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Plazo no verificadoBDNS 909098

Convocatoria de subvenciones "Ordizia Zabalik"

LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 04:57 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
30/06/2026
Registro en BDNS
29/05/2026
Publicación en diario oficial
10/06/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOG

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO - Objeto, condiciones y finalidad de la subvenciónEl objeto de la subvención es el mantenimiento de la actividad económica y el empleo en el ámbito de la economía urbana, la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales vinculadas a todo tipo de servicios y actividades dirigidas a las personas, así como la dinamización de locales y espacios vacíos de Ordizia.El programa persigue los siguientes objetivos:- La instalación de nuevos negocios en el tejido económico urbano.- Dar continuidad a los negocios que hasta ahora han sido rentables, favoreciendo la transmisión empresarial y previniendo el cierre de locales.- Movilizar tanto los locales como los espacios comerciales vacíos, posibilitando la instalación de nuevos negocios o empresas.Para estas bases, en el marco de la economía urbana se incluirán el comercio, los servicios asociados a la actividad comercial urbana, las actividades del sector hostelero o turístico.Teniendo como referencia el Plan especial de revitalización comercial (PERCO), siguiendo los porcentajes de locales vacíos por calles así como la importancia de algunas calles para el fortalecimiento general de la actividad comercial en el municipio, tendrán prioridad por este orden, los locales situados en el Casco Histórico, locales situados en ejes principales como Calle Urdaneta y Calle Filipinas (en su primer tramo), locales de la Plaza Garagarza y de la Plaza J.M. Barandiaran, al mismo tiempo que se tendrán en consideración los proyectos que cubran necesidades básicas no cubiertas en barrios y zonas de baja densidad comercial.SEGUNDO - Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvenciónEl importe total de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 42.000 € para el ejercicio presupuestario de 2026 y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1 471.02.430.00.0261 2026.No obstante, si el número y cuantía de solicitudes superase la cantidad destinada, el Ayuntamiento de Ordizia podrá ampliar el citado importe, en función de su disponibilidad presupuestaria.TERCERO - Procedimiento de concesión de la subvenciónLas subvenciones se concederán por concurrencia competitiva. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia.No obstante, mientras exista crédito presupuestario suficiente, las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en las bases específicas podrán resolverse de forma sucesiva, sin necesidad de establecer prelación entre las mismas.En caso de que el importe total de las solicitudes admitidas supere el crédito disponible, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en las bases específicas, pudiendo establecerse una puntuación mínima para adquirir la condición de persona beneficiaria y procediéndose, en su caso, al prorrateo del crédito entre las solicitudes que hayan superado dicha puntuación mínima.CUARTO - Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlosLos requisitos Generales a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes:- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento de Ordizia.- No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.- No estar incurso en sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por violencia de género (durante el período impuesto en la correspondiente sanción) Los requisitos Específicos a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes:- Presentar solicitud de subvención.- Estar dados / dadas de alta en el padrón del IAE.  - Haber presentado comunicación previa de actividad o, en su caso, tener licencia de actividad en vigor de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.- En el caso de que la subvención concedida sea para abonar gastos de alquiler el contrato de alquiler tendrá una duración mínima de 2 años.- La persona emprendedora no podrá ser socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como vendedor/a o arrendador/a.En el supuesto de parentesco de primer o segundo grado de afinidad o consanguinidad con la persona que vende o alquila el local, la ayuda se concederá atendiendo individualmente a cada caso, debiendo concurrir en todo caso causa justificada.Requisitos de los establecimientos de destino:- Estar situado en Ordizia.- Las actividades no podrán ubicarse en edificios declarados fuera de ordenación, en edificios en ruina o en aquellos edificios en los que por su estado de conservación y condiciones de habitabilidad se determine que no procede la consolidación del edificio.QUINTO - Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesiónLa instrucción del procedimiento se llevará a cabo por la Secretaría del Ayuntamiento de Ordizia.El órgano competente para la ordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar.SEXTO. - Plazo de presentación de solicitudesLa presente convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de subvenciones.Las bases específicas y la convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2026.Sólo se podrá presentar una solicitud por cada actividad económica.Las solicitudes podrán presentarse por vía telemática a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Ordizia (www.ordizia.eus) o de forma presencial en la Oficina de Atención al Ciudadano (Kale Nagusia, 26 -behea), así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.Las personas obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la administración recogidas en los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica…) deberán presentar sus solicitudes de forma telemática.SÉPTIMO. - Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.OCTAVO - Documentos e informaciones que deben acompañarse a la peticiónImpreso de solicitud específico (disponible en la página web del Ayuntamiento) acompañado de una memoria expositiva del cumplimiento de los criterios de valoración. No será necesaria la presentación de la citada memoria, si la persona solicitante ya la ha presentado en una convocatoria anterior.La citada memoria deberá tener, como mínimo, el siguiente contenido (también podrá formar parte del plan de viabilidad, siempre que se incluya toda la información):•        Breve descripción de la actividad o idea de negocio.•        Exposición de las características innovadoras y diferenciadoras del proyecto que aportan valor añadido al mercado y lo diferencian con relación a otros.•        Descripción de las necesidades del mercado que satisface el proyecto. Descripción de los beneficios de la actividad o la oportunidad de negocio•        Detalle del público objetivo, clientes potenciales, a los que se dirige tu actividad, producto o servicio.•          Estimación aproximada de los objetivos de la actividad o las ventas esperadas para el primer año de actividad de la empresa.•        Indicación de los recursos necesarios (tecnología e infraestructura, recursos humanos, financieros, etc.) para la puesta en marcha de la actividad o idea de negocio.•        Cuenta de resultados provisional.•        Breve resumen de las capacidades y aptitudes emprendedoras y empresariales del equipo promotor de la actividad o idea de negocio.•        Inversión económica prevista.•        Empleo generado.•        Precio del alquiler.•        Presencia del uso del euskera en el proyecto.•       Contribución al impulso de la igualdad de mujeres y hombres en el municipioCopia del DNI en el caso de personas físicas. En el caso de comunidades de bienes, sociedades civiles y personas jurídicas, fotocopia de la escritura o documentos de constitución de la entidad y de los estatutos por los que se rige, en el caso de que no consten en el ayuntamiento, cuando la persona solicitante se haya opuesto a la consulta de oficio de dichos documentos por parte del Ayuntamiento.Documento de alta de terceros.Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando la persona solicitante se haya opuesto a la consulta de oficio de dichos documentos por parte del Ayuntamiento.Plan de viabilidad validado por GOIEKI. No será necesaria la presentación del citado plan de viabilidad, si la persona solicitante ya la ha presentado en una convocatoria anterior.Contrato de arrendamiento o escrituras de adquisición firmadas por ambas partes. No será necesaria la presentación del citado contrato, si la persona solicitante ya la ha presentado en una convocatoria anterior.Justificantes de las transferencias que acrediten los gastos sujetos a subvención.NOVENO – RecursosEste acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.DÉCIMO - Criterios de valoración de solicitudesLa valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera de las bases específicas reguladoras de la subvención.DÉCIMOPRIMERO - Medio de notificación o publicaciónLas notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSEskaera orriaPublicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSOinarri espezifikoakPublicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 29/05/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto de alcaldía 25/05/2026, por la que se convocan las subvenciones de Ordizia Zabalik para el año 2026Publicado 10/06/2026Ordenanza de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia