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Plazo no verificadoBDNS 908003

Convocatoria Municipal de Subvenciones para Entidades privadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de INCLUSIÓN SOCIAL, AÑO 2026

LOCAL · BURGOS · AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 04:34 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES412 - Burgos

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
09/06/2026
Fin de solicitudes
08/07/2026
Registro en BDNS
26/05/2026
Publicación en diario oficial
08/06/2026

Texto oficial de apertura: al dia siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos

Texto oficial de cierre: 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio en el B.O.P.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO. BENEFICIARIOS:

Serán destinatarios de estas subvenciones las entidades de iniciativa social que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que sean entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen programas de inclusión social
destinados a los sectores relacionados en la base primera y cuarta de esta convocatoria.
b) Estar legalmente constituidas con una antigüedad mínima de un año anterior a la publicación de la
convocatoria en el BOP y haber realizado acciones de inclusión social antes de acceder a la
convocatoria.
c) Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal de Asociaciones en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Estar inscritas en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (los solicitantes
que no sean prestadores de servicios o centros de carácter social no estarán obligados, a los efectos
de esta convocatoria, a su inscripción en citado Registro).
e) Estar domiciliadas en el municipio de Burgos disponiendo de sede social o delegación permanente
en el mismo y sea éste su ámbito de actuación.

Los datos aportados se cederán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, asimismo podrían aportarse a otras entidades públicas a los efectos de comprobar la veracidad de los mismos y la correcta aplicación de la cantidad subvencionada.

SEGUNDO. OBJETO.

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones destinadas a financiar los programas de inclusión social y promoción de la diversidad y convivencia dirigidos a personas en riesgo o situación de exclusión social desarrollados por las entidades de iniciativa social para cada uno de los sectores siguientes:
a) Programas dirigidos a la atención, protección y promoción de la infancia.
b) Programas orientados a la inserción social de las minorías étnicas.
c) Programas dirigidos a la promoción individual y social de las personas mayores.
d) Programas dirigidos a la atención de personas LGTBI+ y sus familiares.
e) Programas de intervención con grupos específicos en situación de gran exclusión.
f) Otros programas de especial interés social en los que esté justificado la colaboración municipal.


TERCERO. BASES REGULADORAS.

https://www.aytoburgos.es/-/ordenanza-general-de-subvenciones

CUARTO. CUANTÍA.
La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente del presupuesto municipal para el año 2026, con un crédito asignado a la misma por importe de 50.000 €.

QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEXTO. OTROS DATOS.

Los solicitantes de la subvención que comprende esta convocatoria presentarán a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos (https://sede.aytoburgos.es) sin perjuicio de su presentación a través de las modalidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la documentación siguiente:
a) Instancia dirigida al Excmo. Ayuntamiento de Burgos dentro de los 30 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al modelo del Anexo I, con indicación del correo electrónico que deberá utilizarse a efectos de informar de la puesta a disposición de las notificaciones en sede electrónica.
b) Memoria del proyecto en la que se especifique la fundamentación, descripción de objetivos, actividades a realizar, método de evaluación y plazos de ejecución del proyecto.
c) Memoria económica en la que se detalle, por partidas, el coste total del programa o programas objeto de subvención, así como la previsión para su financiación y la cuantía que se solicita a este Ayuntamiento; especificando el importe de lo solicitado para cada uno los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud.
d) Documentación acreditativa de la inscripción de la Entidad solicitante en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, (excepto lo establecido en la base 3ª d.-)
e) Estatutos de la Entidad y fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la Entidad, si es la primera vez que se presentan a esta convocatoria o hayan cambiado, o declaración responsable de que los Estatutos de la Entidad y el C.I.F. no han sufrido modificación alguna sobre los que ya obran en poder municipal
f) Documento acreditativo de la composición de la Junta Directiva de la Entidad o Asociación, indicando los cargos directivos y si los mismos están remunerados o no; número de trabajadores de la Entidad o Asociación y su remuneración. Además, incluirá el presupuesto total de la Entidad, indicando el porcentaje del mismo correspondiente a subvenciones o ingresos de carácter público.
g) Ficha de Alta de Terceros (Anexo II) debidamente cumplimentada y cuya titularidad deberá corresponder siempre a la entidad que presente la solicitud. Solamente la presentarán las nuevas entidades solicitantes o las que hayan cambiado el nº de cuenta bancaria.
h) Declaración de acuerdo al modelo del Anexo III.
i) Las entidades que intervengan con menores deberán presentar el certificado que acredite la ausencia o inexistencia de delitos de naturaleza sexual de sus profesionales o voluntarios.
j) Toda la documentación referida a esta convocatoria se deberá presentar a través de copias o copias electrónicas auténticas o documentos electrónicos con firma electrónica o bien con código seguro de verificación que permita validar la autenticidad de los mismos de acuerdo a la legislación vigente.
k) La aportación de cualquier documentación deberá acompañarse de la declaración responsable de disposición de documentación original, según el modelo del Anexo IV.
l) Para asociaciones de reciente creación (con al menos un año de antigüedad para poder optar a esta convocatoria municipal) Memoria de actividades realizadas hasta el momento, así como datos de la entidad: ámbito de actuación, número de socios, colaboración con otras entidades, etc.

Si en esta única solicitud se presentase más de un programa o servicio se especificará de forma individualizada el presupuesto de cada uno de ellos y el porcentaje de la subvención solicitada que le corresponde.

Aquella documentación que sea objeto de valoración (Memoria técnica y Memoria económica) que se entregue posteriormente al período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamente por los servicios municipales), no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración del proyecto.
La presentación de las solicitudes implica la aceptación en su totalidad de las presentes bases. En caso de duda sobre los particulares contenidos de esta convocatoria, la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades se reserva el derecho de interpretación.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrdenanza General de Subvenciones Ayto. Burgos