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Plazo no verificadoBDNS 907914

Subvenciones del Servicio de Igualdad a entidades deportivas sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de Vigo para la promoción del deporte femenino del año 2026

LOCAL · VIGO · AYUNTAMIENTO DE VIGO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 04:33 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
25/05/2026
Publicación en diario oficial
28/05/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPPO

Texto oficial de cierre: A los 10 días hábiles que se cuentan desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERA.- BASES REGULADORASLas bases reguladoras de estas subvenciones, tras su aprobación por la Junta de Gobierno Local, se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra (BOPPO). También podrán consultarse en el portal de transparencia y en la página web del Ayuntamiento de Vigo (www.vigo.org). SEGUNDA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LAS SUBVENCIONESEl crédito presupuestario máximo destinado a estas subvenciones es de 45.000 euros (cuarenta y cinco mil euros) que se harán efectivos con cargo a la aplicación presupuestaria 2311 4890000 Promoción de la igualdad y del deporte femenino del presupuesto vigente del Servicio de Igualdad.Se establecen las cuantías de 200 euros y de 1.500 euros como cuantías mínima y máxima, respectivamente, de las subvenciones que pueden solicitar y obtener las entidad solicitantes. Por consiguiente, las entidades que, por la puntuación que obtengan en la fase de valoración, no consigan una ayuda igual o superior a 200 euros no tendrán derecho a la subvención y las que alcancen una ayuda superior a 1.500 euros quedarán limitadas a esta cuantía.TERCERA.- OBJETO DE LAS SUBVENCIONESEl objeto de estas subvenciones es promover el deporte femenino a través de la contribución al financiamiento de los gastos de los clubs deportivos, asociaciones y agrupaciones deportivas y entidades deportivas del municipio de Vigo que fomenten la participación y promoción de las niñas y mujeres en las distintas modalidades deportivas (equipos y/o individuales), durante la temporada deportiva 2024/2025 o del año 2025 en el caso de las modalidades deportivas cuya temporada se corresponda con el año natural.CUARTA.- GASTOS SUBVENCIONABLESSerán gastos subvencionables los que de manera indudable correspondan al funcionamiento de la entidad solicitante y sean ocasionados por la actividad propia de ésta relacionada directamente con las licencias femeninas y los motivados por la participación u organización de las actividades deportivas de los equipos con licencias femeninas en la temporada 2025/2026 o del año 2026 en el caso de las modalidades deportivas cuya temporada se corresponda con el año natural.La temporada 2025/2026 o 2026 estará definida para cada modalidad deportiva en función de los datos certificados por la respectivas federaciones.Teniendo en cuenta lo establecido en el párrafo anterior, tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: ? Licencias federativas femeninas. ? Viajes, alojamientos y comidas de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos (se incluye al personal técnico y al personal entrenador) en los desplazamientos necesarios para las actividades deportivas de competición y/o clasificación. Para que estos gastos sean subvencionables, la entidad deberá justificar la necesidad de llevar a cabo los desplazamientos para participar en las actividades deportivas de competición y/o clasificación. Además, las facturas por gastos de comidas que se presenten para justificar la subvención concedida deberán indicar el menú, el precio por menú y el precio total, estando excluidas, en todo caso, las bebidas alcohólicas de cualquier tipo. ? Inscripciones en competiciones y pruebas de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos. ? Arbitrajes de las competiciones y pruebas de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos. ? Salarios del personal técnico y del personal entrenador de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos. ? Equipamiento de las deportistas femeninas siempre que este equipamiento lleve el logo del Ayuntamiento de Vigo. ? Material deportivo necesario para el entrenamiento o la competición de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos. ? Alquiler de instalaciones deportivas para la actividad deportiva de las deportistas femeninas o de los equipos femeninos, gastos telefónicos, de internet y de mantenimiento de las aplicaciones web y/o presencia digital.Quedan excluidos, en todo caso, como gastos subvencionables los siguientes: adquisición de bebidas alcohólicas de cualquier tipo, espectáculos, adquisición de patrimonio y gastos de inversión.QUINTA.- BENEFICIARIAS Podrán solicitar y obtener estas ayudas las entidades deportivas con personalidad jurídica propia que tengan su sede social o delegación en el término municipal de Vigo, carezcan de ánimo de lucro, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, cuenten con un mínimo de 10 licencias femeninas o 1 licencia femenina de deporte adaptado en la temporada 2025-2026 o del año 2026 en el caso de las modalidades deportivas cuya temporada se corresponda con el año natural y cumplan los demás requisitos que establecen las bases reguladoras. SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva.SÉPTIMA.- PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra (BOPPO).Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), a través del Registro general del Ayuntamiento de Vigo, al que se accede por la sede electrónica, utilizando cualquiera de los medios de identificación y firma admitidos, que se pueden consultar en el enlace https://sede.vigo.org.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 26/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de las subvenciones del Servicio de Igualdad a entidades deportivas sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de Vigo para la promoción del deporte femenino del año 2026Publicado 28/05/2026Bases reguladoras e convovatoria específica das subvencións do Servizo de Igualdade a entidades deportivas sen ánimo de lucro do Concello de Vigo para a promoción do deporte feminino do ano 2026