Convocatoria Municipal de Subvenciones para Entidades privadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas integrales en materia de inmigración (APSAL INMIGRACIÓN), AÑO 2026
LOCAL · BURGOS · AYUNTAMIENTO DE BURGOS
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES412 - Burgos
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 09/06/2026
- Fin de solicitudes
- 08/07/2026
- Registro en BDNS
- 26/05/2026
- Publicación en diario oficial
- 08/06/2026
Texto oficial de apertura: al dia siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
Texto oficial de cierre: 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio en el B.O.P.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Serán destinatarios de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal de Asociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Disponer de sede social o delegación permanente en la ciudad de Burgos y su ámbito de actuación sea el citado municipio.
d) Que desarrollen programas y actividades en alguna de las áreas de intervención descritas en la base 4ª de esta convocatoria.
Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, asimismo
podrían aportarse a otras entidades públicas a los efectos de comprobar la veracidad de los mismos y la
correcta aplicación de la cantidad subvencionada.
SEGUNDO. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para programas o actividades destinados a la integración social y laboral de personas inmigrantes, gestión de la diversidad y fomento de la cohesión social multicultural en las siguientes áreas de intervención:
a) Sensibilización, participación social y asociacionismo.
b) Servicios sociales y salud.
c) Acciones educativas.
d) Difusión de la diversidad cultural.
e) Promoción de la Mujer.
f) Programas de Formación y Prelaborales.
g) Alojamiento y vivienda.
h) Promoción de la igualdad de trato y no discriminación.
TERCERO. BASES REGULADORAS.
https://www.aytoburgos.es/-/ordenanza-general-de-subvenciones
CUARTO. CUANTÍA.
La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente del presupuesto municipal para el año 2026, con un crédito asignado a la misma por importe de 50.000 €.
QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEXTO. OTROS DATOS.
Los solicitantes de la subvención que comprende esta convocatoria presentarán a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos (https://sede.aytoburgos.es) sin perjuicio de su presentación a través de las modalidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, la documentación siguiente:
a) Instancia dirigida al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, conforme al modelo que figura en el ANEXO I, con indicación del correo electrónico que deberá utilizarse a efectos de informar de la puesta a disposición de las notificaciones en sede electrónica.
b) Memoria del proyecto en la que se especifique la fundamentación, descripción de objetivos, actividades a realizar, método de evaluación y plazos de ejecución del proyecto.
c) Memoria económica en la que se detalle, por partidas, el coste total del programa o programas objeto de subvención, así como la previsión para su financiación y cuantía que se solicita a este Ayuntamiento; especificando el importe de lo solicitado para cada uno los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud.
d) Documentación acreditativa de la Entidad u Organización No Gubernamental en los registros públicos donde conste.
e) Estatutos de la Entidad y copia del Código de Identificación Fiscal de la Entidad, en el caso de que sea la primera vez que se presenta a esta convocatoria o hayan sido modificados total o parcialmente. O Declaración responsable de que los Estatutos de la Entidad y el C.I.F. no han sufrido modificación alguna de los que ya obran en poder municipal.
f) Documento acreditativo de la composición de la Junta Directiva de la Entidad o Asociación, indicando los cargos directivos y si los mismos están remunerados o no; número de trabajadores de la Entidad o Asociación y su remuneración. Además, incluirá el presupuesto total de la Entidad, indicando el porcentaje del mismo correspondiente a subvenciones o ingresos de carácter público.
g) Ficha de Alta de Terceros (Anexo II) debidamente cumplimentada y cuya titularidad deberá corresponder siempre a la entidad que presente la solicitud. Solamente la presentarán las nuevas entidades solicitantes o las que hayan cambiado el nº de cuenta bancaria.
h) Declaración de acuerdo al modelo del Anexo III.
i) Las entidades que intervengan con menores deberán presentar el certificado que acredite la ausencia o inexistencia de delitos de naturaleza sexual de sus profesionales o voluntarios.
j) Toda la documentación referida a esta convocatoria se deberá presentar a través de copias o copias electrónicas auténticas o documentos electrónicos con firma electrónica o bien con código seguro de verificación que permita validar la autenticidad de los mismos de acuerdo a la legislación vigente.
k) La aportación de cualquier documentación deberá acompañarse de la declaración responsable de disposición de documentación original, según el modelo del Anexo IV.
l) Relación de actividades en materia de inmigración realizadas por la entidad solicitante en el año anterior.
Si en esta única solicitud se presentase más de un programa o servicio se especificará de forma individualizada el presupuesto de cada uno de ellos y el porcentaje de la subvención solicitada que le corresponde.
No se admitirá una segunda solicitud presentada por la misma entidad, en tanto no se haya resuelto la primera, y así sucesivamente (tercera, cuarta instancia…)
Aquella documentación que sea objeto de valoración (Memoria técnica y Memoria económica) y se entregue posteriormente al período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamente por los servicios municipales), no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración del proyecto.
La presentación de las solicitudes implica la aceptación en su totalidad de las presentes bases. En caso de duda sobre los particulares contenidos de esta convocatoria, la Gerencia de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades se reserva el derecho de interpretación.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrdenanza General de Subvenciones Ayto. BurgosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.