encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 902305

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES EN 2026

LOCAL · ARRASATE/MONDRAGÓN · AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:54 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/04/2026
Publicación en diario oficial
12/05/2026

Texto oficial de apertura: Desde el siguiente dia de su publicacion en el boletin oficial correspondiente

Texto oficial de cierre: 30 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

3.1. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES EN 2026. 1. Objeto  Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones para la concesión de ayudas destinadas a financiar tanto el mantenimiento de los locales como el fomento del desarrollo de actividades las asociaciones de personas mayores de Mondragón.  2. Asociaciones beneficiarias  Podrán solicitar las subvenciones que la presente convocatoria regula las asociaciones de  personas mayores que tengan su domicilio social en Mondragón, y figuren inscritas en el registro de asociciones de la C.A.P.V.  3. Documentación a presentar   Al modelo oficial de solicitud de la subvención deberá acompañarse, la siguiente documentación:     3.1. Subvenciones para gastos de mantenimiento de local  Para obtener subvenciones destinadas al mantenimiento de los locales en los que se ubiquen los Hogares, las Asociaciones interesadas deberán presentar una solicitud.   En dicho impreso se señalarán los gastos de mantenimiento, por conceptos, ocasionados en el ejercicio anterior y un presupuesto también por conceptos del año para el que se solicita la ayuda. Se subvencionarán únicamente los gastos de limpieza y reparaciones.   En el caso del gasto de limpieza, si dicha limpieza se realizara mediante contratación laboral, se deberá presentar el alta en la Seguridad Social.   3.2. Subvenciones para la realización de actividades   Para obtener subvenciones destinadas a la realización de actividades, las asociaciones interesadas deberán presentar una solicitud que incluirá tantos anexos como actividades prevean realizar.   En el impreso de solicitud se señalará la cuantía de la ayuda solicitada, y en los anexos la descripción, gastos e ingresos, y otros aspectos de cada una de las actividades previstas realizar durante el año.   En caso del gasto de limpieza, si fuera por contratación laboral, se deberá presentar certificado de que dicha persona esté de alta en la Seguridad Social.   Las personas que imparten cursos, si prestan el servicio por cuenta ajena, deberán presentar el contrato laboral, y si lo hacen por cuenta propia, deberán presentar el alta en el régimen de autónomos.   Además de los impresos señalados, cada solicitante deberá presentar una certificación del Secretario de la Junta Directiva de la Asociación en la que se haga constar el número de personas asociadas a 31 de diciembre del año anterior al que se solicita la subvención.  4. Unidad administrativa encargada de la tramitación   Las solicitudes serán tramitadas por la unidad administrativa de Servicios Sociales.  5. Criterios de valoración de las solicitudes  Para el cálculo de las ayudas reguladas en las presentes bases específicas se aplicarán los siguientes criterios:   En el impreso de solicitud se señalará la cuantía de la ayuda solicitada, y en los anexos la descripción, gastos e ingresos, y otros aspectos de cada una de las actividades previstas realizar durante el año.  5.1. Subvenciones para gastos de mantenimiento de local.   A la vista del importe solicitado para el concepto de mantenimiento de local, la subvención para dicho fin tratará de alcanzar el total de los conceptos objeto de subvención, que deberán guardar, en todo caso, la oportuna proporcionalidad y sujeto en cualquier caso a la limitación presupuestaria establecida para el presente programa de ayudas económicas.   5.2. Subvenciones para la realización de actividades   Condicionada a las limitaciones derivadas de la dotación del presente programa, la ayuda municipal será la suma de dos factores, fijo y variable, de conformidad con los siguientes criterios:   5.2.1. Cuantía fija   Cada una de las Asociaciones percibirá una cantidad fija equivalente a 3 € por socio.   5.2.2. Cuantía variable   El Ayuntamiento de Mondragón subvencionará las actividades propuestas teniendo presente que los porcentajes de financiación se aplicarán sobre el coste neto estimado de las actividades y no sobre el déficit que éstas generen. A efectos de la presente convocatoria el Ayuntamiento aplicará las siguientes reglas:   -Profesionales que impartan actividades preventivas y recreativas estarán financiadas en un 60 % del coste justificado con facturas.   - Materiales para el desarrollo de cursos y actividades, se subvencionan: 50%.   - Excursiones culturales de un día de duración:   * El autobús se subvenciona con 250 € (Máximo 5 autobuses).   * Comida de la excursión se subvenciona con 7 € por persona.   - Bailes, fiestas, festivales, juegos, campeonatos, etc., se subvencionan: 50%.   - El Ayuntamiento no subvenciona: la adquisición de prensa diaria, servicio de enfermería, servicio de podología, peluquería, inscripciones a TV digital, misas por difuntos, regalos, cestas de Navidad, lotería, adquisición de vídeos, viajes de más de un día, placas de homenajes, etc.   -Gastos de telefonía (líneas telefónica e internet): Se podrá subvencionar hasta el 25% del gasto total en ese concepto.  -Impresiones: impresora y material de oficina (cartuchos, toner, papel): 25% del gasto total en ese concepto.  - Ninguna asociación recibirá una subvención superior a 15.000 €.  6. Presupuesto   El importe de las ayudas convocadas asciende a la cantidad de 36.000 €, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria “1.0406.480.337.10.00-Subvenciones Tercera Edad”  Si la dotación presupuestaria no alcanzara a cubrir el total de las solicitudes según el baremo anterior, se aplicará el prorrateo correspondiente al total de la concesión.   7. Plazo y forma de justificación   7.1. Subvenciones para gastos de mantenimiento de local   Las subvenciones concedidas por este concepto se justificarán mediante la presentación de las facturas originales y/o nóminas con anterioridad al 31 de enero de 2027.   7.2. Subvenciones para la realización de actividades   Las subvenciones concedidas por este concepto se justificarán mediante la documentación requerida en el artículo 23 de las bases generales de la presente convocatoria, asimismo con anterioridad al 31 de enero de 2027.  8. Plazo de presentación de las solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. 9. Cláusula adicional   En todo lo no recogido expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la ordenanza reguladora de concesión y gestión de subvenciones del ayuntamiento de Arrasate, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y demás disposiciones legales concordantes. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 28/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES EN 2026Publicado 12/05/2026Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones