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Plazo no verificadoBDNS 902193

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL, IGUALDAD Y GENTE MAYOR DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026)

LOCAL · SANTA COLOMA DE FARNERS · AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE FARNERS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:52 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
11/05/2026
Fin de solicitudes
26/05/2026
Registro en BDNS
28/04/2026
Publicación en diario oficial
04/05/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- ObjetoEl objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones del Área de Acción Social, Igualdad y Gente Mayor, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro para el año 2026. La convocatoria se rige por las bases específicas que la regulan, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento y por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segundo.- Líneas de subvención y dotación presupuestariaA esta convocatoria únicamente podrán presentarse solicitudes que se ajusten a la Línea 3: Actividades de dinamización dirigidas a las personas mayores.La dotación presupuestaria prevista para el ejercicio 2026, con cargo a la aplicación 2026.20.2310.48001, es la siguiente:→ Dotación total máxima: 13.200 eurosEl importe a conceder a cada entidad se determinará de manera proporcional a la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases. Solo participarán en el reparto las solicitudes admitidas que hayan superado la puntuación mínima exigida. Si la suma de las cuantías resultantes supera el crédito disponible, se aplicará un ajuste proporcional entre todos los proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima, respetando en todo caso los límites de cuantía establecidos en esta convocatoria. Tercero.- Requisitos y beneficiariosTendrán la condición de personas beneficiarias las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro del municipio de Santa Coloma de Farners que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas, tener la condición de entidad sin ánimo de lucro y constar inscritas, con los datos actualizados, en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners.b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.c) Disponer de los medios, estructura y capacidad suficientes para llevar a cabo los proyectos objeto de las ayudas y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos.La concurrencia de estos requisitos deberá acreditarse en el momento de presentar la solicitud mediante la documentación indicada. En caso de no poder acreditar alguna de las circunstancias mencionadas, podrá hacerse mediante la presentación de una declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención, según el modelo normalizado del Anexo 2. Cuarto.- Plazo y presentación de solicitudesLas solicitudes de concesión de subvenciones deberán formalizarse mediante los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Registro General. La presentación deberá realizarse a través del Registro General del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPG. Las solicitudes deberán presentarse mediante los modelos normalizados y deberán ir acompañadas de la documentación establecida en el artículo 9 de las Bases. Quinto.- Procedimiento, resolución y pagoLas solicitudes serán evaluadas por una comisión de evaluación, de acuerdo con los criterios detallados en las bases.El órgano competente resolverá la concesión de las subvenciones en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación.La notificación del resultado se realizará de manera individualizada a cada solicitante, mediante una resolución que pondrá fin a la vía administrativa. Contra esta resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo.Una vez dictada la resolución de concesión de las subvenciones, y sin perjuicio de la notificación individualizada, se hará pública la relación de subvenciones otorgadas mediante su publicación en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).La publicación incluirá la identificación de las entidades beneficiarias, la cuantía otorgada y, en su caso, la denegación o inadmisión de solicitudes con indicación del motivo. Esta publicación tendrá efectos de notificación general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria. Sexto.- JustificaciónLas entidades beneficiarias deberán presentar la justificación de la subvención antes del 30 de noviembre de 2026, mediante la documentación establecida en las bases. Séptimo.- Otras cuestionesLa participación en esta convocatoria implica el conocimiento y la aceptación de las bases reguladoras.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL, IGUALDAD Y GENTE MAYOR DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026)Publicado 04/05/2026