Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quart de Poblet de fecha 30 de abril de 2026 por el que se convoca la sexta edición de los premios por el uso del valenciano en el comercio local.
LOCAL · QUART DE POBLET · AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
18/05/2026
Publicación en diario oficial
07/07/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de la publicación del extracto de convocatoria en el bop
Texto oficial de cierre: Hasta el día 20 de septiembre de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CONVOCATORIA DE LA SEXTA EDICIÓN DE LOS PREMIOS POR EL USO DEL VALENCIANO EN EL COMERCIO LOCAL Con fecha 30 de abril de 2025, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobó las bases reguladoras de los "premios por el uso del valenciano en el comercio local", de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Y en fecha 30 de abril de 2026, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobó la convocatoria de la sexta edición de los premios por el uso del valenciano en el comercio local 2026. 1. OBJETO Y FINALIDAD El Ayuntamiento de Quart de Poblet tiene como uno de sus objetivos la normalización del valenciano en nuestra población y la promoción de su uso entre el comercio local. Para conseguirlo, convocamos la sexta edición de los Premios por el Uso del Valenciano en el Comercio Local. El objeto de la convocatoria es establecer las condiciones que regularán la concesión de los Premios al Uso del Valenciano en el Comercio Local de Quart de Poblet. La concesión de Premios al Uso del Valenciano en el Comercio Local es una actividad destinada a valorar y galardonar el uso de la lengua propia en los establecimientos comerciales. Se incluirá en la valoración, la utilización del valenciano en la rotulación, la señalización interna, la documentación administrativa, el merchandising y el uso del valenciano en las redes sociales. Las subvenciones a las cuales hace referencia esta convocatoria no generarán ningún derecho para la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no podrán ser alegadas como precedente. 2. PERSONAS BENEFICIÀRIAS Podrá presentarse a este premio cualquier comercio, empresa y servicio de Quart de Poblet. Solo se podrá presentar una solicitud por persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes y para un único establecimiento. No podrán ser beneficiarias de estos premios aquellas entidades que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 3.000 €, con cargo de la aplicación presupuestaria 3341-48900 "subvenciones en materia de Normalización Lingüística", del presupuesto del Ayuntamiento de Quart de Poblet para el año 2026. 4. MODALIDADES Se establecen dos modalidades del premio orientadas a un determinado sector de actividad comercial. Cada participante solo podrá presentarse a una sola modalidad. Las modalidades son: a) Premio por el uso del valenciano en la rotulación y en el material impreso (facturas, albaranes, bolsas, diseños...). b) Premio por el uso del valenciano aplicado a las nuevas tecnologías (páginas web, Facebook, Twitter, Instagram, programario de gestión, adaptación a las nuevas tecnologías...). Habrá que aportar un dosier explicativo de la actividad (máximo 5 hojas). Los comercios ganadores de una modalidad no podrán presentarse el año siguiente a la misma modalidad a fin de dar más oportunidades al resto de comercios, pero sí en la otra. 5. PREMIOS: Se establecen las siguientes categorías y premios: Modalidad 1. Premio por el uso del valenciano en la rotulación y en el material impreso: 1.º premio: 600 euros2.º premio: 500 euros3º premio: 400 euros Modalidad 2. Premio por el uso del valenciano aplicado a las nuevas tecnologías y redes sociales: 1.º premio: 600 euros2.º premio: 500 euros3.º premio: 400 euros Además, se concederá un sello, diploma o galardón que materialice el reconocimiento a los premiados, como comercio local que promociona y dignifica el uso del valenciano en su actividad. Del mismo modo, con motivo de la entrega de los premios, se hará la divulgación de las empresas premiadas en las redes sociales y en la Web del Ayuntamiento. Los premios en metálico estarán sujetos a las correspondientes retenciones de IRPF. 5. ÓRGANO INSTRUCTOR El órgano instructor de esta convocatoria es la Concejalía de Normalización Lingüística del Ayuntamiento de Quart de Poblet. 6. SOLICITUDES: LUGAR, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN La solicitud de participación y la documentación pertinente se tendrá que presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Quart de Poblet: https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=16818 El plazo para presentar las solicitudes será des del dia siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el boletin oficial de la provincia de València hasta el dia 20 de septiembre. Habrá que aportar la documentación siguiente: Impreso de solicitud rellenado y firmado. Datos identificativos del comercio, en los cuales tendrá que constar el número de CIF o NIF, la localidad, la dirección a efectos de notificación, correo electrónico y número de teléfono.̶ Dosier explicativo de la actividad en valenciano (rotulación, documentación administrativa, merchandising, redes sociales...). Máximo 5 hojas. ̶ En el caso de las empresas de nueva creación, tienen que presentar el documento de alta del IAE en que se certifica el principio de la actividad comercial.