Plazo no verificadoBDNS 905967
Subvenciones en materia de Sepelio 2026
LOCAL · SECASTILLA · AYUNTAMIENTO DE SECASTILLA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:51 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES241 - Huesca
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 21/05/2026
- Fin de solicitudes
- 30/12/2026
- Registro en BDNS
- 15/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 19/05/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Resolución de Alcaldía n.º 52 de fecha 14 de mayo de 2026 por la que se convocan mediante tramitación anticipada subvenciones en materia de Sepelio para el año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva. TEXTODe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Secastilla.El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 905967.Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria:— El fallecido, deberá constar como persona empadronada en el municipio con una antigüedad de, al menos, 5 años.Segundo. ObjetoLa subvención tiene por finalidad, ayudar a sufragar los gastos de Sepelio. Que el vivir en una población rural, alejados del Hospitales y de Empresas funerarias, no supongan un gasto difícil de asumir para las familias del municipio.Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Secastilla en materia de Sepelio, aprobado en fecha 07 Septiembre de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 173, de fecha 12 de Septiembre de 2023. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Las ayudas concedidas se abonarán, de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2026, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto. Por ello, se han habilitado la aplicación presupuestaria e importe que se indica más abajo, de acuerdo con la estimación de créditos para el año 2026: EjercicioAplicación presupuestariaImporte20269200.48203500 € Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, para los casos que el fallecimiento, hayan ocurrido con anterioridad a esta publicación. Para el resto de fallecimientos, el plazo será de 1 mes desde el hecho causante; tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.Sexto. Otros datos.Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:— Documentos que acrediten la personalidad del solicitante.—Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.— Certificado de defunción.— Factura y Pago del gasto de sepelio.— Ficha de Terceros. En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 15/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSFicha tercerosPublicado 15/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSDeclaración responsablePublicado 15/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSSolicitudPublicado 15/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvenciones en materia de Sepelio 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.