Plazo no verificadoBDNS 902900
SDA 2026 Convocatòria de subvencions per accions de suport al dret alimentació per a l`any 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · SALUT PÚBLICA DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (DIPSALUT)
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:06 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Finalidad
Sanidad
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 27/04/2026
- Fin de solicitudes
- 01/06/2026
- Registro en BDNS
- 30/04/2026
- Publicación en diario oficial
- 06/05/2026
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Extracto publicado
Extracto del decreto de 29 de abril de 2026, de la Presidencia del Organismo Autónomo de Salud Pública de la Diputació de Girona, en adelante Dipsalut, por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para acciones de apoyo al derecho a la alimentación para el año 2026BDNS (Identif.):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):Primero. BeneficiariosPodrán concurrir a la convocatoria de las subvenciones las organizaciones no lucrativas (ONL) que formen parte de la Mesa de Alimentos de la demarcación de Girona.Será necesario que el beneficiario haya realizado o tenga previsto realizar en la demarcación de Girona acciones relacionadas con el objeto de la convocatoria y que las personas destinatarias finales de la subvención residan en la demarcación de Girona. Por cada beneficiario se podrá conceder hasta una subvención, que podrá incorporar: - La adquisición de alimentos y productos básicos. - Ayudas económicas, que consistirán en cheques, vales o tarjetas monedero, para cubrir la asistencia material básica a familias y personas que se encuentran en situación de privación material severa. Estas ayudas económicas no hará falta que se vinculen a un establecimiento en concreto, siempre que la entidad pueda garantizar y acreditar con posterioridad que solo servirán para la adquisición de productos para cubrir la asistencia material básica de personas en situación de privación material severa. Segundo. ObjetoLa finalidad es regular las subvenciones que tienen por objeto la provisión y distribución de alimentos y de productos de asistencia material básica a las personas y unidades familiares y de convivencia en situación de pobreza y/o vulnerabilidad social, especialmente a las que están en situación de privación material severa. Se subvencionarán acciones de apoyo al derecho a la alimentación que lleven a cabo entidades coordinadas con las áreas básicas de servicios sociales, a través de proyectos que efectúan: ? Gastos de compra de alimentos y productos de higiene básicos (pañales, material de higiene femenina, productos de limpieza de la casa y de higiene personal (champú, jabón, cepillo y pasta de dientes), así como tarjetas monedero, cheques o vales destinados únicamente a la compra de alimentos o productos básicos. ? Gastos de personal de los centros de distribución de alimentos o de almacenes que distribuyen alimentos. Las personas destinatarias finales de alimentos o productos básicos tendrán que ser derivadas por las áreas básicas de servicios sociales de la demarcación de Girona. Cada beneficiario podrá presentar una solicitud. El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrencia competitiva.El periodo subvencionable es del día 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.Tercero. Bases reguladorasPublicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona, número 71, de 15 de abril de 2026Cuarto. CuantíaEl importe total máximo destinado a esta convocatoria es de trescientos mil euros (300.000,00 €).Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes del primer procedimiento empezará el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y finalizará el día 1 de junio de 2026.Sexto. Otros datosLas solicitudes deberán presentarse en el plazo establecido en la convocatoria, y estar firmadas por el representante legal del ente beneficiario.Las solicitudes deberán realizarse por medio del formulario normalizado disponible en la Sede electrónica de Dipsalut (www.dipsalut.cat), adjuntando la documentación que acredite el presupuesto y una memoria en la que se describa la actividad, y deberán formalizarse, necesariamente, mediante registro electrónico. Con la presentación de la solicitud, la persona interesada autoriza a Dipsalut a efectuar las consultas necesarias a efectos de comprobar que el beneficiario está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Si el solicitante deniega expresamente dicha autorización, deberá presentar los certificados de acreditación de las administraciones correspondientes junto con la solicitud. El formulario de solicitud contiene un conjunto de preguntas básicas sobre el proyecto que habrá que responder. Además, se podrá añadir información adicional sobre el proyecto adjuntando un archivo en formato PDF al final de la solicitud. No se aceptarán contenedores de archivos o ficheros, ya sean en formato PDF (PDF con adjuntos) o bien en formatos de compresión de tipo Zip o RAR. La declaración responsable conforme los estatutos se presentaron a Dipsalut en el ejercicio 2011 o en ejercicios posteriores y no han sido modificados; o bien que los estatutos de la entidad no han sido entregados a Dipsalut o han sufrido modificaciones. En estos dos últimos casos, deberá acreditarse con la aportación de los estatutos vigentes, mediante una copia compulsada o los originales. Séptimo. Plazo de justificaciónEl plazo para justificar los gastos objeto de las ayudas económicas de esta convocatoria finaliza el día 15 de octubre de 2026.Maria Puig i FerrerPresidenta, p.d.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 30/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 30/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del decreto de 29 de abril de 2026, de la Presidencia del Organismo Autónomo de Salud Pública de la Diputació de Girona, en adelante Dipsalut, por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para acciones de apoyo al derecho a la alimentación para el año 2026Publicado 06/05/2026Bases específiques reguladores de subvencions per a accions de suport al dret a l¿alimentacióInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.