Resolucion de 6 de mayo de 2026, por la que se convocan subvenciones a los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias para designar procurador/a que represente de forma gratuita a víctimas de vi
AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Justicia
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
15/05/2026
Fin de solicitudes
30/06/2026
Registro en BDNS
06/05/2026
Publicación en diario oficial
14/05/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA presente
Texto oficial de cierre: 30 de junio de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2026, las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias a adoptar para la designación de procurador o procuradora que represente de forma gratuita a las víctimas de violencia de género en las fases del proceso penal en que su intervención no sea preceptiva.PROPONEPrimero. Convocatoria.Se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias a adoptar para la designación de procurador o procuradora que represente de forma gratuita a las víctimas de violencia de género en las fases del proceso penal en que su intervención no sea preceptiva.La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 26 de julio de 2024 (BOJA número 150, de 02 de agosto de 2024).Segundo. Entidades beneficiarias.Los colegios profesionales de procuradores de los Tribunales de Andalucía.Tercero. Cuantía.Ejercicio 2026: 255.000,00 euros.DenominaciónAnualidadPartida PresupuestariaImporte (euros)A los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía para la financiación de las medidas necesarias a adoptar para la designación de procurador o procuradora que represente de forma gratuita a las víctimas de violencia de género en las fases del proceso penal en que su intervención no sea preceptiva.20262200180000G/14B/48303/00 S0689255.000,00Las subvenciones se financiarán con cargo a la partida anterior, con un importe máximo de 255.000 euros.En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.Cuarto. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.1. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán de forma electrónica en el Registro Electrónico Único de la Administración Junta de Andalucía, estando disponibles en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, a la que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25623.Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponible como Anexo II, el formulario de trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y de su extracto y concluirá el 30 de junio de 2026.3. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una resolución en la que conste dicha circunstancia, finalizando el plazo de presentación de solicitudes con la publicación de la referida resolución.4. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Quinto. Plazo máximo para resolver y notificar.1. De conformidad con lo previsto en el apartado 15 del Cuadro Resumen de la Orden de 26 de julio de 2024, la resolución de concesión deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en la que haya tenido entrada la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.2. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.Sexto. Plazo de ejecución.1. El plazo dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables será, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.Séptimo. Otros.Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en las bases reguladoras, aprobadas mediante Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejería Justicia, Administración Local y Función Pública.