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Plazo no verificadoBDNS 905058

Convocatoria y cuantías máximas para las Ayudas de Emergencia Social 2026

LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:33 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
11/12/2026
Registro en BDNS
12/05/2026
Publicación en diario oficial
26/05/2026

Texto oficial de apertura: 01/01/2026

Texto oficial de cierre: 11/12/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

DECRETO Nº 2026/0853A LA VISTA DE:La Orden de 31 de marzo de 2026 del Gobierno Vasco señala las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos, contemplados en las AES, así como los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite presupuestario para el año 2026 que corresponde a cada uno de los Territorios Históricos y Ayuntamientos de la CAPV.Esta Orden en su anexo II indica que el GV ha consignado al Ayuntamiento de Ordizia para las AES de 2026 una cuantía de 154.668 €. El presupuesto aprobado por el Ayuntamiento para las AES en el 2026 es de 215.000 € sumando a la aportación del GV un crédito de 60.332 €.Para dar cobertura por igual a la demanda de todas las personas solicitantes, el artículo 2. de la Orden de 31 de marzo de 2026 establece que la cuantía aplicable, en cada caso podrá ser minorada por el Ayuntamiento competente teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias existentesPor todo ello, para las AES 2026 es necesario que el Ayuntamiento de Ordizia determine la cuantía de la subvención para cada uno de los conceptos.A la vista de lo que antecede, examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con la misma en uso de las atribuciones que me están legalmente conferidas en virtud del artículo 21.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, por medio de la presenteTENGO A BIEN:PRIMERO: APROBAR la convocatoria del programa de Ayudas de Emergencia Social para el ejercicio 2026SEGUNDO: APROBAR la cuantía máxima para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social 2026.1.-Alquiler:- Alquiler de vivienda, coarrendamiento, subarriendo, hotel:1 solicitante 300 €/mes.2 solicitantes 150 € al mes.En caso de coarrrendamiento solo habrá derecho a una ayuda.- Hostal/pupilaje: 150 €/mes.2. Intereses y amortización de crédito:300 €/mes.3. Energía:- 1 unidad de convivencia: 1.500 €/año.- 2 unidades de convivencia: 750 €/año.A las personas beneficiarias del Bono Social se les concederá el 50 % de la ayuda.4. Uso y mantenimiento de la vivienda.- 1 unidad de convivencia: 900 €/año.- 2 unidades de convivencia: 450 €/año5. Gastos extraordinarios relacionados con la instalación en una nueva vivienda:- 1 unidad de convivencia: 1.800 €/año.- 2 unidades de convivencia: 900 €/año6. Necesidades básicas:2.500 €/año.Desglose:6.1. Necesidades primarias (alimentación):U.C. de un miembro: 100 € al mes. No podrá superar 6.842,8 € de ingresos anuales.U.C. de 2 miembros: 150 € al mes. No podrán superar 8.938,8 € de ingresos anuales.U C. de 3 miembros o más: 200 € al mes. No podrán superar 9.524 € de ingresos anuales.6.2. Gafas:250 € por persona. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto.6.3. Dentista:600 € por cada unidad de convivencia. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto.7.- Mobiliario y electrodomésticos.- 1 unidad de convivencia: 1.850 €/año.- 2 unidades de convivencia: 925 €/año.Desglose:7.1. Mobiliario:1.000 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto.7.2. Electrodomésticos:850 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto:— Lavadora: 300 €.— Frigorífico: 400 €.— Extractor: 100 €.— Horno: 250 €.— Placa: 150 €.— Microondas: 50 €.8. Adaptación, reparación e instalaciones de la vivienda:- 1 unidad de convivencia: 1.850 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto.- 2 unidades de convivencia: 925 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto.9. Endeudamiento previo:- 1 unidad de convivencia: 3.000 €/año.- 2 unidades de convivencia: 1.500 €/año.TERCERO: Autorizar un gasto de 215.000 € para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la concesión de la subvención en la partida con cargo a la partida presupuestaria 1 481.02.231.30.0107 2026.CUARTO: el plazo para solicitar las Ayudas de Emergencia Social del ejercicio 2026 finalizará el 11 de diciembre del 2026.QUINTA: Publicar la convocatoria de la subvención en el BDNS, Boletín Oficial de Gipuzkoa y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA Y CUANTIAS MAXIMAS PARA LAS AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL 2026Publicado 26/05/2026Ordenanza municipal sobre criterios municipales de las Ayudas de Emergencia Social (AES)