria solicitar al Ayuntamiento de Arrasate.Las solicitudes de subvención se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.8. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa, hasta el 31 de diciembre de 2026.9. Justificación.La justificación de la actividad se realizará en el plazo máximo de un mes desde la ejecución de la acción.En cuanto a las actividades que ya estén ejecutadas, la justificación se realizará en el plazo máximo de un mes desde su solicitud.Para la justificación de los gastos se presentarán los siguientes documentos:Breve memoria de la actividad (actividades realizadas, lugar y fecha de realización, nº de personas que han participado en la misma, fotos…)Factura de gastosRecibos los pagos realizadosJustificante de la titularidad de la cuenta corriente10. Unidad administrativa encargada de la tramitación 11. Disponibilidad económica del programa.Este programa será financiado con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto Municipal 1.0700.471.431.00.01 “Subvenciones para el fomento del comercio local”. La disponibilidad de la partida será de 6.000 euros.El programa se dará por concluido cuando su consignación presupuestaria se agote, a no ser que el Ayuntamiento expresamente decida aumentar dicho crédito.12. Análisis y resolución de solicitudesLa tramitación de los expedientes de este programa corresponderá a la unidad administrativa de Comercio.Las solicitudes se resolverán por orden de presentación, hasta que se agote la consignación presupuestaria.Cuando la solicitud o la documentación preceptiva que la acompaña adolezca de algún defecto o sea incompleta, los interesados dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por el Ayuntamiento, para subsanar los defectos observados.Transcurrido el plazo concedido sin haber procedido a la subsanación, el Ayuntamiento inadmitirá la solicitud de subvención y archivará el expediente sin más trámite.13. Forma de pagoEl Ayuntamiento abonará las ayudas en función de la recepción y resolución de las mismas.14. Compatibilidad con otras subvencionesLas ayudas previstas en el presente Programa serán compatibles con otras que por el mismo concepto pudieran percibirse de otras entidades públicas o privadas, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación, en cuyo caso la ayuda concedida en virtud de este Programa se reducirá en la cantidad correspondiente al exceso.En el caso de que se hayan solicitado y/o obtenido otras subvenciones, éstas se presentarán junto con la hoja justificativa. No podrá existir sobrefinanciación.14. Cláusula.En lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Arrasate, las bases generales de la convocatoria de los distintos programas subvencionales en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arrasate, la Ley 38/2003 General de Subvenciones y la normativa vigente que resulte de aplicación a esta materia.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATEPublicado 07/05/2026Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones.