Plazo no verificadoBDNS 909470
Ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo
LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 01/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 12/06/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOG
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
PRIMERO. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención El objeto de la presente convocatoria es regular el régimen de otorgamiento de subvenciones para la organización y desarrollo de programas de cooperación con Organizaciones No Gubernamentales para la realización de actuaciones dirigidas al desarrollo y mejora de las condiciones socioeconómicas de la población de los países destinatarios de la ayuda. SEGUNDO. Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvenciónEl importe total de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 78.000 € para el ejercicio presupuestario de 2026 y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 481.04.230.20.0103 2026. No obstante, si el número y cuantía de solicitudes superase la cantidad destinada, el Ayuntamiento de Ordizia podrá ampliar el citado importe, en función de su disponibilidad presupuestaria. TERCERO. Procedimiento de concesión de la subvención El procedimiento de concesión de la subvención se realizará mediante concurrencia competitiva. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. CUARTO. Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlos Los requisitos Generales a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes: - Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento de Ordizia. - No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. - No estar incurso en sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por violencia de género (durante el período impuesto en la correspondiente sanción) Los requisitos Específicos a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes: a) Que sus actividades coincidan con el objeto de la subvención.b) Que estén inscritas en el Registro de Asociaciones que corresponda.c) Que tengan sede central o delegación permanente en Gipuzkoa.d) Que tengan capacidad de movilizar la solidaridad y los recursos privados, así como de conseguir subvenciones de otros organismos.e) Que posean experiencia contrastada en acciones de cooperación al desarrollo.f) Que tengan capacidad para sostener las acciones subvencionadas.Para tener acceso a la subvención, los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Iniciarse dentro del ejercicio presupuestario de la convocatoria correspondiente. b) Financiación al menos en un 20% con otras fuentes de ingresos (aportaciones de la entidad solicitante, socios locales u otras fuentes de financiación públicas o privadas). Se admitirán aportaciones valoradas de socios locales o entidades locales y otros beneficiarios, debidamente justificadas mediante justificantes.c) Obtener los resultados perseguidos en un plazo razonable y, en todo caso, no superior a los 12 meses de ejecución. No obstante, el Ayuntamiento de Ordizia podrá ampliar este plazo hasta un máximo de otros 12 meses, a razón de circunstancias sobrevenidas relacionadas con la ejecución del proyecto.d) La subvención solicitada por proyecto no podrá superar los 12.000 eurose) Realizarse a través de al menos una entidad local en los países empobrecidos del Sur. Esta entidad local deberá ser una entidad con personalidad jurídica, constituida e inscrita formalmente en el registro que corresponda, con al menos un año de antelación a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Este requisito no será exigido en casos de probada imposibilidad jurídica o política derivada de las circunstancias del país, en los cuales se remitirá toda la información disponible para garantizar la experiencia y actividad de la entidad local. f) Que el proyecto vaya dirigido a incrementar la capacidad de desarrollo de la población objeto de ayuda, haciendo participar en la acción a la población beneficiaria de tal forma que puedan continuar en el futuro con la gestión del mismo.g) Que responda directamente a las necesidades de desarrollo económico y social de la población de los países empobrecidos y, en particular, a las necesidades fundamentales de los grupos más vulnerables. QUINTO. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la ordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. SÉPTIMO.- Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. La resolución definitiva dará fin a la vía administrativa. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución. OCTAVO. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición a) La solicitud deberá ser elaborada conforme al formulario y el anexo I que constarán en la convocatoria y ser firmada por la persona que posea capacidad legal para representar a la entidad solicitante. b) Los presupuestos se presentarán en euros y en las monedas utilizadas en el país de ejecución del proyecto por la entidad solicitante. c) Se presentarán facturas proforma, presupuestos o valoraciones externas de los gastos solicitados. En caso de no ser posible su presentación, se explicará el motivo de tal imposibilidad. d) Acreditar mediante documentación que dispone de sede central o delegación permanente en Gipuzkoa. A estos efectos, se entenderá por delegación permanente, la existencia de estructuras significativas con base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) de la entidad en Gipuzkoa. e) Estatutos de la asociación o entidad solicitante, si no han sido presentadas con anterioridad o si han sufrido alguna modificación. f) Será obligatoria la existencia de una contraparte local con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro. Para acreditarlo se deberán adjuntar los estatutos de la entidad local. g) Documento expedido por la contraparte local acreditando su interés por colaborar en el proyecto.NOVENO. Recursos Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. DÉCIMO.- Criterios de valoración de solicitudes 1. CALIDAD TÉCNICA DEL PROYECTO ………………. 27 Información sobre el proyectoSi se explica el procedimiento para la planificación del proyecto; se caracteriza suficientemente a la población y el contexto; se explica con claridad el problema que se pretende resolver; y ese problema se relaciona con el objetivo del proyecto; y el objetivo se vincula bien con resultados y actividades: Si se explican bien los cinco aspectos destacados ………………………12 Si hay una deficiencia evidente en uno de esos aspectos…………………….8 Si se presentan errores claros en dos o en tres de ellos ………………………3 Si la información presentada es muy deficiente ………………………….0 1.2 Si hay indicadores…………...5 1.3 Si hay un plan de viabilidad (solo para proyectos que requieran ingresos en el futuro para el sostenimiento de los resultados) ……………………………….…....10 Este último criterio se aplicará únicamente a los proyectos de desarrollo productivo o que tengan un componente constructivo. En los proyectos que no se pueda obtener puntuación por la viabilidad, se aplicará una regla de tres para hacer el cálculo sobre el total de 100 puntos. 2. CAPACIDAD DE LOS ACTORES Y CALIDAD DE SU RELACIÓN…………………..……..19 2.1 Si la entidad solicitante ha realizado alguna actividad de sensibilización en el T.H de Ordizia ………………...….10 2.2 Si la ONG local ha realizado 3 o más proyectos ……………………..1 2.3 Si la ONG local ha realizado 1 o más proyectos en el mismo sector de trabajo………………………....1 2.4 Si hay previsiones de permanencia de la ONG local donde se realiza el proyecto……………………….1 2.5 Si se han previsto medidas para la participación de la población en todo el ciclo del proyecto………………...…1 2.6 Si una entidad local electa participa o avala el proyecto …………….1 2.7 Si la ONG y la entidad local han realizado al menos 1 proyecto ..1 2.8 Si la entidad local ha realizado algún proyecto con la población ……………………………………12.9 Si el proyecto se presenta en consorcio………………………1 2.10 Si la ONG ha realizado 3 o más proyectos de cooperación ……..1 3. PRIORIDADES DE LA COOPERACIÓN DE ORDIZIA…………………………..….27 3.1. Tener sede social en Ordizia…15 3.2. Elaborar, compartir o organizar actividades con otras asociaciones, agentes e instituciones de Ordizia……………6 3.3. Perspectiva de género: mujeres y derechos ………………….……….….2 3.4. Cultura y diversidad cultural…………………..…………....1 3.5. Sostenibilidad ambiental………1 3.6. Economía social y solidaria……1 3.7. Documentación escrita presentada, presentación en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi….1 EXPLICACIÓN DEL PRESUPUESTO ……………………27 4.1 Si se explica el presupuesto vinculando partidas y actividades …………………9 4.2 Si se desglosan las partidas ……..9 4.3 Si se adjuntan facturas proforma.. 9 TOTAL POSIBLE 100DÉCIMOPRIMERO.- Medio de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES ESPECIFICASPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSSOLICITUDPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAyudas a proyectos de cooperación para el desarrolloPublicado 12/06/2026Ordiziako Udaleko dirulaguntzak emateko ordenantzaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.