PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
21/05/2026
Fin de solicitudes
10/06/2026
Registro en BDNS
08/05/2026
Publicación en diario oficial
20/05/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en el BOCM
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto en el BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios/as de las ayudas los menores nacidos entre 2011 y 2020 (de 6 a 15 años) de Ciempozuelos que, en algún momento del periodo comprendido entre enero a junio de 2026, hayan realizado alguna actividad extraescolar en Ciempozuelos, incluido dentro del curso escolar 2025-2026.Segundo. ObjetoLa ayuda económica únicamente atenderá los gastos generados por la inscripción o matricula en actividades extraescolares en alguna de las empresas, centros educativos, actividades municipales, asociaciones o clubes deportivos que la desarrollen en el municipio de Ciempozuelos, dentro de la clasificación establecida en el anexo III de las bases de la convocatoria y con actividad legalizada en el municipio.Tercero. Bases ReguladorasLas normas que regulan la convocatoria son las Bases reguladoras de Ayudas a las familias para gastos por actividades extraescolares en Ciempozuelos para niños uy niñas de 6 a 15 años publicadas en la página web del Ayuntamiento de Ciempozuelos (www.ayto-ciempozuelos.org).Cuarto. Cuantía La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas reguladas en las presentes bases para el curso 2025-2026 asciende a la cantidad de 150.000 €, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias del programa 320.0, subconcepto 480.02 “Administración General de Educación. Ayudas Sociales.”La cuantía máxima que percibir por los beneficiarios definidos en el artículo 5 de las bases de la convocatoria es de 60€.Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas por el padre/madre o tutor/a legal y, acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo general de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles aporte los documentos preceptivos o subsane la falta, con el apercibimiento de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.