CerradaBDNS 904133
Convocatòria i subvencions residències gent gran 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:15 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 15/05/2026
- Fin de solicitudes
- 30/06/2026
- Registro en BDNS
- 07/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 11/05/2026
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Extracto publicado
Convocatoria de subvenciones de la Diputació de Girona para inversiones municipales en residencias de personas mayores, año 20261. Objeto y finalidadSubvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para entidades municipales titulares de servicios públicos de residencia asistida y entidades que formen parte del sector público institucional municipal del ámbito territorial de la Diputació de Girona, para la financiación de gastos en inversiones en bienes, servicios y/o instalaciones en residencias de asistencia para personas mayores, siempre que el edificio donde se aloja el servicio sea de propiedad pública o de entidades del referido sector público institucional municipal.Al tratarse de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el punto 10 de las bases reguladoras, no se determinan criterios de valoración.2. Dotación económica y determinación de la aplicación presupuestariaEl importe total destinado a la convocatoria es de 850.000,00 de euros. Las aplicaciones presupuestarias a las que se carga el crédito presupuestario, los importes y las anualidades son los que se detallan a continuación.Año Aplicación presupuestaria Descripción Importe2026 210.23101.7620500 CC - Ayudas a ayuntamientos inversión en residencias geriátricas 500.000,00 €2026 210.23101.7629000 CC - Ayudas a sociedades mercantiles inversión en residencias geriátricas 0 €2026 210.23101.7676000 CC - Ayudas a consorcios inversión en residencias geriátricas 0 €2026 210.23101.7810000 CC - Ayudas a instituciones sin ánimo de lucro inversión en residencias geriátricas 0 €2027 210.23101.7620500 Ayudas a ayuntamientos inversión en residencias geriátricas 350.000,00 €2027 210.23101.7629000 CC - Ayudas a sociedades mercantiles inversión en residencias geriátricas 0 €2027 210.23101.7676000 CC - Ayudas a consorcios inversión en residencias geriátricas 0 €2027 210.23101.7810000 CC - Ayudas a instituciones sin ánimo de lucro inversión en residencias geriátricas 0 € Total 850.000,00 €La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y podrán redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones.Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cuantía adicional de como máximo 130.000,00 euros, derivada de transferencias de crédito o de modificaciones presupuestarias. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito, previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria.3. Plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes de subvención se podrán presentar del 15 de mayo al 30 de junio de 2026, a través de la plataforma de tramitación de subvenciones disponible en el Portal de subvenciones de la Diputació de Girona (https://seu.ddgi.cat/subvencions), en la que podrán encontrarse los documentos y la solicitud específica de esta línea de subvenciones.La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación anexa y en el formato que se especifica: a) Un proyecto técnico o memoria valorada, debidamente firmados por técnicos competentes (en formato PDF y con un tamaño máximo de 10 MB).b) El certificado de titularidad del inmueble (en formato PDF y con un tamaño máximo de 6 MB).No se aceptarán contenedores de archivos o ficheros, ya sean en formato PDF con adjuntos o bien en formatos de compresión de tipo Zip o RAR. Cada solicitante podrá presentar una única solicitud por convocatoria. En caso de presentar más de una solicitud, se tendrá en cuenta la última presentada dentro de plazo, y se considerará que la entidad desiste de las anteriores. 4. Importe de las subvencionesEl importe de la subvención concedida no podrá ser superior a 65.000,00 euros. Las subvenciones no excederán de los siguientes porcentajes, calculados sobre el presupuesto de los gastos subvencionables:Tramo Población Porcentaje 1 Hasta 500 habitantes 100 %2 De 501 a 2.000 habitantes 95 %3 De 2.001 a 5.000 habitantes 80 %4 De 5.001 a 10.000 habitantes 75 %5 De 10.001 a 20.000 habitantes 70 %6 Más de 20.000 habitantes 50 %En caso de que las subvenciones a otorgar superen el importe del crédito asignado en la convocatoria, la subvención a otorgar a cada beneficiario se multiplicará por el porcentaje resultante de dividir el importe del crédito asignado en la convocatoria por el importe total de las subvenciones a otorgar.5. Ámbito temporal de las acciones subvencionablesSe subvencionarán actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027. Este plazo de justificación se podrá ampliar, de oficio o previa solicitud del beneficiario, mediante resolución del presidente de la Diputació, hasta un máximo de un mes. 6. Plazo para justificar las subvencionesEl plazo para justificar las actuaciones subvencionadas será de un mes desde la finalización del período de ejecución. No se concederán ampliaciones del plazo de justificación. 7. Plazo de resolución y notificación El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de subvenciones es de seis meses a contar desde la finalización del período de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya adoptado la resolución, los solicitantes deberán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. La resolución se notificará de forma individualizada a todos los beneficiarios, tal como se prevé en el artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y también a los peticionarios cuya solicitud se haya desestimado, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de adopción del acuerdo.8. Régimen de recursosLa resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante la sección contencioso-administrativa de los tribunales de instancia de Girona en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a su notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputació de Girona en el plazo de un mes a contar del día siguiente a su notificación. 9. PublicidadEsta convocatoria se publicará en el tablón electrónico de la Diputació de Girona y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 b de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, su extracto se publicará en el BOPG.La convocatoria queda condicionada al hecho de que no se presenten alegaciones contra las bases específicas cuya estimación deba comportar un cambio en sus determinaciones.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones de la Diputació de Girona para inversiones municipales en residencias de personas mayores, año 2026Publicado 11/05/2026Bases subvencions en inversions residències gent granInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.