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+PROTECCIÓN 2026 AGRUPACIONES VOLUNTARIOS PROTECCIÓN CIVIL

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
14/05/2026
Fin de solicitudes
13/06/2026
Registro en BDNS
11/05/2026
Publicación en diario oficial
13/05/2026

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Extracto publicado

Mediante el acuerdo número 16.37622 de la Junta de Gobierno de la Diputación de Pontevedra, adoptado en la sesión ordinaria de 04 de septiembre de 2026, se aprobó la modificación de las bases reguladoras del programa de ayudas a agrupaciones de personal voluntario de protección civil de la provincia de Pontevedra para el año 2026, publicadas y disponibles en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Sede electrónica de la Diputación: https://sede.depo.gal. Primero. Modificación del importe y aplicación presupuestaria Se modifica la cantidad prevista para la financiación de este programa, que se incrementa a ciento veintisiete mil doscientos sesenta y siete euros con sesenta y dos céntimos (127.267,62 €), imputables a la aplicación presupuestaria 2026/942.1350.789.10, aportaciones para inversiones a agrupaciones de protección civil, del Presupuesto de la Diputación Provincial de Pontevedra para el año 2026, condicionado a la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito correspondiente.

Primero. Entidades beneficiarias Las agrupaciones de personal voluntario de protección civil legalmente constituidas, sin fines de lucro, con actividad en los ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes de la provincia de Pontevedra inscritas en el Registro de Agrupaciones de Personal Voluntario de Protección Civil de Galicia, cumpliendo los demás requisitos señalados en las Bases y en las que no concurra ninguna de las circunstancias o prohibiciones a las que hace referencia la legislación vigente en materia de subvenciones. Segundo. Objeto Serán subvencionables los gastos derivados de equipamientos con carácter de inversión necesarios para el funcionamiento de la agrupación que se adquieran entre el período comprendido desde que se publiquen estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) hasta que finalice el plazo de ejecución, que sean realizados por las entidades destinatarias de estas ayudas y que consistan en alguna de las actuaciones subvencionables relacionadas a continuación: Inversiones subvencionables Maquinaria (motosierras, desbrozadoras, compresores, generadores, hidrolimpiadoras, bombas de achique, sopladores, batefuegos…). Herramientas de rescate y salvamento (escaleras, linternas, navajas, martillos, mangueras para extinción de incendios, dron para búsqueda y vigilancia, palas, sierras…). Mobiliario para el local de la agrupación (mesas, sillas, bancos, estanterías, etc.) Equipos informáticos (ordenadores, tabletas, impresoras...). Equipos de comunicación y dispositivos móviles (móviles, radios, emisoras, walkie-talkies, megáfonos, dispositivos GPS, etc.). Material de seguridad vial inventariable (balizas, señales, conos de señalización...). Material sanitario inventariable (botiquín, camillas, desfibriladores…). Inversiones para adquirir equipos de protección individual (EPI), de conformidad con lo establecido en el Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización de los equipos de protección individual, siempre que tengan la consideración de inversiones, tales como: - Cascos o gorras, pasamontañas y protectores para la cabeza. - Orejeras (por ejemplo, orejeras acopladas al casco, con reducción activa de ruido y con entrada eléctrica de audio). - Gafas de montura universal, gafas de montura integral y pantallas faciales. - Equipos de protección respiratoria (filtrantes, aislantes, con suministro de aire, de buceo, dispositivos de autorrescate...). - Unidades o equipos de flotación individual (EFI), chalecos salvavidas. - Dispositivos anticaídas retráctiles, arneses anticaídas y de asiento, cinturones de sujeción y retención y equipos de amarre de sujeción, absorbedores de energía, arneses de salvamento... - Trajes de protección total del cuerpo. Se excluyen expresamente los gastos referidos a vestuario, material textil y los EPI con un valor unitario inferior a cuarenta euros (40 €). Dicho material debe cumplir con la normativa técnica específica, ser homologable y estar debidamente certificado. Tercero. Bases reguladoras El procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones que se otorguen en el marco de este plan se regirá por lo dispuesto en las Bases reguladoras del Programa de ayudas a las agrupaciones de personal voluntario de protección civil de la provincia de Pontevedra para el año 2026 y será de aplicación supletoria lo contemplado en la LGS. Cuarto. Cuantía y aplicación presupuestaria La cuantía de esta convocatoria de ayudas asciende a 100.000 €, financiados con fondos propios de la Diputación, con cargo al Presupuesto provincial del ejercicio 2026, imputable a la aplicación presupuestaria 2026/942.1350.789.10. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, se prevé la posibilidad de ampliar el crédito en las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El importe de esta ampliación dependerá del volumen de solicitudes presentadas, con el límite máximo de cincuenta mil euros (50.000 €), y quedará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito por consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, a la aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar las solicitudes de subvenciones que se acojan a este programa será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de las bases y del extracto de esta convocatoria en el BOPPO y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Sexto. Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán obligatoriamente en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra, https://sede.depo.gal, de acuerdo con el procedimiento electrónico establecido para el efecto. Deberá acompañarse la documentación exigida conforme a la base décima. Séptimo. Otros datos — Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva, conforme a los requisitos y criterios establecidos en las bases quinta y sexta de las reguladoras del programa. — Gastos subvencionables: los recogidos en la base primera. — Compatibilidad: sí. — Plazo de ejecución: desde la publicación de estas bases en el BOPPO hasta el 30 de junio de 2027. — Plazo de justificación: hasta el 31 de julio de 2027. — Forma de justificación: mediante la aportación de la documentación justificativa prevista en la base decimoquinta. — Forma de pago: todos los gastos que se justifiquen deberán abonarse mediante transferencia bancaria en el plazo de un mes desde que se perciba el ingreso de la subvención.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 08/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO NÚMERO 16.37622 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DE 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026, EN EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE AYUDAS A AGRUPACIONES DE PERSONAL VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA PARA EL AÑO 2026 Publicado 09/09/2026EXTRACTO DEL ACUERDO NÚM. 2.37031 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DE 8 DE MAYO DE 2026, EN EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE PERSONAL VOLUNTARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA PARA EL AÑO 2026 Publicado 13/05/2026+PROTECCIÓN 2026 AGRUPACIONES VOLUNTARIOS PROTECCIÓN CIVIL