Plazo no verificadoBDNS 905417
Plan Provincial de accesibilidad universal para la financiación de elementos o servicios accesibles a favor de los municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Cáceres Ejercicio 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:39 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES432 - Cáceres
Finalidad
Infraestructuras
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 13/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/05/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres
Texto oficial de cierre: 20 días naturales desde el siguiente a publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. ENTIDADES BENEFICIARIAS OBJETO: El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LGS, y en los arts 14.2 y 21 de la OGS y en la Base 41 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2026, habiéndose previsto que está subvención se lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta. La presente convocatoria tiene por objeto adoptar las medidas necesarias para impulsar la accesibilidad universal en los municipios y entidades locales menores de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes. A tal fin, se financiará la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de elementos accesibles en edificios e instalaciones de uso público, así como la prestación de servicios complementarios de accesibilidad vinculados a actuaciones de las entidades locales, incluida la organización/celebración de actos públicos. Todo ello con la finalidad de favorecer que dichos edificios, instalaciones y prestaciones públicas del ayuntamiento resulten más utilizables, practicables y comprensibles. Serán subvencionables los gastos derivados de las actuaciones recogidas en el Anexo II. ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los municipios y entidades locales menores de la provincia de Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes, incorporadas en la distribución sustantiva de la subvención en el Anexo I que se acompaña a estas normas y que reúnan los requisitos regulados en el art 13 de la Ley General de Subvenciones y el art 7 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, adquiriendo a partir del momento de la Resolución de concesión de la subvención la condición de entidades beneficiarias a todos los efectos.2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA El importe total de la convocatoria es de QUINIENTOS MIL EUROS (500.000,00€), que se destinarán a financiar los gastos de naturaleza inversión o gastos de naturaleza corriente que se deriven de la ejecución de las actuaciones subvencionables. 2026.04.2314.76201. “CONVOCATORIA AYTOS. ACCESIBILIDAD”.487.285,07 € 2026.04.2314.76801. “CONVOCATORIA ELM. ACCESIBILIDAD”. 9.000,00 € 2026.04.2314.46221. “CONVOCATORIA AYTOS. ACCESIBILIDAD”. 2.214,93 € 2026.04.2314.46821. “CONVOCATORIA ELM. ACCESIBILIDAD”. 1.500,00 € El importe máximo a conceder a cada Ayuntamiento que resulte beneficiario será de 2.214,93 € y a cada Entidad local menor de 1.500,00 €, por el total de los gastos (ya sea el total de los gastos de inversión, gastos corrientes o gastos de inversión + corrientes). 3.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN. SOLICITUD Las subvenciones recogidas en la presente convocatoria se tramitarán íntegramente de manera telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, incluidas, en su caso, las devoluciones voluntarias y procedimientos de reintegro. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es En el apartado Nuevo/ Trámites por área temática/ Convocatorias de Subvención El plazo para la presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a partir de la apertura de la sede telemática, que tendrá lugar al día siguiente de la publicación del extracto de estas normas reguladoras en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano Gestor. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá a las entidades interesadas para que procedan a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica. La asignación de subvenciones se realizará de conformidad con el procedimiento de concesión directa y se tramitarán conforme se vayan solicitando, dependiendo de la existencia de crédito presupuestario en el momento de concesión. El orden de prioridad será el orden de entrada teniendo en cuenta el día, la hora y el minuto de la presentación. Para poder acceder al trámite de presentación de solicitud, las entidades interesadas deberán identificarse electrónicamente de forma segura en la sede de la Diputación Provincial de Cáceres con alguno de los medios de identificación facilitados en la misma. La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica basados en certificados para garantizar la identificación de las posibles entidades solicitantes y en su caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos. Los formularios y los demás documentos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda. 4.- DOCUMENTOS En la fase de solicitud, las entidades deberán aportar la siguiente documentación: Informe de idoneidad acreditativo del cumplimiento con la normativa en materia de accesibilidad, sólo en aquellos casos en los que la solicitud de subvención incluya la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de elementos accesibles (gastos de inversión). El informe será emitido por la Oficina Técnica competente en materia de accesibilidad física. En caso de no disponer del informe de idoneidad correspondiente, será necesaria la acreditación de haberlo solicitado en plazo. El documento “SOLICITUD DE SUBVENCIONES” (Formulario “Solicitud SOBSUB_RESUMEN”), que deberá cumplimentarse en el momento de la solicitud a través de la propia sede electrónica. 5.- OTROS DATOS DE INTERÉS GASTOS SUBVENCIONABLES Las Entidades Locales destinarán la subvención a financiar los gastos, tanto de inversión como corrientes, derivados de las actuaciones objeto de las presentes normas, conforme a la solicitud presentada. Dichos gastos deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la subvención y resultar estrictamente necesarios para la ejecución de las actuaciones. Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos, de carácter corriente o de inversión, incluidos en el presupuesto de gastos consignado por la entidad en su solicitud, de conformidad con lo establecido en el Anexo II. No serán subvencionables los gastos que en el art 31.7 de la Ley General de Subvenciones establece como tales “en ningún caso”. Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. PLAZO JUSTIFICACIÓN El plazo máximo de justificación será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución: desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de marzo de 2027.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 13/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO - Plan Provincial de accesibilidad universal para la financiación de elementos o servicios accesibles a favor de los municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Cáceres Ejercicio 2026Publicado 15/05/2026Plan Provincial de accesibilidad universal, para la financiación de elementos o servicios accesibles a favor de los municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de cáceres. ejercicio 2026.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.