Resolución de 13/05/2026, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), anualidad 2026.
AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · DIRECCIÓN GENERAL FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 21/05/2026
- Fin de solicitudes
- 29/06/2026
- Registro en BDNS
- 15/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 20/05/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación de la resolución y su extracto en el D.O.C.M.
Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución y su extracto en el D.O.C.M.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiaras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación, para las especialidades formativas a impartir, y con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. Podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con presencia en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 de la de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Las empresas que faciliten la realización de prácticas profesionales no laborales o periodos de formación en empresa podrán ser beneficiarias de compensaciones económicas en los términos previstos en los artículos 37 y 38 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Segundo. Objeto Convocar la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026, para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral para personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II). Tercero. Bases reguladoras Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización. (D.O.C.M. nº 235, de 20 de noviembre de 2020), modificada por Orden102/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo ( DOCM, nº 130, de 9 de julio de 2021); por la Orden 106/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 110, de 9 de junio de 2022); por la Orden 79/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº 76, de 20 de abril de 2023) y por la Orden 118/2024, de 11 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM, nº139, de 19 de julio de 2024). Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones. Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución se financiarán con fondos finalistas del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, destinándose un importe total máximo de 34.748.700,00 euros. La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las entidades que deseen acceder a las subvenciones que contempla esta convocatoria, podrán presentar la solicitud mediante el envío telemático de los datos, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Sexto. Otros datos. Forma de pago: Las entidades beneficiarias, una vez dictada la resolución de concesión, podrán solicitar un pago con carácter previo al inicio de la actividad formativa por importe del 25 por ciento del importe concedido. Igualmente, podrán solicitar el pago de un 35 por ciento adicional, una vez acreditado el inicio de la actividad formativa. El 40 por ciento restante del importe concedido se hará efectivo, una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada. Por otra parte, la persona beneficiaria de la formación podrá solicitar el pago anticipado de las ayudas de transporte, manutención y alojamiento por un importe del 40%, cuando se trate de la realización de las acciones formativas asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y concurran los supuestos establecidos en la disposición decimocuarta punto 7 de la Resolución de convocatoria. Justificación de la subvención: En el plazo de 2 meses tras la finalización de la formación (excluyendo las prácticas profesionales/ periodos de formación en empresas), el/la beneficiario/a deberá justificar la subvención conforme a lo establecido en el artículo 21.4 de la Orden 178/2020, de 19 de noviembre.
Bases y documentación
Resolución 12-06-2026Publicado 12/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 13/05/2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional (Modalidad II).Publicado 18/06/2026Extracto de la Resolución de 13/05/2026, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), anualidad 2026.Publicado 20/05/2026Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleoInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.