encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 906487

AYUDAS PARA LA FORMACION EN RELACION CON EL TRANSPORTE POR CARRETERA - 2026

ESTADO · MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 04:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
19/05/2026
Publicación en diario oficial
30/05/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación en BOE

Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a publicación en BOE

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios:             Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre. Segundo. Objeto. Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera. Tercero. Bases reguladoras.             La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre (B.O.E. de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre (B.O.E. de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas ayudas. Cuarto. Cuantía. Cuantía máxima: 3.858.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Sexto. Otros datos La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril por el importe total de la subvención.Los interesados podrán remitir cualquier consulta o aclaración al buzón:notifcur@transportes.gob.es

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 25/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2026Publicado 30/05/2026Bases reguladoras de la concesión de ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera.