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Plazo no verificadoBDNS 905145

Anuncio del Ayuntamiento de Vilablareix de convocatoria de subvenciones destinadas a entidades y/o asociaciones de Vilablareix.

LOCAL · VILABLAREIX · AYUNTAMIENTO DE VILABLAREIX

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:34 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/05/2026
Publicación en diario oficial
15/05/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Girona

Texto oficial de cierre: finalizará en el plazo de 20 días hábiles des de la publicación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilablareix de 7 de mayo de 2026, de convocatoria de subvenciones destinadas a entidades y/o asociaciones de Vilablareix, en régimen de concurrencia competitiva. De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Primero.- Objeto de la convocatoriaSubvenciones destinadas a fomentar los proyectos y/o actividades de interés público o social que desarrollen las entidades o asociaciones cívicas, solidarias, educativas, juveniles, deportivas y/o culturales del municipio de Vilablareix. Segundo.- Crédito presupuestario e importeEl presupuesto máximo que se destinará para la concesión de las subvenciones reguladas en lapresente convocatoria será de 35.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria núm. 341.48000 Subvenciones entidades del presupuesto 2026 Tercero.- DestinatariosPodrán optar a estas ayudas las entidades o asociaciones que reúnan los siguientes requisitos: -Que sean entidades sin ánimo de lucro y encontrarse legalmente constituidas como entidades o asociaciones en el Registro de Asociaciones de la Generalitat de Catalunya. En el caso de las entidades o asociaciones deportivas es necesario que estén inscritas en la Dirección General del Deporte de la Generalidad de Cataluña.-Que sean entidades inscritas en el Registro de entidades del Ayuntamiento de Vilablareix.-Que tengan la sede social en el municipio y su ámbito de actuación en el término municipal de Vilablareix.-Disponer de medios y capacidad suficiente para la realización de los proyectos objetos de las presentes ayudas y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en los mismos.-Que no se encuentren en ninguno de los supuestos que impiden tener la consideración de beneficiarios, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Vilablareix, o acreditar su exención. Cuarto.- Criterios de adjudicaciónLos criterios de valoración se encuentran definidos en las bases específicas aprobadas en sesión plenaria de fecha 22 de enero de 2026 y publicadas en el BOP número 32 de 17/02/2026 y en extracto en el DOGC número 9639, de fecha 07/04/2026. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Girona y finalizará en el plazo de 20 días hábiles. Las solicitudes, que deben enviarse mediante el modelo normalizado disponible en la web del Ayuntamiento de Vilablareix (www.vilablareix.cat), deben presentarse en el Registro general del Ayuntamiento de Vilablareix y/o en cualquiera de las formas previstas por la legislación vigente. Habrá que aportar la documentación especificada en el punto 6.2 de las Bases reguladoras.  Sexto.- Plazo de justificación de las subvencionesLa Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilablareixi deberá emitir la correspondiente resolución definitiva en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria; la cual se notificará individualmente a los solicitantes en el plazo máximo de 10 días a contar desde la fecha de adopción del acuerdo. Séptimo.- Régimen de recursosEl acuerdo de resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Alternativamente y de forma potestativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vilablareix, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 12/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio del Ayuntamiento de Vilablareix de convocatoria de subvenciones destinadas a entidades y/o asociaciones de Vilablareix.Publicado 15/05/2026Anuncio del Ayuntamiento de Vilablareix de convocatoria de subvenciones destinadas a entidades y/o asociaciones de Vilablareix.