Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 04/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/05/2026
Texto oficial de apertura: 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BORM
Texto oficial de cierre: 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BORM
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Extracto publicado
Primero. Objeto, condiciones y finalidad.1. El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a conceder por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), dirigidas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de modelos de cuidados de larga duración y apoyo a la vida independiente, dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave.2. La finalidad de las subvenciones que se convocan es la financiación total o parcial de programas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de modelos de cuidados de larga duración y apoyo a la vida independiente, dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave.3. Serán financiables los programas que se puedan encuadrar en las siguientes líneas de actuación:Línea 1: Programas de atención integral dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave, para el desarrollo de modelos de recuperación y fomento de la autonomía y la vida independiente.En esta línea serán financiables programas dirigidos a cubrir las necesidades básicas de la persona (comida, aseo, vestido, vivienda…), así como las intervenciones terapéuticas que la persona precise para su desarrollo personal e inserción en la comunidad, en diferentes tipologías de viviendas con apoyos, de 3, 4, 5 y 6 plazas.Línea 2: Programas de apoyo a la vida independiente dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave que tengan mayor grado de autonomía, para posibilitar el desarrollo de su proyecto de vida.En esta línea serán financiables aquellos programas dirigidos a cubrir las necesidades de personas que precisan apoyos de menor intensidad para acceder a la vida independiente, incluyendo tanto apoyos profesionales (apoyo en la búsqueda de vivienda y en la contratación del alquiler, en la gestión económica vinculada a los objetivos de su proyecto de vida, etc.) como apoyo económico para afrontar gastos imprescindibles para vivir de modo independiente (pago del alquiler, suministros etc. y otros gastos destinados a la cobertura de necesidades básicas).Segundo. Régimen jurídico de la convocatoria.Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se regirán por lo establecido en la misma y en la Orden de 20 de mayo de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de modelos de atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, en cumplimiento del objetivo específico k del programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), que regula el régimen jurídico de las subvenciones cofinanciadas con cargo a los Fondos Europeos, así como por los Reglamentos Europeos de Fondos estructurales de aplicación del periodo 2021-2027.Tercero. Imputación y límites presupuestarios.1. El importe total máximo de las subvenciones será de 5.256.000,00€ (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS) distribuidos entre las entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro, así como entre las dos líneas de actuación subvencionables.2. Esta subvención se hará efectiva con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias 51.02.00.313F.481.05 (entidades sin ánimo de lucro) para la línea 1, proyecto de gasto 54041 y para la línea 2 proyecto de gasto 54042; y 51.02.00.313F.461.05 (entidades locales) para la línea 1, proyecto de gasto 54039 y para la línea 2 proyecto de gasto 54040, recogidos en la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025, prorrogados para 2026, cofinanciados en un 40% por fondos propios afectados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 60% por el Fondo Social Europeo + a través del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, Prioridad de inversión 2. Inclusión social y lucha contra la pobreza, Objetivo Específico k. “Mejorar la igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y asequibles, incluidos los servicios que promueven el acceso a la vivienda y a una atención centrada en las personas, incluida la asistencia sanitaria; modernizar los sistemas de protección social, también fomentando el acceso a la protección social, con especial atención a los menores y los grupos desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria y de los servicios de cuidados de larga duración”. Cuarto. Entidades beneficiarias y requisitos.1. Podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, que tengan su domicilio social, o bien una delegación permanente en la Región de Murcia, y desarrollen programas y/o proyectos de atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia.2. Las entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de Bases Reguladoras de estas subvenciones.3. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria.Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.1. La forma de presentación de la solicitud se atendrá a lo recogido en el artículo 5 de la Orden de bases que regula esta convocatoria.2. La solicitud será presentada por parte de la persona representante de la entidad, a través del certificado de representante de persona jurídica y se realizará, preferentemente, en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del formulario de solicitud electrónico habilitado para esta convocatoria, accediendo a la Guía de Procedimientos y Servicios con el código 4464-Subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de nuevos modelos de atención a personas con trastorno mental grave, cofinanciadas por el FSE+.3. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).