PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
12/05/2026
Fin de solicitudes
08/06/2026
Registro en BDNS
04/05/2026
Publicación en diario oficial
11/05/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente a la publicación en BOJA
Texto oficial de cierre: A los 20 días hábiles de la publicación en BOJA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif.): Línea COAN: XXXXX; Línea FEDCO: XXXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente BOJA (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/).Primero. Se convocan para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los miembros de la red de comunidades andaluzas en el exterior, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican:POSICIÓN PRESUPUESTARIADENOMINACIÓNIMPORTE160010000-G/82A/487.01/A familias e instituciones sin fines de lucro. Promoción.1.500.000,00 euros, distribuidos de la siguiente manera:- Línea COAN: -- 1.220.000,00 euros.- Línea FEDCO: -- 280.000,00 euros.Segundo. Beneficiarios.Asociaciones, coordinadoras y federaciones de comunidades andaluzas en el exterior, reconocidas por la Junta de Andalucía e inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas (ROCA).Tercero. Objeto.Subvencionar las actividades culturales a realizar por las Comunidades Andaluzas en el Exterior que tengan incidencia en el refuerzo de la identidad andaluza y de la imagen de Andalucía en el exterior; actividades de orientación a las personas andaluzas en relación con la realidad del país al que han emigrado para ayudarlas a una mejor integración en el mismo; así como los gastos de mantenimiento de las sedes sociales de las mismas.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de abril de 2024 (B.O.J.A. Número 88, de 8 de mayo de 2024), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.Quinto. Cuantía.La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van dirigidas las ayudas. La cuantía máxima subvencionada será de 1.500.000,00 euros, ampliable en los términos establecidos en la Orden de Convocatoria.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en la Orden de Convocatoria, y se presentarán a través de las siguientes direcciones electrónicas (apdo. "acceso a la fase – inicio"):LÍNEA COAN: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25497.htmlLÍNEA FEDCO: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25500.htmlSéptimo. Plazo resolución.El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, según lo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras.EL CONSEJERO DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR