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Plazo no verificadoBDNS 902245

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL DESTINADAS A LA PARTICIPACIÓN DE LOS NIÑOS Y JÓVENES A LAS ACTIVIDADES EN PERÍODO DE VACACIONES PARA EL AÑO 2026

LOCAL · OLESA DE MONTSERRAT · AYUNTAMIENTO DE OLESA DE MONTSERRAT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:54 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
04/05/2026
Fin de solicitudes
20/05/2026
Registro en BDNS
28/04/2026
Publicación en diario oficial
04/05/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 21 de abril de 2026, ha aprobado en el punto 6.1 la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de actividades en periodo de vacaciones para el año 2026. ? Beneficiarios:En las presentes bases se identifica como sujeto de la subvención, la persona que hace la solicitud (en adelante la solicitante) que es quien a partir de la concesión, se identificará como la perceptora y a las personas que las disfrutarán de las actividades se las identifica como beneficiarias. En caso de que en el momento de la solicitud la beneficiaria sean menores de edad, la persona solicitante deben ser los progenitores o quien tenga la tutoría legal. En caso de que en el momento de la solicitud las beneficiaria sean mayores de edad, la solicitante y la beneficiaria es la misma persona.Las ayudas van dirigidas a niños y jóvenes de 3 o en edad de cumplirlas en el año en curso a 18 años para participar en: los Centros organizados por las Asociaciones de Familias de Niños (AFI, AMPA, AFA, en adelante AFI) de los centros educativos, actividades deportivas y de ocio organizados por entidades del municipio y las organizadas por el propio Ayuntamiento de Olesa de Montserrat durante el verano, semana santa o Navidades que se realicen en Olesa de Montserrat incluido el alumnado del Centro Especial de Educación El Pontarró (según indicaciones de la EAP).? Objeto:El objeto de estas bases es el otorgamiento de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat que otorga ayudas económicas a personas con recursos insuficientes para hacer frente a gastos específicos para facilitar el acceso a la realización de actividades en periodos de vacaciones tipo centros y similares, con el objetivo de que nadie quede excluido por motivos económicos o de carácter social, contribuyendo a la eliminación de riesgos de exclusión social, vulnerabilidad, y a la compensación de déficits de apoyo social. Sólo se becarán las actividades de ocio dentro del concepto de centros. Quedan excluidas las actividades de comedor, acogidas de mañana y tarde y colonias. Con la finalidad de:? Promover y mejorar la igualdad de oportunidades en la infancia. ? Facilitar el acceso a las actividades de ocio evitando que el factor económico sea motivo de exclusión. ? Garantizar que ningún niño o joven se quede sin actividades de ocio en periodos establecidos en el objeto de estas bases. ? Bases reguladoras:Las Bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Bienestar Social destinadas a la participación de los niños y jóvenes en las actividades en periodo de vacaciones aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 17 de febrero de 2026 y que fueron publicadas en el BOPB núm. CVE202610034512 en fecha 24 de febrero del año 2026.? Cuantía:El presupuesto que se destinará a este año 2026 para el otorgamiento de subvenciones en materia de actividades en periodo de vacaciones de la presente convocatoria será de 32.000,00 € e irá a cargo a la aplicación presupuestaria 62 231 48003 ? BIENESTAR SOCIAL ? TRANSF PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES del presupuesto municipal vigente del ejercicio 2026.En el caso de que haya más solicitudes admitidas que crédito disponible en la convocatoria y sea posible dotar a la aplicación presupuestaria con más recursos, éste se incrementará para intentar cubrir las solicitudes aprobadas, garantizando aquellas que tienen 100% de la ayuda y ponderando el resto hasta agotar el presupuesto.? Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento:El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones reguladoras por las presentes bases es el Departamento de DE SERVICIOS SOCIALES del Área de Servicios Personales, que solicitará cuantos informes estime necesarios de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, según Decreto 2025DECR001702 de 19/06/2025. ? Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención:Las subvenciones se otorgarán según los siguientes apartados:Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención:- La puntuación máxima posible es de: 10 puntos- Si la solicitante cumple el criterio, por aquel la puntuación será la fijada, si por el contrario no se cumple, la puntuación será 0. - Para poder optar a recibir subvención se deben obtener al menos 2 puntos.