Plazo no verificadoBDNS 902460
Convocatoria para la concesión de subvenciones a grupos, asociaciones y agentes culturales de Azkoitia sin ánimo de lucro o a actividades culturales y/o de ocio puntuales que se desarrollen en Azkoitia o que estén dirigidas a la población azkoitiarra.
LOCAL · AZKOITIA · AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 06:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/10/2026
- Registro en BDNS
- 29/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 14/05/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación de la convocatoria en BOG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Objeto de la subvención.Exponer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a grupos, asociaciones y agentes culturales de Azkoitia sin ánimo de lucro o a actividades culturales y/o de ocio puntuales que se desarrollen en Azkoitia o que estén dirigidas a la población azkoitiarra.Las actividades puntuales son aquellas que por sus características no han podido ser previstas o que por su carácter periódico se llevarán a cabo en el plazo establecido en estas bases. Corresponde al presidente de la Comisión determinar el carácter puntual de la iniciativa.2. Importe y partida de la subvención.El importe total de las subvenciones no superará la consignación destinada a la citada finalidad; es decir, 23.000 euros.El gasto se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Subvenciones a asociaciones culturales 1 3100.481.334.00.01 2026Teniendo en cuenta que las subvenciones que el Ayuntamiento de Azkoitia destina a actividades culturales se dividen en dos líneas (2026PUNT0006 eta 2025PUNT0007), y todas ellas están financiadas a través de la citada partida presupuestaria en la materia, si existen solicitudes de subvención por importe inferior al gasto previsto en la convocatoria de una línea subvencional o si el órgano competente ha resuelto no conceder la totalidad de la subvención, el órgano competente para resolver podrá acordar un incremento de la dotación de una línea subvencional por el importe de dicha cantidad no utilizada. En estos casos no será necesaria una nueva convocatoria y la modificación se publicará en la plataforma BDNS. En todo caso, el importe total de la partida presupuestaria no podrá superar los 50.000 euros.3. Criterios generales.El programa y las actividades de las asociaciones culturales y de los agentes culturales deben coincidir con los objetivos generales del Ayuntamiento de Azkoitia y con los objetivos de los programas culturales.La subvención es voluntaria y provisional. Su concesión no supondrá ninguna obligatoriedad para el Ayuntamiento de cara a las próximas convocatorias.Estas subvenciones son compatibles con otras, en cuyo caso deberá indicarse que se han solicitado otras subvenciones para la misma actividad.4. Solicitantes.Podrán solicitar subvenciones:• Organizaciones, asociaciones y agrupaciones legalmente constituidas.• Personas o grupos de personas asociadas para el mismo fin que llevan a cabo actividades culturales o de ocio.Quedarán excluidas de la convocatoria las actividades que reciban aportaciones económicas por contrato o convenio con el Ayuntamiento de Azkoitia.5. Presentación de solicitudes.La convocatoria de solicitudes será abierta. Las solicitudes podrán realizarse desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2026.La subvención se solicitará antes de la fecha de la actividad o evento. No obstante, en los casos en los que el evento tenga lugar antes de la convocatoria, se aceptarán las subvenciones solicitadas con posterioridad, previa comunicación a los responsables municipales de cultura.Se deberá aportar la siguiente documentación:a) Solicitantes de la subvención por primera vez.• Certificado de inscripción en el registro de asociaciones o entidades del Gobierno Vasco o en el registro municipal de asociaciones.• Justificante expedido por entidad bancaria o caja de ahorros de que la persona solicitante ha abierto una cuenta corriente.• Curriculum vitae de la asociación: actividades realizadas hasta la fecha, objetivos, recursos humanos y materiales, etc.b) Para todas aquellas personas que presenten una solicitud:• Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.• Memoria sucinta de la persona solicitante y del proyecto que se pretende llevar a cabo, que recoja lo especificado en el punto séptimo de estas bases. En ella se deberá especificar el ámbito de la actividad, a quién va dirigida, espectadores, plazos, lugares y fechas, ampliaciones de la misma, materiales y recursos humanos necesarios para su organización, etc.• Presupuesto requerido por la actuación puntual que se pretende llevar a cabo, especificando con claridad los gastos e ingresos previstos. • Declaración jurada en la que se recojan las solicitudes o, en su caso, las subvenciones concedidas a otros comités, organismos, etc.La no presentación de esta documentación supondrá la renuncia a la percepción de la subvención. Asimismo, la ocultación o falseamiento de datos dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la presente o posteriores subvenciones.En el caso de que la solicitud no esté cumplimentada correctamente o falte algún documento, se concederá un plazo de 10 días para su subsanación y, si en este plazo no se hubiera completado, se archivará automáticamente.En el caso de que en años anteriores se hayan producido cambios en los datos de las entidades o grupos solicitantes, deberán aportar la documentación requerida a las primeras solicitudes.