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Plazo no verificadoBDNS 903181

SUBV. EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA COFINANCIADAS POR EL FSE+ DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE NUEVOS MODELOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE PRG. FSE + R. MURCIA 2021-2027

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (I.M.A.S.)

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
04/05/2026
Publicación en diario oficial
07/05/2026

Texto oficial de apertura: 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BORM

Texto oficial de cierre: 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BORM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Objeto, condiciones y finalidad.1. El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a conceder por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), dirigidas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de modelos de cuidados de larga duración y apoyo a la vida independiente, dirigidos a personas con discapacidad y  trastorno mental grave.2. La finalidad de las subvenciones que se convocan es la financiación total o parcial de programas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de modelos de cuidados de larga duración y apoyo a la vida independiente, dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave.3. Serán financiables los programas que se puedan encuadrar en las siguientes líneas de actuación:Línea 1: Programas de atención integral dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave, para el desarrollo de modelos de recuperación y fomento de la autonomía y la vida independiente.En esta línea serán financiables programas dirigidos a cubrir las necesidades básicas de la persona (comida, aseo, vestido, vivienda…), así como las intervenciones terapéuticas que la persona precise para su desarrollo personal e inserción en la comunidad, en diferentes tipologías de viviendas con apoyos, de 3, 4, 5 y 6 plazas.Línea 2: Programas de apoyo a la vida independiente dirigidos a personas con discapacidad y trastorno mental grave que tengan mayor grado de autonomía, para posibilitar el desarrollo de su proyecto de vida.En esta línea serán financiables aquellos programas dirigidos a cubrir las necesidades de personas que precisan apoyos de menor intensidad para acceder a la vida independiente, incluyendo tanto apoyos profesionales (apoyo en la búsqueda de vivienda y en la contratación del alquiler, en la gestión económica vinculada a los objetivos de su proyecto de vida, etc.) como apoyo económico  para afrontar gastos imprescindibles para vivir de modo independiente (pago del alquiler, suministros etc. y otros gastos destinados a la cobertura de necesidades básicas).Segundo. Régimen jurídico de la convocatoria.Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se regirán por lo establecido en la misma y en la Orden de 20 de mayo de 2025 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de modelos de atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, en cumplimiento del objetivo específico k del programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), que regula el régimen jurídico de las subvenciones cofinanciadas con cargo a los Fondos Europeos, así como por los Reglamentos Europeos de Fondos estructurales de aplicación del periodo 2021-2027.Tercero. Imputación y límites presupuestarios.1. El importe total máximo de las subvenciones será de 5.256.000,00€ (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS) distribuidos entre las entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro, así como entre las dos líneas de actuación subvencionables.2. Esta subvención se hará efectiva con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias 51.02.00.313F.481.05 (entidades sin ánimo de lucro) para la línea 1, proyecto de gasto 54041 y para la línea 2 proyecto de gasto 54042; y 51.02.00.313F.461.05 (entidades locales) para la línea 1, proyecto de gasto 54039 y para la línea 2 proyecto de gasto 54040, recogidos en la Ley 3/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025, prorrogados para 2026,  cofinanciados en un 40% por fondos propios afectados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y un 60% por el Fondo Social Europeo + a través del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, Prioridad de inversión 2. Inclusión social y lucha contra la pobreza, Objetivo Específico k. “Mejorar la igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y asequibles, incluidos los servicios que promueven el acceso a la vivienda y a una atención centrada en las personas, incluida la asistencia sanitaria; modernizar los sistemas de protección social, también fomentando el acceso a la protección social, con especial atención a los menores y los grupos desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria y de los servicios de cuidados de larga duración”. Cuarto. Entidades beneficiarias y requisitos.1. Podrán ser beneficiarias de esta subvención las entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, que tengan su domicilio social, o bien una delegación permanente en la Región de Murcia, y desarrollen programas y/o proyectos de atención a personas con discapacidad y trastorno mental grave, dentro del ámbito territorial de la Región de Murcia.2. Las entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de Bases Reguladoras de estas subvenciones.3. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria.Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.1. La forma de presentación de la solicitud se atendrá a lo recogido en el artículo 5 de la Orden de bases que regula esta convocatoria.2. La solicitud será presentada por parte de la persona representante de la entidad, a través del certificado de representante de persona jurídica y se realizará, preferentemente, en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del formulario de solicitud electrónico habilitado para esta convocatoria, accediendo a la Guía de Procedimientos y Servicios con el código 4464-Subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de nuevos modelos de atención a personas con trastorno mental grave, cofinanciadas por el FSE+.3. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 04/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva cofinanciadas por el FSE Plus dirigidas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de nuevos modelos de atención a personas con trastorno mental grave en cumplimiento del objetivo específico k del programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027Publicado 07/05/2026Orden 20/05/2025 Consej. Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las BBRR de las subv. a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de nuevos modelos de atención a personas con TMG Prg. FSE+ R. MURCIA 2021-2027