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Plazo no verificadoBDNS 902439

Convocatoria para subvencionar a agentes y asociaciones culturales sin ánimo de lucro de Azkoitia para llevar a cabo sus proyectos y actividades ordinarias a lo largo del año o curso.

LOCAL · AZKOITIA · AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:57 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/04/2026
Publicación en diario oficial
13/05/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación de la convocatoria en BOG

Texto oficial de cierre: Un mes

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1. Objeto de la subvención.Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las bases para la concesión de subvenciones a agentes y asociaciones culturales sin ánimo de lucro del municipio de Azkoitia para llevar a cabo los proyectos y las actividades ordinarias a lo largo del año o curso.2. Importe y partida de la subvención.El importe total de las subvenciones no superará la consignación destinada a la citada finalidad; es decir, 27.000 euros.El gasto se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Subvenciones a asociaciones culturales 1 3100.481.334.00.01 2026Teniendo en cuenta que las subvenciones que el Ayuntamiento de Azkoitia destina a actividades culturales se dividen en dos líneas (2026PUNT0006 eta 2025PUNT0007), y todas ellas están financiadas a través de la citada partida presupuestaria en la materia, si existen solicitudes de subvención por importe inferior al gasto previsto en la convocatoria de una línea subvencional o si el órgano competente ha resuelto no conceder la totalidad de la subvención, el órgano competente para resolver podrá acordar un incremento de la dotación de una línea subvencional por el importe de dicha cantidad no utilizada. En estos casos no será necesaria una nueva convocatoria y la modificación se publicará en la plataforma BDNS. En todo caso, el importe total de la partida presupuestaria no podrá superar los 50.000 euros.3. Criterios generales.El programa y las actividades de las asociaciones culturales y de los agentes culturales deben coincidir con los objetivos generales del Ayuntamiento de Azkoitia y con los objetivos de los programas culturales.La subvención es voluntaria y provisional. Su concesión no supondrá ninguna obligatoriedad para el Ayuntamiento de cara a las próximas convocatorias.Estas subvenciones son compatibles con otras, en cuyo caso deberá indicarse que se han solicitado otras subvenciones para la misma actividad.4. Solicitantes.Podrán solicitar subvenciones:• Organizaciones, asociaciones y agrupaciones legalmente constituidas.• Personas o grupos de personas asociadas para el mismo fin que llevan a cabo actividades culturales o de ocio.Quedarán excluidas de la convocatoria las actividades que reciban aportaciones económicas por contrato o convenio con el Ayuntamiento de Azkoitia.5. Presentación de solicitudes.La convocatoria para la presentación de solicitudes será abierta, y se concederá un plazo de un mes para la presentación de solicitudes desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.Se deberá aportar la siguiente documentación:a) Solicitantes de la subvención por primera vez.• Certificado de inscripción en el registro de asociaciones o entidades del Gobierno Vasco o en el registro municipal de asociaciones.• Justificante expedido por entidad bancaria o caja de ahorros de que la persona solicitante ha abierto una cuenta corriente.• Curriculum vitae de la asociación: actividades realizadas hasta la fecha, objetivos, recursos humanos y materiales, etc.b) Para todas aquellas personas que presenten una solicitud:• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.• Breve informe de la persona solicitante en el que se recoja lo especificado en el punto séptimo de estas bases.• Plan anual de actividades:  plazos y fechas en las que se llevarán a cabo, metodología, objetivos, grupos de población para los que se ha pensado, etc. • Presupuesto anual o del curso, especificando claramente los gastos e ingresos previstos. •  Declaración jurada en la que se recojan las solicitudes o, en su caso, las subvenciones concedidas a otros comités, organismos, etc.La no presentación de esta documentación supondrá la renuncia a la percepción de la subvención. Asimismo, la ocultación o falseamiento de datos dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la presente o posteriores subvenciones.En el caso de que la solicitud no esté cumplimentada correctamente o falte algún documento, se concederá un plazo de 10 días para su subsanación y, si en este plazo no se hubiera completado, se archivará automáticamente.En el caso de que en años anteriores se hayan producido cambios en los datos de las entidades o grupos solicitantes, deberán aportar la documentación requerida a las primeras solicitudes.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará los requisitos siguientes, establecidos en las presentes bases específicas, mediante los servicios de la plataforma de intermediación de datos o de otras administraciones. Las entidades o personas solicitantes podrán oponerse a tales comprobaciones, en cuyo caso deberán presentar la documentación correspondiente. Servicios disponibles a través de la plataforma de intermediación de datos:Dirección General de la Policía:— Consulta y comprobación de los datos de identidad de cada persona solicitante de la ayuda.Diputación Foral de Gipuzkoa y haciendas forales:— Consulta de estar al día con las obligaciones fiscales.Tesorería General de la Seguridad Social:— Consulta de estar al día con las obligaciones en materia de Seguridad Social.