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Plazo no verificadoBDNS 903447

Acuerdo de Junta de Gobierno de 29 de abril de 2026, punto 4.4.1., de aprobación de la Convocatoria de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social para la ejecución de proyectos de atención a la ciudadanía, ejercicio 2026.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES617 - Málaga

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
19/05/2026
Fin de solicitudes
02/06/2026
Registro en BDNS
05/05/2026
Publicación en diario oficial
18/05/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria en el BOPMA

Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOPMA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Finalidad.1. La convocatoria actual tiene por finalidad potenciar proyectos y/o actuaciones de acción social, que vayan destinados a mejorar la calidad de vida de la población en los municipios de menos de 20 000 habitantes en la provincia de Málaga, dirigidos a personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social, en relación con los proyectos y conceptos de gastos encuadrados dentro de las siguientes líneas objeto de subvención:a) Línea A.- Desarrollo de proyectos de intervención social vinculados con el programa social de la entidad.b) Línea B.- Inversión en materia obras, de equipamiento y vehículos para el cumplimiento de los fines sociales de la entidad.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 in fine de las correspondientes bases, se convocarán, en esta anualidad, para la Línea B, las  siguientes sublíneas:         -B2 Equipamiento.         -B3 Adquisición y/o adaptación de vehículos de transporte. 2. Cada entidad podrá presentar una única solicitud encuadrada en una única línea o sublínea de subvención y por un único proyecto.En el caso de agrupaciones sólo se podrán presentar por la línea A. Así mismo, queda excluida para las entidades que la componen, la posibilidad de participar en otro proyecto, ya sea en individualmente o en  agrupación. Segundo.- BeneficiariosEntidades del Tercer Sector de Acción Social sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro de asociaciones y/o fundaciones, cuyos fines sociales estén recogidos en sus estatutos y sean adecuados a la finalidad de la subvención, que cuenten con domicilio social, sede o delegación activa en la provincia de Málaga, desarrollen acciones para municipios de menos de 20 000 habitantes y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Convocatoria. Tercero.- Bases reguladoras.Anexo V.11 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, aprobadas por acuerdo de Pleno de 18 de junio de 2025, punto 9.5, y publicadas en el BOPMA número 132 de fecha de 11 de julio de 2025. Cuarto.- Financiación y cuantía de la subvención.1. La convocatoria se financia con cargo a los créditos presupuestarios que figuran en el presupuesto del año 2026 de la Diputación Provincial de Málaga, con un importe total de 746 600,00 € para proyectos de la Línea A, y de 250 000,00 € para inversiones de la Línea B.2. Las cuantías máximas a subvencionar, por solicitud, son las siguientes en función de la línea elegida:a) Línea A.- Desarrollo de proyectos de intervención social vinculados con el programa social de la entidad. 20 000,00 €b) Línea B.- Inversión en materia de obras, equipamiento y vehículos para el cumplimiento de los fines sociales de la entidad, en la sub línea:         - B2 Equipamiento. 18 000,00 €         - B3 Adquisición y/o adaptación de vehículos de transporte. 40 000,00 € Quinto.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), del presente extracto.2. La presentación de solicitudes, junto a la documentación prevista en el artículo 6 de la convocatoria, se realizará a través del trámite específico habilitado al efecto en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga titulado Solicitud de subvención Tercer Sector 2026, Línea A o Línea B, según corresponda, con dirección:Línea A: https://sede.malaga.es/ied-tercer-sector2026lineaa/Línea B: https://sede.malaga.es/ied-tercer-sector2026lineab/De conformidad con el artículo 10 de las bases reguladoras, no se tendrán por presentadas las solicitudes que no hagan uso de dicho trámite específico.3. Los anexos que, en su caso, deben acompañar al formulario de solicitud, son de uso obligatorio para las entidades solicitantes, en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dichos anexos estarán disponibles en formato editable en la página web https://www.malaga.es/delegacioncooperacion/2036/com1_md2_cd-62844/subvenciones-a-entidades-del-tercer-sector-de-accion-social-2026?com1_bs=2026&com1_fc=0 Sexto.- Otros datos.1. El plazo máximo de ejecución será de doce (12) meses, computados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la Resolución definitiva de concesión en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Málaga (http://sede.malaga.es) , de conformidad con el artículo 14 de las Bases Reguladoras.2. La entidad beneficiaria deberá presentar la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas, la realización de la actividad y la consecución de los objetivos y finalidad que determinaron la concesión de la subvención, en el plazo de tres meses siguientes a la finalización del plazo máximo de ejecución de 12 meses antes citado, sin perjuicio de que los interesados presenten la documentación justificativa con anterioridad en caso de haber finalizado la actuación (art. 15 Bases Reguladoras). 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de aprobación de la “Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades del Tercer Sector de Acción Social para la ejecución de proyectos de atención a la ciudadanía en la provincia de Málaga, ejercicio 2026”, aprobada por Junta de Gobierno de 29 de abril de 2026, al punto núm. 4.4.1. de su Orden del DíaPublicado 18/05/2026Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades del tercer sector de acción social para la ejecución de proyectos de atención a la ciudadanía en la provincia de Málaga. Anexo V.11