PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES615 - Huelva
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
27/05/2026
Publicación en diario oficial
02/06/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a su publicación en BOJA.
Texto oficial de cierre: 10 de octubre de 2026.
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Extracto publicado
Primero. Convocatoria.Con el objetivo de conseguir igualdad de acceso a la formación, independientemente del nivel de renta de las familias, la ComunidadAutónoma de Andalucía ha considerado adecuado financiar programas de ayudas al alumnado que se halle en situación de dificultadeconómica para la obtención de niveles de competencia lingüística en una lengua extranjera, de manera que sea en el marco de laspropias Universidades andaluzas donde se diseñe y establezca el oportuno procedimiento, como una más de las actividadesordinarias de tipo académico y administrativo en la relación entre cada Universidad y sus estudiantes.Por todo ello, y en virtud de sus competencias, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, dicta la Orden de 26 deagosto de 2025, por la que se determinan las cuantías y las condiciones de la aportación de Administración de la Junta de Andalucíaa los programas de ayudas para el fomento de la adquisición y acreditación de niveles de competencia lingüística en una lenguaextranjera para el curso 2025/2026, convocados por las Universidades públicas de Andalucía.Segundo. Bases Reguladoras.Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para laconcesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de Huelva (BOJA de 21 de diciembre).Tercero. Financiación.La partida presupuestaria del Servicio de Gestión Académica destinada al abono de esta ayuda será:− Centro de Gasto 800004 – Programa 321S – Clasificación Económica 480.99 – Importe: 35.000 €En aplicación del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones, se establece la posibilidad de incorporar una cuantía adicional con cargo al importe consignado en laUnidad de Gasto 800004, del Servicio de Gestión Académica.Cuarto. Personas beneficiarias.Alumnos matriculados en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial de Grado, en el curso 2025/2026, siendo ésta latitulación para la que se solicita la ayuda objeto de la convocatoria. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) delartículo 2.1 de la convocatoria, tendrán la consideración de estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2025/2026aquéllos que, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en el curso 2025/2026 las competenciaslingüísticas exigidas para la expedición del título.Percibirán la aportación los estudiantes que hayan sido beneficiarios de beca de estudios de carácter general del Ministerio deEducación, Formación Profesional y Deportes, o de una beca de carácter general del departamento de educación del País Vasco, enel momento de participación en la respectiva convocatoria de ayudas de la Universidad o en el curso inmediatamente anterior,siempre que no hubiesen obtenido otra ayuda pública para la misma finalidad.Haber realizado gastos de formación y/o acreditación para la obtención de competencias lingüísticas en una lengua extranjeradurante el periodo de tiempo en que el estudiante ha estado matriculado en la titulación de Grado objeto de esta ayuda.En el caso de solicitar la ayuda del apartado a) del artículo 2.1 de la convocatoria, tener acreditado en su expediente académico queposee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado.En el caso de solicitar la ayuda del apartado b) del artículo 2.1 de la convocatoria, tener superados los requisitos necesarios paraobtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticasexigidas para la expedición de su título de Grado.En el caso de solicitar la ayuda del apartado c) del artículo 2.1. de la convocatoria, tener superados los requisitos necesarios paraobtener el nivel B1 o superior en un segundo idioma extranjero, teniendo acreditado previamente en su expediente académico queposee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la ayuda con anterioridad al 30 deseptiembre de 2026.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la publicación en el BOJA, y permanecerá abierto hastael 10 de octubre de 2026.