Plazo no verificadoBDNS 901984
Programa de Ayudas Municipales a la Contratación 2026
LOCAL · VIGO · AYUNTAMIENTO DE VIGO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 17/07/2026
- Registro en BDNS
- 27/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/04/2026
Texto oficial de apertura: a partir do día seguinte á publicación do extracto da convocatoria no BOPPO
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. BeneficiariasPodrán concurrir a esta convocatoria pública las personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, independentemente de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas emprendedoras que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquiera otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.No podrán solicitar estas ayudas las grandes empresas, las entidades sin ánimo de lucro ni las personas físicas distintas de lo dispuesto en el párrafo anterior.Conforme con el Reglamento (UE) 2023/2831, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 2831, de 15 de diciembre de 2023), podrán solicitar estas ayudas cuando se trate de ayudas compatibles con otras dadas en concepto de ?minimis?, por cualquiera Administración pública y para cualquier tipo de gasto, sin superar en todo caso el límite de 300.000,00 ? en un período de tres ejercicios fiscales.Segundo. ObjetoMediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo se convocan subvenciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del programa de ?Ayudas municipales a la contratación? en el marco de la actuación municipal para el año 2026. Estas ayudas se integran en la línea 2.6. Atención a los colectivos y a sus necesidades sociales: emprendedores/as del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 08.03.2024; al efecto, tiene por objeto servir de estímulo al empresariado para la contratación de las personas trabajadoras del municipio de Vigo, favorecer el empleo estable y de calidad de las personas trabajadoras del municipio de Vigo, otorgando especial atención a las personas trabajadoras más vulnerables en el mercado laboral, a través de los siguientes programas de ayudas:A) Programa Indefinidos, que comprenderá la transformación en indefinidos dos contratos ya formalizados junto con sus prórrogas, de ser el caso, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en el período comprendido desde el 1 de julio 2025 hasta el 30 de junio de 2026 realizados a personas trabajadoras empadronadas en el municipio de Vigo para prestar servicios en el mismo.A tales efectos se entenderá que se produce la transformación de un contrato temporal en indefinido en los casos en los que las modalidades de contratación se sucedan sin ruptura de la relación laboral con la empresa, incluidos aquellos supuestos en los que el inicio de la relación laboral indefinida se produzca el día siguiente al del final de la vigencia del contrato temporal del que trae causa.B) Programa Contrataciones, que comprenderá la contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas, inscritas cómo demandantes de empleo en el servicio Público de Empleo, empadronadas en Vigo, para prestar servicios en el mismo. Este programa comprenderá las contrataciones que se realicen desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026 que resulten del proceso de selección entre las candidaturas remitidas desde la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Vigo y/o desde el servicio Público de Empleo de Galicia (SPEG) a los que, previamente, se les presentará la correspondiente oferta de empleo. En caso de falta de candidaturas con el perfil requerido se admitirá a la empresa solicitante la contratación de una persona trabajadora que resulte de su proceso de selección y reúna los requisitos de esta convocatoria.C) Programa Mejora: incentivos para la mejora de la estabilidad laboral, que comprende la ayuda en el período comprendido desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026 a través de las siguientes opciones:- el incremento de jornada laboral del contrato, en cualquiera de sus modalidades, de tiempo parcial a tiempo completo, según establezca el correspondiente convenio colectivo de aplicación.- el incremento de la duración anual del contrato fijo-discontinuo a un mínimo de 9 meses a jornada completa.