PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES24 - ARAGON
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
18/06/2026
Registro en BDNS
20/05/2026
Publicación en diario oficial
21/05/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán participar todos los Ayuntamientos de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca, que no estén incursos en ninguna de las causas establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.Segundo. Objeto: Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas para la realización de actividades culturales en las que se programen espectáculos de artes escénicas, musicales y audiovisuales de compañías, grupos o artistas en los municipios de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca durante el año 2026.Tercero. Bases ReguladorasOrdenanza General por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca, publicada en el BOPH nº 39 de fecha de 1 de marzo de 2021.Cuarto. Cuantía:La presente convocatoria está dotada con 14.000€ con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio 2026 3340.48001. La Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca financiará hasta un 30 % del caché de los gastos de la actuación con los siguientes límites máximos en función de la población total del municipio (según los datos del padrón publicado por el IAEST):Municipios con una población superior a 2.001 habitantes: hasta un max. de 4.500 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1.501 a 2.000 habitantes: hasta un max. de 1.950 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1.001 a 1.500 habitantes: hasta un máx. de 1.500 € de subvenciónMunicipios con una población entre 501 a 1.000 habitantes: hasta 1.050 € de subvenciónMunicipios con una población entre 1 a 500 habitantes: hasta 600 € de subvenciónQuinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.De conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 39/2015, la documentación para la presente convocatoria, siendo los ayuntamientos sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, se presentará través del correspondiente registro electrónico.Sexto. Otros datos:Los beneficiarios de las subvenciones otorgadas al amparo de la presente convocatoria quedan obligados al cumplimiento del protocolo de colaboración de la Comarca del Bajo Cinca/ Baix Cinca en actividades y eventos deportivos, culturales, sociales, festivos o de otra índole.