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará los requisitos siguientes, establecidos en las presentes bases específicas, mediante los servicios de la plataforma de intermediación de datos o de otras administraciones. Las entidades o personas solicitantes podrán oponerse a tales comprobaciones, en cuyo caso deberán presentar la documentación correspondiente. Servicios disponibles a través de la plataforma de intermediación de datos:Dirección General de la Policía:— Consulta y comprobación de los datos de identidad de cada persona solicitante de la ayuda.Diputación Foral de Gipuzkoa y haciendas forales:— Consulta de estar al día con las obligaciones fiscales.Tesorería General de la Seguridad Social:— Consulta de estar al día con las obligaciones en materia de Seguridad Social.El Ayuntamiento de Azkoitia comprobará de oficio el estado de las obligaciones fiscales para con el Ayuntamiento y sus organismos autónomos.El Ayuntamiento podrá solicitar a las entidades o personas solicitantes la información complementaria que estime oportuna, con el fin de realizar la valoración del programa presentado.6. Obligaciones de la entidad o persona beneficiaria.• Llevar a cabo o comprometerse a hacer la actividad o práctica que fundamente la concesión de la subvención.• Acreditar que se ha llevado a cabo la actividad y que se han cumplido las condiciones y requisitos que determinen la concesión o disfrute de la subvención.• Obtener y cumplir los seguros y autorizaciones necesarios para llevar a cabo la actividad subvencionada.• Aceptar y ayudar al órgano concedente con las comprobaciones oportunas. Asimismo, colaborar en cuantas actuaciones de comprobación y control financiero correspondan a los órganos de control, facilitando cuanta información le sea requerida para llevar a cabo dichas actividades.• Comunicar al órgano concedente la obtención, en su caso, de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la ayuda del proyecto subvencionado, procedentes de cualesquiera administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.• Hacer constar en la publicidad escrita, oral, visual e imaginaria de la entidad o actividades la colaboración del Ayuntamiento de Azkoitia mediante la colocación del logotipo del Ayuntamiento de Azkoitia.7. Criterios y límites para la concesión de subvencionesPara determinar la cuantía de la subvención se tendrá en cuenta lo siguiente:• La calidad del proyecto o actividad cultural y su impacto y aportación al pueblo.• La trayectoria, continuidad y estabilidad de la asociación y/o agente cultural en su ámbito.• La difusión del proyecto presentado a la ciudadanía.• El número de participantes, la duración, el nivel cultural, el ámbito de la actividad y la difusión.• La financiación de la actividad. El esfuerzo organizativo y económico de la persona solicitante.• La infraestructura y los recursos humanos para organizar la actividad o el proyecto.• La garantía y el fomento del uso del euskera en el ámbito de actuación en notas de prensa, eventos, etc.• La participación igualitaria de mujeres y hombres en la asociación y en las actividades que se vayan a organizar para su promoción.Se considerarán gastos subvencionables aquellos que, además de responder a la naturaleza de la acción o proyecto subvencionado, se hagan en el plazo establecido en las bases reguladoras. Para subvencionar un gasto es necesario cumplir lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, así como los requisitos exigidos en el artículo 29 de subcontratación y lo dispuesto en las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia.Dada la singularidad del evento, la comisión de valoración puede decidir aumentar los límites de gasto que para algunos tipos de gastos se establecen en las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia.8. Comisión de evaluaciónA medida que se vayan recibiendo las solicitudes, la comisión de evaluación las examinará, evaluará y elevará la propuesta de concesión de la subvención, especificando la cuantía de cada una de ellas.La Comisión de Evaluación estará compuesta por:-La Secretaría del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- La Interventora del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.- El técnico de cultura del ayuntamiento o funcionario en quien delegue.9. Abono de las subvencionesEn la medida de lo posible, y siempre que se haya solicitado puntualmente la subvención, el pago se realizará antes de la fecha de la actividad puntual. En todo caso, esto no se puede asegurar al cien por cien y la persona solicitante deberá estar preparada para hacer frente a los gastos previos.10. Justificación de la subvenciónLas subvenciones concedidas deberán justificarse en el plazo de 60 días desde la finalización del ejercicio o la actividad. Si la subvención se ha concedido con posterioridad al ejercicio, el plazo de 60 días comenzará a funcionar desde la concesión de la subvención.11. NormativaPara todo aquello no establecido en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en: la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre); el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio); las Bases Generales del Ayuntamiento de Azkoitia (BOG, nº 54 de 20 de marzo de 2023) y Bases Especificas (BOG, nº 76 de 27 de abril de 2026).12. Recursos Contra la presente convocatoria cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y Recurso de Reposición contra la resolución de esta convocatoria en el plazo de un mes.El plazo comenzará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria para la concesión de subvenciones a grupos, asociaciones y agentes culturales de Azkoitia sin ánimo de lucro o a actividades culturales y/o de ocio puntuales que se desarrollen en Azkoitia o que estén dirigidas a la población azkoitiarra.Publicado 14/05/2026Bases específicas para la concesión de subvenciones a asociaciones y agentes culturales para llevar a cabo proyectos y actividades puntuales en el municipio de AzkoitiaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.