Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas sociales para el pago de suministros energéticos a las familias más vulnerables en el Ayuntamiento de Carballo para el año 2026
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES111 - A Coruña
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
28/05/2026
Publicación en diario oficial
03/06/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de A Coruña
Texto oficial de cierre: 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria BOP Coruña
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primera.- Objeto y régimen de la subvención: Esta convocatoria, tiene por objeto, establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas de tipo social para las familias más vulnerables y/o en riesgo de exclusión social a hacer frente al pago de suministros energéticos. Segunda.- Beneficiarios/as. Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos generales:a- Personas mayores de 18 años o menores emancipados/as.b- Empadronadas en Carballo en los últimos 6 meses anteriores a convocatoria de la ayuda. Además de estos dos requisitos deben cumplir al menos uno de estos:c- Ser titulares del contrato de suministro eléctrico de la vivienda habitual y estar acogidas al Bono Social de Electricidad de las diferentes comercializadoras de referencia, durante un período continuado mínimo de tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la presente ayuda. La persona solicitante y/o titular del contrato debe acreditar que reside de manera efectiva en el municipio mediante su alta en el padrón de habitantes en el momento de la solicitud. Dicha condición, tanto de titular como de residente, deberá mantenerse mientras dure la tramitación de la ayuda.d) Acreditar que la persona solicitante o cualquiera de las personas convivientes recibieron oxigenoterapia domiciliaria durante, por lo menos, los 6 meses anteriores a la publicación de esta convocatoria.e) Acreditar que la persona solicitante o cualquiera de las personas convivientes recibieron diálisis peritoneal domiciliaria durante, por lo menos, los 6 meses anteriores a la publicación de esta convocatoria. Tercera.- Cuantía. La subvención a la que podrán acceder las personas solicitantes será de 200 euros, en un único pago. Cuarta.- El programa se regirá por las bases reguladoras publicadas en Boletín oficial de la provincia de A Coruña, del 27 de mayo de 2026, donde consta el formulario de presentación de las solicitudes. Quinta.-1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, través de la BDNS.2. Las solicitudes podrán presentarse telemáticamente, a través de la dirección https://sede.carballo.gal o presencialmente en cualquiera de los Registros del Ayuntamiento de Carballo.3. Para la presentación de la solicitud tendrá que utilizarse el formulario normalizado.4. Junto con el formulario de solicitud, el/la interesado/a deberán aportar:a. Copia del DNI, o documento identificativo, solo en el caso de no autorizar la consulta.b. Copia del certificado de empadronamiento del/la solicitante, solo en el caso de no autorizar la consulta.c. Copia de las 3 últimas facturas del suministro eléctrico donde aparezca recogido ser beneficiario/a del Bono Social. Las 3 facturas serán las emitidas hasta el mes anterior a la publicación de la convocatoria de la ayuda.d. Copia de las 3 últimas facturas de suministro eléctrico para las personas que reciban oxigenoterapia o diálisis peritoneal. Las 3 facturas deberán ser emitidas hasta el mes anterior a la publicación de la convocatoria y reflejar un consumo mínimo que determine una facturación mensual igual o superior la 20 euros/mes.e. Certificado de la cuenta bancaria donde la persona solicitante de la ayuda conste como titular.f.- Informe médico con la prescripción de Oxigenoterapia y/o diálisis peritoneal domiciliaria, en su caso, donde conste la fecha desde a que recibe el tratamiento en su domicilio. Sexta.-Procedimiento de concesión de ayudas y notificación. La concesión de las subvenciones se realizará en un único acto, hasta agotar el presupuesto previsto. El acuerdo de concesión provisional se notificará a los interesados mediante anuncio público en el Tablero de Anuncios del Ayuntamiento de Carballo. Séptima.- Justificación de la subvención y pago de subvenciones. No se requerirá otra justificación que la comprobación ya realizada de la situación que motiva la concesión de la subvención.