¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES418 - Valladolid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 30/04/2026
- Fin de solicitudes
- 05/06/2026
- Registro en BDNS
- 04/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/05/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, a excepción de Valladolid capital, que sean titulares de inmuebles donde se ubiquen Colegios de Educación Infantil y Primaria.Segundo. Objeto.Obras de reparación, conservación y mejora de Colegios de Educación Infantil y Primaria del medio rural que se hallen ubicados en la provincia.Tercero. Bases reguladoras.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, y por el resto de legislación que resulte aplicable.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valladolid, aprobada por Acuerdo de Pleno de fecha 24 de febrero de 2006, y publicada en el BOP nº 54, de fecha 6 de marzo de 2006 y está enmarcada dentro del Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Valladolid, año 2026, que se incluye como anexo al presupuesto general (D.A. Primera BEP 2023) aprobado por el Pleno inicialmente en la sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2025 y elevado a definitivo BOP nº 2025/248 de 30/12/2025 y cuyo objeto es financiar obras de reparación, conservación y mejora de Colegios de Educación Infantil y Primaria del medio rural que se hallen ubicados en la provincia. Cuarto. Cuantía.El presupuesto estimado de la convocatoria es de 400.000,00 euros, 200.000,00 euros de la Diputación con cargo a la anualidad 2026 y 200.000,00 euros de la Junta de Castilla y León con cargo a la anualidad 2027.La cuantía de cada subvención no podrá superar el 80% de la inversión incluida en el Plan.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de las solicitudes y documentación complementaria se iniciará a las 00.00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y finalizará a las 14.00 horas del día 5 de junio de 2026Sexto. Otros datos de interés.- Solicitudes: De conformidad con lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades que deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo oficial de ?Solicitud de subvención para obras de reparación, conservación y mejora de Colegios, ejercicio 2026?, que estará disponible en la Sede electrónica de la misma https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tramites-disponibles/02S209/ de acuerdo con las instrucciones que se indican en el Anexo 1.- Documentación: Las solicitudes deberán acompañarse de:? Certificado del órgano competente del Ayuntamiento o de la Entidad Local Menor por el que se acuerda solicitar la ayuda económica, su cuantía y la existencia de consignación presupuestaria para los fines que se persiguen o compromiso de consignación, teniendo en cuenta que las Entidades Locales deberán aportar como mínimo el 20 % del importe incluido en Plan.? Documento Técnico redactado por profesional competente (Arquitecto Superior o Arquitecto Técnico) o presupuesto, en el que se describan las obras a ejecutar, desglosadas por unidades de obra y precios unitarios.? Documentación fotográfica que refleje la situación actual de la zona donde se va a realizar la inversión.? Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias ni prohibiciones que impiden ser beneficiario de la subvención a las inversiones locales, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de ayudas recibidas o solicitadas para la misma finalidad (Anexo 3).- Criterios de valoración:La Comisión de Seguimiento establecerá los criterios objetivos que se han de tener en cuenta para la selección de las obras a ejecutar, conforme a lo establecido en el art. 17.3 de la Ley General de Subvenciones, sin que en ningún caso el importe total de las ayudas pueda ser superior a los límites señalados en la Base Cuarta, ni exceder de la disponibilidad presupuestaria existente.Serán criterios prioritarios los que afecten a obras estructurales, obras que respondan a necesidades de escolarización, de seguridad y confortabilidad, obras de eliminación de barreras arquitectónicas y equipamientos urgentes: aseos, carpinterías, calefacciones.