Plazo no verificadoBDNS 903226
CONVOCATORIA DE AYUDAS A ASTURIANOS Y ASTURIANAS Y DESCENDIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR. AÑO 2026
AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 13/05/2026
- Fin de solicitudes
- 23/06/2026
- Registro en BDNS
- 04/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 12/05/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.-Personas beneficiarias.Personas emigrantes asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, residentes en América Latina: América Central, América del Sur, México y Antillas Mayores, que se encuentren en situaciones de necesidad por carecer de rentas o ingresos necesarios para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia de acuerdo a la realidad socioeconómica de su país de residencia.Se considerará que la persona carece de rentas o ingresos necesarios cuando los ingresos per cápita de la unidad familiar no superen en 4 veces la base de cálculo en 2026 establecida por el Gobierno de España para el cómputo de rentas de cara a la concesión de prestaciones por razón de necesidad a favor de los españoles y españolas residentes en el exterior en el año 2026 de conformidad con el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.Segundo.-Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas individuales, de carácter asistencial y social, para asturianos y asturianas y sus descendientes hasta el primer grado de consanguinidad, que residan en América Latina con la finalidad de contribuir a atender sus necesidades básicas de subsistencia.Las actuaciones subvencionables por la presente convocatoria son las siguientes:- Línea 1: Ayudas individuales para personas de 65 años o más.- Línea 2: Ayudas individuales para personas de 18 a 64 años que sean ví ctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral.Tercero.-Bases reguladoras.Resolución de 19 de julio de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior (BOPA número 155, de 12 de agosto de 2019).Cuarto.-Cuantía.La convocatoria prevé un crédito total de 500.000 euros con la siguiente distribución máxima por países:PAÍS,,IMPORTE (en euros)Argentina,,159.470,09Venezuela,,97.684,40Chile ,,15.847,72Uruguay,,15.872,01Brasil,,6.401,12Cuba,, 174.184México,,28.401,12Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana,,2.139 ,54TOTAL,,500.000Atendiendo al rendimiento que la ayuda supone en cada uno de los países, la cuantía máxima de cada ayuda por persona beneficiaria será la siguiente:PAÍS,,CUANTÍA MÁXIMA(en euros)Argentina,,2.000Venezuela,,2.000Chile ,,2.000Uruguay,,2.000Brasil,,2.000Cuba,,600México,,2.000Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Bolivia, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y República Dominicana,,2.000Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto.-Otros datos de interés.En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://miprincipado.asturias.es/ está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0103T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de la solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación señalada en la resolución de convocatoria.
Bases y documentación
SOLICITUDPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 2 de mayo de 2026, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2026Publicado 12/05/2026Resolución de 19 de julio de 2019, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exteriorInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.