- Para la valoración de las solicitudes, únicamente se tendrán en cuenta los criterios objetivos siguientes:CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PROYECTOÁmbito Puntos máximos Aspectos que se valoran Puntos Datos familiares 4 Condición legal de familia numerosa 1 Condición legal de familia monoparental 1 Acogida familiar 1 Si la beneficiaria, o cualquier miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida. 1Datos económicos 4 Hasta el 45% del IRSC 4 Del 45.01% al 55% de IRSC 3 Del 55.01 % al 65% del IRSC 2 Del 65.01% al 75% del IRSC 1 De los ingresos familiares se descontarán los gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda familiar, sin que éstas puedan superar el IRSC (Indicador de renta de suficiencia de Calaluña) y se dividirá por el número de miembros de la unidad familiar.Situaciones especiales de riesgo social 2 Intervención y plan de trabajo de Servicios Sociales en el último año 1 Otras situaciones de carácter social no contempladas anteriormente: situaciones de riesgo, situaciones de violencia de género, tema de salud o similares 1Se consideran miembros computables para el cálculo de la renta familiar los progenitores o quien tenga la tutoría legal, los menores (beneficiarios y hermanos) y los adultos que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado de convivencia correspondiente.En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable que no conviva con el beneficiario. No obstante, tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por la relación, cuya renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar.En caso de que algún miembro de la unidad familiar no conviva en el domicilio y esté al volante de convivencia, deberá adjuntarse copia de la correspondiente solicitud de baja, a la solicitud.En caso de empate en la puntuación, el orden de prioridad se determinará mediante sorteo de un número de registro de referencia de las solicitudes. A partir de este número, se establecerá el orden correlativo de las solicitudes hasta agotar el presupuesto disponible.Concurrencia competitiva y coste subvencionable:La convocatoria establece los tramos de baremación y los importes que corresponden a cada tramo, siguiendo el siguiente criterio:? 1 punto: 0% subvención? 2 puntos: 25% subvención? 3 y 4 puntos: 50% subvención? 5 o más puntos: 100% subvenciónRequisitos para presentarse a la convocatoria: 1. Presentar la solicitud en el plazo y forma que determine la convocatoria. 2. La solicitante debe acreditar mediante una declaración responsable que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 3. En caso de situación de custodia compartida, sólo se becarán las semanas en que la solicitante convivan con las beneficiarias, según el convenio regulador. 4. La renta de las familias que soliciten la ayuda, correspondiente al último ejercicio fiscal liquidado, no puede superar los umbrales máximos de renta familiar que se establecen a continuación: El IRSC para 2026 es de, 801,85€/mes ?9.622,18€/año. El cálculo se realizará para familias de 2 miembros: 2,5 veces el IRSC y por cada nuevo miembro se suma el IRSC anual x 0,56? Familias de 2 miembros: = 24.055,45€? Familias de 3 miembros: = 29.443,87 €? Familias de 4 miembros: = 34.832,29 €? Familias de 5 miembros: = 40.220,71 €Por cada nuevo miembro se suma IRSC anual x 0,56En el caso de que en el núcleo de convivencia haya una persona con discapacidad igual o superior al 33%, ésta contará como si se tratara de dos personas con respecto al recuento de ingresos/gastos familiares. En el caso de que la familia tenga el Título de familia Monoparental vigente, la solicitante también contará como si se tratara de dos personas en cuanto al recuento de ingresos/gastos familiares.? Plazo y forma de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será desde el lunes 4 de mayo de 2026 hasta el miércoles 20 de mayo de 2026.Deben presentarse las solicitudes de mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo a lo que dictamina el apartado 8 de las bases? Plazo de ejecución:El plazo de ejecución de los proyectos será del 29 de junio al 31 de julio de 2026, ambos incluidos. ? Plazo y forma de justificación:El plazo máximo de justificación finalizará el 31 de octubre del año en cursoSe deben presentar las justificaciones mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo a lo que dictaminan las bases.? Otros datos de obligado cumplimiento:Se debe cumplir con todo lo dispuesto en las Bases que regulan esta convocatoria de subvenciones, y de acuerdo con la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat, aprobada por el Pleno de esta Corporación el 24 de octubre de 2019 y publicada definitivamente en el BOP de Barcelona el 31 de enero de 2020

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 21 DE ABRIL DE 2026 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE ACTIVIDADES EN PERIODO DE VACACIONES PARA EL AÑO 2026Publicado 04/05/2026BASES REGULADORES PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS PER A LA PARTICIPACIÓ DELS INFANTS I JOVES A LES ACTIVITATS EN PERÍODE DE VACANCES