Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 20 de abril de 2026, relativo a las bases y convocatoria de prestaciones económicas individuales, para personas mayores de 65 años o personas con discapacidad reconocida para cubrir necesidades sociosanitarias
LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES533 - Menorca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
15/05/2026
Fin de solicitudes
15/06/2026
Registro en BDNS
11/05/2026
Publicación en diario oficial
14/05/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB
Texto oficial de cierre: Un mes a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPrestaciones económicas destinadas a personas mayores de 65 años (Línea 1)Pueden ser beneficiarias las personas físicas que cumplan los requisitos siguientes:a) Personas de 65 o más años que hayan cumplido los 65 años antes de efectuar el gasto de la actividad subvencionable, empadronadas en un municipio de Menorca en la fecha de presentación de la solicitud.b) Que los ingresos de la persona beneficiaria y de su unidad computable de convivencia, en su caso, no superen el límite de ingresos anual que consta en la convocatoria.Prestaciones económicas destinadas a personas con discapacidad reconocida (Línea 2)Pueden ser beneficiarias las personas físicas que cumplan con los requisitos siguientes:a) Estar empadronadas en un municipio de Menorca en la fecha de presentación de la solicitud.b) Tener menos de 65 años y un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% (o ser beneficiario de una pensión de la Seguridad Social de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez, o pensionista de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio de acuerdo con el artículo 4 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social), vigente en el momento de haber realizado el gasto que es objeto de la ayuda.c) Que los ingresos de la persona beneficiaria y de su unidad computable de convivencia, en su caso, no superen el límite de ingresos anual que consta en la convocatoria.Segundo. ObjetoMejorar la calidad de vida y la promoción del bienestar social de los mayores de 65 años y de las personas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial reconocida que sean menores de 65 años mediante el apoyo económico a necesidades de carácter sociosanitario.Tercero. Bases reguladorasEsta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 20 de abril de 2026.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 300.000 € (trescientos mil euros), según el siguiente desglose:Líneas de ayudas ImporteLínea 1. Prestaciones personas mayores de 65 años 150.000 €Línea 2. Prestaciones personas con discapacidad 150.000 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.Sexto. Otros datosCada solicitante solo podrá acceder a una de las dos líneas.Un solicitante puede pedir prestación económica por varios conceptos, pero en ningún caso la suma puede superar el importe individual máximo de 2.500 € ni el límite de los importes individuales para cada concepto indicados en la convocatoria.La actividad financiada debe haberse llevado a cabo entre el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la última convocatoria, concretamente del 27 de mayo de 2025, y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.