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Plazo no verificadoBDNS 904986

SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA A.MUJER. A1.LUCHA VIOLENCIA DE GÉNERO

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
23/05/2026
Fin de solicitudes
06/06/2026
Registro en BDNS
12/05/2026
Publicación en diario oficial
22/05/2026

Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: QUINCE DÍAS NATURALES DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN BOCM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoriacuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicioPrimeroBeneficiariosEntidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sectorde Acción Social, así como la Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de Madrid, asícomo las confederaciones, federaciones, asociaciones y agrupaciones de entidades sinpersonalidad jurídica, siempre que cumplan con lo previsto en la ciada Ley 43/2015, de 9de octubre, que propongan proyectos a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad deMadrid.Sólo y exclusivamente para proyectos que se presenten a la sublínea B3 "alimentos ycomedores sociales", también serán beneficarios las instituciones sin ánimo de lucro quepresten servicio de comedor social en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que no esténincluidas el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre.SegundoObjetoEl objeto de la presente convocatoria es la concesión, con cargo al ejercicio económico2026, de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas deinterés social dirigidos a población vulnerable, con cargo a los presupuestos generales dela Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Rentade las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de laComunidad de MadridLas subvenciones objeto de esta orden irán destinadas a cubrir las necesidades específicasde asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza yexclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, enel ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.TerceroBases reguladorasOrden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones deproyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés generalconsiderados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad deMadrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los Impuestos sobre la Renta de las PersonasFísicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid,publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 160, de 1 de julio,modificada por Orden 1999/2025, de 2 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud yAsuntos Sociales, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 162, de9 de julio.CuartoCuantíaLa dotación de la subvención es de 37.558.803 euros, con cargo a los subconceptos 48099,78099 y 48200 del programa 232E, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid parael año 2025 de los que 30.908.803 euros provienen del crédito que se prevé sea transferidopor el Estado con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, 6.400.000 euros provienen delpresupuesto propio de la Comunidad de Madrid y 250.000 euros del Plan Corresponsables queva a ser cofinanciado con el Ministerio de Igualdad.El crédito autorizado podrá ser incrementado en función de la disponibilidadpresupuestaria, si se fija una cuantía adicional, con carácter excepcional, de conformidadcon lo establecido en el artículo 58 del Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.QuintoPlazo de presentación de solicitudesQuince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto dela convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

Bases y documentación

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