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Plazo no verificadoBDNS 909443

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ferrol de fecha 18/05/2026 por el que se convocan las subvenciones a entidades vecinales del año 2026 para actividades de interés general y gastos ordinarios de funcionamiento

LOCAL · FERROL · AYUNTAMIENTO DE FERROL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:28 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/06/2026
Publicación en diario oficial
04/06/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.- BASES REGULADORAS ESPECÍFICASLa convocatoria se regirá por las Bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones a entidades vecinales del Ayuntamiento de Ferrol del año 2026, que fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión de fecha 18/05/2026 y publicadas en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferrol https://www.ferrol.gal/Sede/TaboleiroAnuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña nº 100, de fecha 29/05/2026:https://traductor.dacoruna.gal/fron-trad/urlTranslate.php?direccion3=gl-es&inurl=https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/05/29/2026_0000003294.html2.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOSEl crédito presupuestario asignado a la presente convocatoria es de 150.000 € con cargo a la aplicación 01103-9241-480.00.3.- OBJETO Y FINALIDADLa presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto la concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas económicas a las entidades vecinales con ámbito de actuación en el término municipal de Ferrol para la realización de actividades y programas de interés general y para gastos ordinarios de funcionamiento necesarios para el cumplimiento de sus propios fines.Para los efectos de la presente convocatoria se establecen las siguientes líneas de ayudas:Línea 1.- Actividades y programas de interés general que favorezcan la dinamización vecinal en los barrios y en las parroquias: 110.000 €.Línea 2.- Gastos ordinarios de funcionamiento necesarios para el cumplimiento de los fines propios de las entidades vecinales: 40.000 €.4.- MODALIDAD DE CONCESIÓNRégimen de concurrencia competitiva.5.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LAS SUBVENCIONESPodrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones vecinales, las federaciones y las agrupaciones de asociaciones vecinales que cumplan los requisitos y las finalidades de esta convocatoria y que fomenten la participación entre los vecinos y las vecinas con ámbito de actuación en el término municipal de Ferrol.Los requisitos figuran en la base tercera de las bases reguladoras específicas.6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTOEl órgano competente para la instrucción del procedimiento será el negociado de Participación Ciudadana.El órgano competente para la resolución del procedimiento será el concejal delegado de Contratación y Patrimonio, Organización Interna, Fomento, Empleo, Promoción Económica y Fondos Europeos (en virtud del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11/12/2023, BOP de La Coruña nº 241, de 20/12/2023).7.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESEl plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de La Coruña de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.8.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓNLa resolución del concejal delegado de Contratación y Patrimonio, Organización Interna, Fomento, Empleo, Promoción Económica y Fondos Europeos por la que se conceden estas subvenciones se adoptará en el plazo máximo de nueve meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de La Coruña, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.9.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LAS SOLICITUDESLa que figura en la base 4.3 de las bases reguladoras específicas.10.- REFORMULACIÓN DE SOLICITUDESEn la forma prevista en la base 5.4 de las bases reguladoras específicas.11.- CRITERIOS DE VALORACIÓNLos que figuran en la base sexta de las bases reguladoras específicas.12.- NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓNLa resolución de concesión de las subvenciones se notificará a los interesados según lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se publicará en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferrol https://www.ferrol.gal/Sede/TaboleiroAnuncios según lo regulado en el artículo 45.1 b) de dicha ley por ser un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).13.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓNEl plazo de justificación de las subvenciones finalizará el 31 de enero de 2027.14.- RECURSOSLa resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 e 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferrol o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sección del Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la citada publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso administrativa.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ferrol de fecha 18/05/2026 por el que se convocan las subvenciones a entidades vecinales del año 2026 para actividades de interés general y gastos ordinarios de funcionamientoPublicado 04/06/2026Bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones a entidades vecinales del Ayuntamiento de Ferrol del año 2026