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Plazo no verificadoBDNS 903944

Subvenciones 2026 a empresas para la Transformación Digital (Digitalización del sector servicios) en la CA de Extremadura, s/ Resolución de 17 de Abril de 2026

AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE DIGITALIZACIÓN REGIONAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:10 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
06/05/2026
Publicación en diario oficial
13/05/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en el DOE de la convocatoria

Texto oficial de cierre: Tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en DOE

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Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de DatosNacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.es) y en el DiarioOficial de Extremadura.Primero. Objeto.La presente resolución tiene por objeto aprobar la segunda convocatoriade las ayudas para el impulso de la digitalización de las pymes mediantela implantación de servicios TIC en la Comunidad Autónoma deExtremadura, siendo el principal objetivo de estas ayudas mejorar laproductividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos ynuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos.1. Tendrán la condición de entidad beneficiaria conforme a lo recogidoen la presente convocatoria, las pymes con centro productivo en laComunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea suforma jurídica, incluidos autónomos, y que vayan a realizar la mejora dela productividad y competitividad de su centro productivo.De conformidad con la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión y elanexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 dejunio de 2014, se entenderá por PYME a aquellas empresas que ocupen amenos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no exceda de50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43millones de euros.2. También podrán acceder a la condición de persona beneficiaria lasagrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bieneso cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. Enestos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitudcomo en la resolución de concesión, los compromisos de ejecuciónasumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe desubvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente laconsideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse unrepresentante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantespara cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a laagrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que hayatranscurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura.En particular se admitirá que puedan acceder a la condición debeneficiario las uniones temporales de empresarios (UTEs), debiendoestar constituidas como tal en el momento de presentación de lasolicitud, no pudiendo disolverse hasta que transcurra el plazo al quese extiendan las obligaciones derivadas de la subvención.Tercero. Bases reguladoras.Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Decreto 144/2024, de 19de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para laconcesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de lasPymes en la Comunidad Autónoma deExtremadura (DOE n.º 4, de 8 de enero de 2025).Cuarto. Financiación y cuantía.1. El importe de la convocatoria asciende a TRES MILLONES DE EUROS(3.000.000,00€), con cargo a la aplicación presupuestaria140070000G/332A/77000, código fondo FD211A1203, proyecto de gasto20240120, “DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR SERVICIOS”, con una cofinanciaciónde hasta el 85%, con cargo al “Programa Extremadura FEDER 2021-2027”,Objetivo Político OP1 “Una Europa más competitiva e inteligente,promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y unaconectividad regional a las tecnologías de la información y de lascomunicaciones” Prioridad P1A: “Transición digital e inteligente”,Objetivo Específico: RSO1.2: “Aprovechar las ventajas que ofrece ladigitalización a los ciudadanos, las empresas, las organizaciones deinvestigación y las administraciones públicas”.Dicho crédito será aplicado conforme a la siguiente distribucióntemporal y económica:Anualidad 2026 ....................1.500.000 euros.Anualidad 2027 ....................1.500.000 euros.Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses, a contardesde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto consu extracto, en el Diario Oficial de Extremadura,(http://doe.juntaex.es/) de conformidad con lo previsto en el artículo16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura.2. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del puntode acceso general electrónico www.juntaex.es dentro de la fichacorrespondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/0706324 desde dondese habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar lasolicitud.Sexto. Otros datos.El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concesióndirecta mediante convocatoria abierta.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 06/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2026 DE LA SECRETARIA GENERAL POR LA QUE SE APRUEBA LA SEGUNDA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2026 DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A IMPULSAR LA DIGITALIZACIÓN DE LAS PYMES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURAPublicado 13/05/2026Decreto 144/2024, de 19 de noviembre, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la CA Extremadura y se aprueba la primera convocatoria