- la transformación del contrato indefinido fijo-discontinuo en un contrato indefinido a jornada completa.En todos Los programas: ? La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda reunirá las condiciones que determinarán la cuantía a conceder en la fecha de la contratación o de la transformación de la modalidad de contrato, así como acreditará su empadronamiento en el municipio de Vigo antes del 1 de enero de 2025. ? Las empresas verán incrementada o disminuida la cuantía de la ayuda según las características de la empresa (micropyme), de la persona a contratar y la duración de la jornada de trabajo según el programa solicitado. ? Se considerarán las contrataciones a tiempo parcial siempre que tengan una duración mínima, igual o superior, al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el correspondiente convenio colectivo de aplicación. Tercero. Bases reguladorasBases reguladoras aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo do 24/04/2026, y publicadas en https://sede.vigo.org/expedientes/avisos/index.jsp?ide=0&lang=es.Cuarto. CuantíaLas ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se harán con cargo a la asignación presupuestaria 2410 470 00 06 denominada ? Ayudas a la contratación? del vigente presupuesto, alcanzando un importe total de 235.000,00 ? (doscientos treinta e cinco mil euros) que se distribuirán según el programa de ayudas:A) Programa Indefinidos: incentivos para la transformación de contratos temporales en indefinidos con una cuantía de 135.000,00? (ciento treinta y cinco mil euros).B) Programa Contrataciones: incentivos a la contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas con una cuantía de 50.000,00? (cincuenta mil euros).C) Programa Mejora: incentivos para la mejora de la estabilidad laboral con una cuantía de 50.000,00? (cincuenta mil euros).El crédito no liberado en alguno de los programas, podrá ser destinado a incrementar el importe de las ayudas del otro programa, a propuesta de la comisión de valoración y seguimiento.La subvención máxima total por empresa solicitante será de 10.000,00? con independencia del número de solicitudes presentadas en las distintas modalidades de ayuda, excepto que no se hubiera agotado el crédito presupuestario dispuesto y la Comisión de Valoración estime incrementar este límite.La concesión de la subvención no generará ningún derecho a la percepción de la misma en futuras convocatorias.Una vez agotado el crédito presupuestario existente, se procederá a denegar las subvenciones que no puedan ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria. Las solicitudes denegadas por falta de crédito en una convocatoria determinada, no causarán derecho en las siguientes. En el supuesto de renuncia o no aceptación de la subvención por parte de alguna entidad beneficiaria y hasta el límite del crédito disponible, el órgano concedente podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención a las actividades siguientes en el orden de recepción. Se podrá ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria. El incremento del crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al incluso crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 30.2 de su reglamento de desarrollo.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes y documentación complementaria correspondiente se iniciará a partir d el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra, que será comunicado desde la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) que opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones, hasta el 17 de julio de 2026.Los solicitantes obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo según el deber impuesta por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), deberán presentar y tramitar la solicitud de esta subvención, por cualquiera de los mecanismos de identificación y firma electrónica admitidos en la sed electrónica del Ayuntamiento de Vigo, que se pueden consultar en el enlace https://sed.vigo.org/expedientes/usuarios/login.jsp?lang=es.Los solicitantes no obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán optar por la tramitación electrónica de su solicitud y documentación complementaria a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo, y por cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos o bien a través de su Carpeta Ciudadana.Sexto. Otros datosLas bases reguladoras y sus modelos normalizados para la presentación de solicitudes se facilitarán en la página web www.vigo.org.Las adjudicatarias de las ayudas tendrán un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su notificación para presentar la documentación justificativa de la subvención y poder tramitar su pago.Vigo, fecha según firma electrónicaPor ausencia de la jefa de Participación Ciudadana y Desarrollo Local (Resolución de fecha 08/04/2026)La técnica de Administración General.- Rosa M. Otero MalvárezVigo, fecha según firma electrónica La Quinta Teniente de Alcalde y concejala delegada del Área de Empleo, Patrimonio, Tecnología y relación con las empresas, Turismo y Juventud (R.A. del 25/09/2025, BOPPO nº 186, de 30/09/2025) Ana María Mejías Sacaluga CONFORME:Vigo, fecha según firma electrónicaEl concejal de Hacienda y Presupuestos (Resolución de Alcaldía de 19/06/2023)Jaime Aneiros Pereira
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VIGO DE 24/04/2026, POR EL QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS MUNICIPALES A LA CONTRATACIÓN 2026Publicado 30/04/2026Bases reguladoras e convocatoria das Axudas Municipais á Contratación 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.