Resolución de 25 de mayo de 2026, del vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al voluntariado ambiental (PIFVOL 2026)
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 26/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 28/05/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el DOGV
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles desde día siguiente a la publicación de extracto resolución convocatoria en DOGV
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/XXXXXX
Primero. Convocatoria
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a la realización de actividades de voluntariado ambiental en materia de prevención de incendios forestales en el territorio de la Comunitat Valenciana para el ejercicio de 2026.
Segundo. Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las organizaciones y entidades de voluntariado, según la definición que de ellas hace la Ley 4/2025, de 22 de mayo, de la Generalitat, de voluntariado de la Comunitat Valenciana, entre cuyos fines figuren la defensa y conservación de la naturaleza y la educación ambiental, así como los ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
Tercero. Solicitudes y documentación
Las solicitudes, que deberán presentarse a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, irán acompañadas de la documentación requerida y que se indica en la base séptima de la resolución que establece las bases reguladoras de estas ayudas. Para ello, se accederá a la siguiente dirección en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=661.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Quinto. Financiación e importe de la convocatoria
La cuantía global máxima a conceder en esta convocatoria asciende a 450.000 euros, que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio de 2026, concretamente del capítulo IV del subprograma 442F00 «Prevención de Incendios Forestales», línea presupuestaria S0230 «Voluntariado de Prevención de Incendios Forestales».
Vicente Martínez Mus
Vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
BDNS (Identif.): XXXXXX
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/XXXXXX
Primero. Convocatoria
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a la realización de actividades de voluntariado ambiental en materia de prevención de incendios forestales en el territorio de la Comunitat Valenciana para el ejercicio de 2026.
Segundo. Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las organizaciones y entidades de voluntariado, según la definición que de ellas hace la Ley 4/2025, de 22 de mayo, de la Generalitat, de voluntariado de la Comunitat Valenciana, entre cuyos fines figuren la defensa y conservación de la naturaleza y la educación ambiental, así como los ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
Tercero. Solicitudes y documentación
Las solicitudes, que deberán presentarse a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, irán acompañadas de la documentación requerida y que se indica en la base séptima de la resolución que establece las bases reguladoras de estas ayudas. Para ello, se accederá a la siguiente dirección en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=661.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Quinto. Financiación e importe de la convocatoria
La cuantía global máxima a conceder en esta convocatoria asciende a 450.000 euros, que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio de 2026, concretamente del capítulo IV del subprograma 442F00 «Prevención de Incendios Forestales», línea presupuestaria S0230 «Voluntariado de Prevención de Incendios Forestales».
Vicente Martínez Mus
Vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSCorrección de errores del ExtractoPublicado 16/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 16/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución del vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales (PIFVOL), y se convocan ayudas para el ejercicio 2026.Publicado 17/06/2026EXTRACTO de la Resolución de 25 de mayo de 2026 del vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de voluntariado ambiental en prevención de incendios forestales (PIFVOL), y se convocan ayudas para el ejercicio 2026.Publicado 28/05/2026Resolución de 25 de mayo de 2026, del vicepresidente tercero y conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al voluntariado ambiental (PIFVOL 2026)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.