Plazo no verificadoBDNS 906337
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE MONITORES/AS DE APOYO PARA LA INCLUSIÓN DE NIÑOS, ADOLESCENTES Y JÓVENES CON DIVERSIDAD FUNCIONAL EN ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN EN EL OCIO.
LOCAL · VILANOVA I LA GELTRÚ · AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 03:57 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 26/05/2026
- Fin de solicitudes
- 08/06/2026
- Registro en BDNS
- 18/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/05/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: Entidades y empresas solicitantes de las subvenciones RequisitosSer una entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones del Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú, o bien una empresa privada legalmente constituida.Tener una sede en la ciudad de Vilanova y la Geltrú o un centro de actividad en la ciudad de Vilanova y la Geltrú;Realizar la actividad en el término municipal, excepto las colonias, campamentos o similares;Organizar actividades de ocio dirigidas, tanto durante el curso escolar como durante el período estival, en:menores de 18 años con carácter general, ymenores de 21 años en el caso de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional.-No tener ninguna deuda , ni en el momento de la solicitud ni generarlo a lo largo de los próximos ocho meses a la concesión de la subvención, ya sea derivado de ingresos de derecho público o de derecho privado, pendiente de pago con el Ayuntamiento. El Ayuntamiento realizará las comprobaciones pertinentes.Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. durante todo el procedimiento:La entidad o empresa solicitante podrá autorizar al Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú a consultar o recabar los documentos necesarios ante la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social a través de Via Oberta, para llevar a cabo la tramitación de la subvención. Esta autorización se otorga exclusivamente a efectos de este procedimiento, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.En caso de no autorizar, la entidad o empresa estará obligada a presentar un certificado oficial y actualizado conforme carece de deudas ante la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social.No recibir, con la misma finalidad, una subvención concedida por otras entidades.Que la entidad/empresa solicitante, con la presentación del formulario de solicitud, DECLARIO obligatoriamente los siguientes puntos:Que cumple todos los requisitos y obligaciones establecidos en las Bases y en la Convocatoria de subvenciones destinadas a empresas/entidades contratantes de monitores/as de apoyo para actividades de educación en el ocio para la inclusión de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional de Vilanova i la Geltrú; y la normativa legal vigente en cada momento para el tipo de actividad de ocio que realice.Que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante todo el procedimiento.Que no tiene ninguna deuda, ya sea derivada de ingresos de derecho público o de derecho privado, pendiente de pago con el Ayuntamiento, ni en el momento de la solicitud ni en los próximos ocho meses a la concesión de la subvención.Que se aportará la documentación necesaria para la justificación, en caso de que la subvención sea concedida.Que en caso de que el niño no realice la actividad para la que se ha concedido la subvención la empresa/entidad solicitante renuncia a la subvención otorgada.No recibir, con la misma finalidad, una subvención concedida por otras entidades.Y AUTORICE que:El Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú pueda consultar los datos que sean necesarios para comprobar su veracidad durante todo el procedimiento.El Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú pueda consultar o recabar los documentos necesarios en la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social para comprobar el estado de la entidad frente a sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.Segundo: El objeto de la subvenciónRegular las subvenciones económicas destinadas a facilitar la contratación de monitorización de apoyo por parte de las empresas y entidades contratantes de monitorización para actividades de educación en el ocio para facilitar la participación e inclusión de niños, adolescentes y jóvenes menores de 21 años de Vilanova y la Geltrú con discapacidad reconocida en las actividades de educación en el ocio durante el verano 2026.La subvención tiene por objeto exclusivamente la financiación parcial de la monitorización de apoyo necesaria durante el desarrollo de las actividades y durante el tiempo de comedor, cuando, en función de la discapacidad o necesidad específica de apoyo del niño, adolescente o joven, sea necesaria la presencia de monitorización de apoyo individual o compartido.Las empresas/entidades contratantes de monitores/as de apoyo por actividades de educación en el ocio podrán solicitar subvención para cubrir parte de la monitorización de apoyo de aquellos niños, adolescentes y jóvenes inscritos en sus actividades de verano cuando reúnan los siguientes requisitos:Que el padre/madre o tutor/a legal conste en el padrón de Vilanova i la Geltrú, salvo en los casos amparados en la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El Ayuntamiento realizará las comprobaciones pertinentes.Que sean menores de 21 años.Que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Excepcionalmente, en caso de que no dispongan de valoración y estén en seguimiento de un servicio especializado público: Centro de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP), Centro de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA), Centro de Salud Mental Infantil y Juvenil (CSMIJ), y Equipo de Asesoramiento y Orientación Psico servicio indicando el tipo de soporte que requiere (total o parcial).Tipología de discapacidad:Discapacidad física (motora y no motora);Discapacidad sensorial (auditiva y visual);Discapacidad de la comunicación y el habla;Discapacidad intelectual;Discapacidad derivada de trastorno mental.Tercero: Bases reguladorasPor acuerdo de Pleno Municipal de fecha 2 de marzo de 2026 fueron aprobadas las “Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de monitorización de apoyo para la inclusión de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional en actividades de educación en el ocio en Vilanova i la Geltrú ”. Se publicaron en el Boletín de la Provincia de Barcelona en fecha 12 de marzo de 2026, fueron sometidas a información pública por un período de 20 días hábiles sin que se presentaran sugerencias ni alegaciones, y fueron aprobadas definitivamente por Decreto de alcalde número 3303 de fecha 17 de abril de 2026. La aprobación definitiva fue publicada en el BOPB el 24 de abril de 2026https://bop.diba.cat/anunci/3931598/aprovacio-definitiva-de-les-bases-reguladores-de-les-subvencions-destinades-a-la-contractacio-de-monitoratge-de-suport-per-a-la-inclusio-d-infants-adolescents-i-joves-amb-diversitat-funcional-en-activitats-d-educacio-en-el-lleure-ajuntament-de-vilanova-i-la-geltruCuarto: ImporteEl importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de cincuenta y ocho mil ciento sesenta y cuatro euros con noventa y ocho céntimos (58.164,98 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 09.3278.4820400 Ayudas Infancia del ejercicio 2026.La eficacia de este acuerdo en relación con la disponibilidad presupuestaria para el ejercicio 2026 quedará condicionada a la existencia de la correspondiente dotación presupuestaria.En el supuesto de que el importe global de las solicitudes de subvención admitidas a trámite exceda del crédito consignado en la aplicación presupuestaria correspondiente, se procederá a la minoración proporcional del importe de las subvenciones por el concepto de tiempo de comedor.Si, una vez aplicada esta minoración proporcional, el importe total resultante siguiera superando el crédito presupuestario disponible, se procederá a la denegación de las solicitudes de subvención por el tiempo de comedor, y el importe máximo de la partida presupuestaria se distribuirá proporcionalmente entre las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos.Quinto: Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes es del 26 de mayo al 8 de junio de 2026, ambos inclusive.
Bases y documentación
DECRETO AMPLIACIÓN IMPORTE CONVOCATORIAPublicado 29/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDECRETOPublicado 18/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.