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará de oficio el estado de las obligaciones fiscales para con el Ayuntamiento y sus organismos autónomos.El Ayuntamiento podrá solicitar a las entidades o personas solicitantes la información complementaria que estime oportuna, con el fin de realizar la valoración del programa presentado.6. Obligaciones de la entidad o persona beneficiaria.• Llevar a cabo o comprometerse a hacer la actividad o práctica que fundamente la concesión de la subvención.• Acreditar que se ha llevado a cabo la actividad y que se han cumplido las condiciones y requisitos que determinen la concesión o disfrute de la subvención.• Obtener y cumplir los seguros y autorizaciones necesarios para llevar a cabo la actividad subvencionada.• Aceptar y ayudar al órgano concedente con las comprobaciones oportunas. Asimismo, colaborar en cuantas actuaciones de comprobación y control financiero correspondan a los órganos de control, facilitando cuanta información le sea requerida para llevar a cabo dichas actividades.• Comunicar al órgano concedente la obtención, en su caso, de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la ayuda del proyecto subvencionado, procedentes de cualesquiera administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.• Hacer constar en la publicidad escrita, oral, visual e imaginaria de la entidad o actividades la colaboración del Ayuntamiento de Azkoitia mediante la colocación del logotipo del Ayuntamiento de Azkoitia.7. Criterios y límites para la concesión de subvencionesPara determinar la cuantía de la subvención se tendrá en cuenta lo siguiente:• La calidad de la actividad, el número de actividades, el número de socios, etc. Hasta 15 puntos.• El número de beneficiarios del proyecto. Hasta 10 puntos.• La contribución del programa anual a la vida sociocultural del pueblo y al fomento de la participación en la actividad institucional. Hasta 20 puntos.• La trayectoria, la continuidad y la estabilidad de la asociación o del agente cultural en su ámbito. Hasta 10 puntos.• La apertura de la programación presentada a toda la ciudadanía. Hasta 10 puntos.• La garantía y el fomento del uso del euskera en el ámbito de actuación en notas de prensa, eventos, etc. Hasta 10 puntos.• Los recursos económicos de la asociación y la proporción de la ayuda solicitada sobre los recursos de la asociación. Hasta 10 puntos.• La participación igualitaria de mujeres y hombres en la asociación y en las actividades que se vayan a organizar para su promoción. Hasta 10 puntos.• El fomento y el refuerzo de la convivencia desde las actividades culturales. Hasta 5 puntosLa subvención destinada a cada solicitud será proporcional a la puntuación obtenida. En todo caso, si alguna asociación tuviera sobrefinanciación con la cantidad obtenida, se le reducirá la subvención hasta evitarla.Dada la singularidad del evento, la comisión de valoración puede decidir aumentar los límites de gasto que para algunos tipos de gastos se establecen en las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia.8. Comisión de evaluaciónLa Comisión de Evaluación analizará y evaluará las solicitudes, y elaborará la propuesta de concesión de las subvenciones, con indicación de la cuantía de cada una de ellas.La Comisión de Evaluación estará compuesta por:-La Secretaría del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- La Interventora del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- El técnico de cultura del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.9. Abono de las subvencionesEl pago se hará dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de solicitud de la subvención.10. Justificación de la subvenciónLas personas solicitantes de la subvención del curso deberán presentar la documentación de justificación antes del 31 de diciembre 2026. Las personas que soliciten subvención para el proyecto durante el año natural deberán presentarla antes del 28 de febrero del 2027.11. NormativaPara todo aquello no establecido en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en: la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre); el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio); las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia (BOG, nº 54 de 20 de marzo de 2023) y Bases Especificas (BOG, nº 76 de 27 de abril de 2025).12. Recursos Contra la presente convocatoria cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y Recurso de Reposición contra la resolución de esta convocatoria en el plazo de un mes.El plazo comenzará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria para subvencionar a agentes y asociaciones culturales sin ánimo de lucro de Azkoitia para llevar a cabo sus proyectos y actividades ordinarias a lo largo del año o curso.Publicado 13/05/2026Bases específicas para la concesión de subvenciones a asociaciones y agentes culturales del municipio de Azkoitia para su actividad ordinaria