PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/04/2026
Publicación en diario oficial
13/05/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación de extracto de convocatoria en el BOR
Texto oficial de cierre: Un mes desde la publicación de extracto de convocatoria en el BOR
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Objeto. Aprobación para el año 2026 de la convocatoria para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Segundo. Bases reguladoras. Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y modificada por la Orden SPS/9/2026, de 19 de marzo. Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre. Tercero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de esta línea de subvenciones los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que cuenten con agrupación municipal de voluntarios de Protección Civil, de conformidad con el artículo 2 de la Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que remitan en plazo la necesaria solicitud de subvención, y demás documentación necesaria, y que justifiquen oportunamente la subvención que se haya concedido. Cuarto. Cuantía. La financiación de estas ayudas contará con un presupuesto total máximo de 33.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2026/06.02.01.1311.461.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026, aprobados mediante Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026. Los gastos de las actividades subvencionadas que reúnan los requisitos exigidos contarán con un importe máximo por subvención concedida de 5.000 euros por solicitud. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo para la presentación de solicitudes será de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto. Otros datos de interés. a. Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726. b. Solicitudes. Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726 mediante la cumplimentación del anexo I puesto a disposición en la misma dirección. c. Los anexos de esta convocatoria se puede descargar en la siguiente dirección:https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25726 d. Procedimiento de concesión. Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden SPS/51/2025, de 2 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil en el ámbito de protección civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La publicación de este extracto tiene por objeto hacer efectiva la convocatoria para la concesión de las subvenciones, en los términos de la Resolución extractada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.