Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 25/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/05/2026
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOP LAS PALMAS
Texto oficial de cierre: 29/05/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. OBJETO Y FINALIDAD La finalidad fundamental de los premios es la de fomentar la animación ciudadana, la expresión artística, el acervo cultural y tradicional de Canarias, la participación e involucración ciudadana de las Fiestas Patronales de San Juan Bautista en Arucas.2. BASES REGULADORAS La concesión de estos premios/subvenciones se realizará de conformidad con las Bases Reguladoras publicadas en el BOP Las Palmas Nº 151, miércoles 17 de diciembre de 2025 y pueden consultarse en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Arucas (www.arucas.org) y en la web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/convoctoria/907709). El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las carretas presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el punto noveno y con el límite fijado en el punto undécimo de las bases reguladoras, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la aplicación de dichos criterios y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.3. BENEFICIARIOS Los concursantes se presentarán de forma individual y unitaria; debiendo nombrar un representante en la solicitud, el cual será el responsable de la carreta o carro, de acuerdo con la Normativa Participación de la Romería-Ofrenda de las Fiestas Patronales de San Juan Bautista de Arucas, debiendo ser mayor de edad. Dicha normativa es extensible y de obligatorio cumplimiento a todas las personas participantes o asistentes al evento. Queda excluido de poder participar en este concurso el personal de la Concejalía de Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Arucas. No podrán obtener la condición de beneficiarios las carretas en las que alguno de sus miembros (tanto personas físicas como jurídicas), concurran en alguna de las circunstancias prevista en el artículo 13.2 y, 13.3 en cuanto a las asociaciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los/as participantes podrán presentar declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de todos y cada uno de sus miembros (tanto personas físicas como jurídicas), a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a través del Anexo I de la presente convocatoria. A todos los inscritos se les convocará en tiempo y forma a la Reunión para la Organización de la Romería – Ofrenda referida, a través de la Concejalía de Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Arceas, teniendo la obligación de asistir a la misma.4. REQUISITOS DE ADMISIÓN DE CARRETAS PARTICIPANTES Se entenderá por carreta, a efectos del presente concurso, todo aquel vehículo de transporte terrestre que se mueve sobre dos ruedas o más, por tracción animal o tirado por personas. Las carretas o carros tiradas por animales, deberán contar con todas las condiciones que permitan su tracción, de acuerdo con la Normativa Participación Romería-Ofrenda de las Fiestas Patronales de San Juan Bautista de Arucas 2026. Todas las carretas o carros han de estar inspiradas en temas, alegorías y ambientes festivos canarios, religiosos o campestres y basada en los usos, costumbres, paisajes y tradiciones de nuestra tierra. Las carretas serán de estilo libre y no está permitido el uso de enseres que pongan en peligro la seguridad ciudadana. Las medidas mínimas serán de 1,30 x 2 metros, siendo las máximas de 4 x 2,50 metros de largo y ancho, no superando la altura de 4 metros en cualquier caso. Se establecen dos categorías para este concurso: - Categoría A) Carretas o carros tiradas por tracción animal. - Categoría B) Carretas o carros tiradas a mano de los participantes. 5. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS La dotación presupuestaria de la presente convocatoria contará con un importe de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (1.950,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 03/338/48100 - Premios, Becas y pensiones de estudios e investigación.6. PREMIOS La financiación de los premios contemplados se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 03 338 48100 “Premios, becas, y pensiones de estudio e investigación” del presupuesto vigente, por un importe máximo total de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (1.950,00 €) Con dicha dotación económica se otorgará tres únicos premios: Primer Premio................................ 850,00 € Segundo Premio............................ 700,00 € Tercer Premio................................. 400,00 € El premio será compatible con cualquier otra ayuda, subvención o premio, público o privado. Los premios podrán ser declarados desiertos si el jurado considera que ninguna carreta presentada tiene la calidad suficiente para concederlos. No se otorgarán más premios de los establecidos en las presentes bases. Los premios estarán sujetos a la retención fiscal vigente. El premio se abonará por transferencia bancaria, a nombre del representante designado en la solicitud o a nombre de la asociación beneficiaria. La percepción del importe de los premios queda sujeta a la acreditación por los adjudicatarios del cumplimiento de los requisitos y obligaciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.6. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas hasta el día 29 de mayo de 2025 a las 13.00 h. Las solicitudes se podrán presentar por cualquiera de los siguientes medios:A.- Por Sede electrónica dirigiéndose a la página del Ayuntamiento de Arucas, www.arucas.org.B.- Presencial, con cita previa, en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la calle Alcalde Suárez Franchy nº 11 – ArucasC.- Cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas., con la documentación que se especifique en cada convocatoria, con la siguiente documentación: Anexo I de estas bases, debidamente cumplimentado y firmado. A la presentación de candidaturas le será de aplicación el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre la utilización de medios electrónicos para comunicarse con la Administración Pública. La presentación de las solicitudes por parte de personas jurídicas y demás sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la citada Ley, se realizará única y exclusivamente de forma electrónica.7. OTROS DATOS Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria podrán consultarse a través de la página web del Excmo. Ayuntamiento de Arucas (www.arucas.org) y en la web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convoctoria/907709).