Plazo no verificadoBDNS 906481
Subvención para la rehabilitacióp de fachadas 2026
LOCAL · BELLVÍS · AYUNTAMIENTO DE BELLVÍS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 04:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 19/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/05/2026
Texto oficial de apertura: Dia siguiente de la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: 30/11/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El Pleno del Ayuntamiento de Bellvís, en sesión ordinaria de fecha 11 de julio de 2024, aprobó inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de las bases de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas de los inmuebles, el texto íntegro de las cuales consta en el expediente.El Pleno del Ayuntamiento de Bellvís, en sesión celebrada el 5 de marzo de 2026, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2026.La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 13 de mayo de 2026, aprobó la convocatoria correspondiente al año 2026, por importe total de 1.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 48.001/152 – Subvenciones para la rehabilitación de fachadas, del presupuesto municipal para el ejercicio 2026.El plazo para la presentación de las solicitudes es hasta el día 30 de noviembre del año en curso y mientras exista partida presupuestaria en el presupuesto de gastos del ayuntamiento del ejercicio correspondiente.Las solicitudes de ayudas económicas se formularán ante el Ayuntamiento al solicitar la licencia correspondiente, en los modelos oficiales y acompañando la siguiente documentación:a) Proyecto técnico suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional, cuando la intervención sobre el edificio así lo exija.b) En el resto de los casos: - Memoria explicativa de la actuación. - Presupuesto detallado por partidas. - Plano de la actuación. c) Documento público acreditativo de la propiedad.d) Consentimiento de los ocupados por cualquier título de la vivienda objeto de rehabilitación, cuando se trate de personas distintas del propietario que solicita la subvención.e) Cualquier documento que el Ayuntamiento crea necesario o exija el técnico municipal.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 19/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 19/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvenció para la rehabilitación de fachadas 2026Publicado 21/05/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.